ORDEN JUS/72/2010, de 4 de febrero, por la que se da publicidad a la relación de las tasas vigentes que gestiona el Departamento de Justicia.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyOrden

ORDEN

JUS/72/2010, de 4 de febrero, por la que se da publicidad a la relación de las tasas vigentes que gestiona el Departamento de Justicia.

La disposición adicional tercera del Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, establece que en el plazo de dos meses contados a partir de la fecha de entrada en vigor de la ley que modifique o cree tasas o actualice los importes, los departamentos de la Generalidad de Cataluña que gestionen las tasas afectadas deben publicar en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya , mediante una orden del consejero o consejera competente en la materia, y con efectos meramente informativos, una relación de las tasas vigentes que gestionan, en la que se identifiquen los servicios y las actividades que devengan cada una de ellas y la correspondiente cuota.

El artículo 46 de la Ley 25/2009, de 23 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2010, prevé que para el año 2010, los tipos de cuantía fija de las tasas de la Generalidad son los mismos que los vigentes el año 2009, salvo los de las tasas con cuotas que sean objeto de modificación por la Ley de medidas fiscales, financieras y administrativas que acompaña la citada Ley de presupuestos.

El articulo 7 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, financieras y administrativas, modifica la cuota correspondiente a la inscripción de las delegaciones de fundaciones que actúan en Cataluña, del apartado 1 del artículo 10.1-4 del capítulo I del título X del Texto refundido aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, y añade dos nuevas cuotas en el referido artículo 10.1-4, en el apartado 2, relativo a asociaciones y federaciones, y siete nuevas cuotas en el apartado 3, relativo a los colegios profesionales y consejos de colegios.

Por todo ello, visto el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, con las modificaciones introducidas por la Ley 26/2009, del 23 de diciembre, de medidas fiscales, financieras y administrativas, y de acuerdo con el artículo 39.3 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno,

Ordeno:

Dar publicidad, a efectos informativos, a la relación de las tasas vigentes que gestiona el Departamento de Justicia, que se especifican en el anexo de esta Orden.

Barcelona, 4 de febrero de 2010

Montserrat Tura i Camafreita

Consejera de Justicia

Anexo

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