RESOLUCIÓN CLT/484/2006, de 23 de febrero, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones para proyectos de producción teatral y de circo de carácter profesional durante el año 2006.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

CLT/484/2006, de 23 de febrero, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones para proyectos de producción teatral y de circo de carácter profesional durante el año 2006.

Con el objetivo de dar apoyo a las actividades de creación teatrales y de circo;

Considerando que entre las funciones del Instituto Catalán de las Industrias Culturales se encuentra la de fomentar el desarrollo de las empresas relacionadas con las industrias culturales y promover y ejecutar cualquier otra actividad dirigida a desarrollar las industrias culturales en Cataluña;

Vistos los artículos 87 y siguientes del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y los preceptos de carácter básico de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

De acuerdo con el artículo 11.e) de los Estatutos del Instituto Catalán de las Industrias Culturales, aprobados por el Decreto 100/2001, de 3 de abril,

Resuelvo:

.1 Se convoca concurso público para la concesión de subvenciones para proyectos de producción teatral y de circo de carácter profesional durante el año 2006 en las siguientes modalidades:

a) Subvenciones mediante convenios trienales de colaboración con compañías de teatro y de circo, empresas de producción teatral y de circo y empresas gestoras de sala con producción propia.

b) Subvenciones a producciones de teatro y de circo para un montaje en concreto.

.2 Las subvenciones que prevé esta convocatoria se rigen por las bases que constan en el anexo de esta Resolución, aprobadas por el Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Industrias Culturales en su reunión de 22 de diciembre de 2005 y por la normativa general de subvenciones.

.3 La dotación máxima para las subvenciones que prevé esta Resolución es de 2.045.000 euros, con cargo a las siguientes partidas del presupuesto del Instituto Catalán de las Industrias Culturales:

1.045.000 euros distribuidos en las anualidades siguientes: 300.000 euros, con cargo a la partida 470.0001 del presupuesto del Instituto Catalán de las Industrias Culturales para el año 2006; 360.000 euros, con cargo al presupuesto del Instituto Catalán de las Industrias Culturales para el año 2007, y 385.000 euros, con cargo al presupuesto del Instituto Catalán de las Industrias Culturales para el año 2008, para la modalidad descrita en el apartado a) del punto primero de esta Resolución.

1.000.000 euros, con cargo a la partida 470.0001 del presupuesto del Instituto Catalán de las Industrias Culturales para el año 2006 para la modalidad descrita en el apartado b) del punto primero de esta Resolución. El importe correspondiente a esta modalidad se reparte de manera proporcional entre el número de períodos de resolución descritos en el apartado 2 la base 11, del anexo de esta Resolución.

La dotación máxima prevista podrá ser ampliada en función de las solicitudes recibidas y de las disponibilidades presupuestarias.

.4 Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el consejero o la consejera de Cultura en el plazo de un mes desde su publicación en el DOGC.

Barcelona, 23 de febrero de 2006

Xavier Marcé i Carol

Director

Anexo

Bases

.1 Objeto

El objeto de la convocatoria es dar apoyo a las actividades de producción teatral y de circo de carácter profesional durante el año 2006 en las siguientes modalidades:

a) Subvenciones mediante convenios trienales de colaboración con compañías de teatro y de circo, empresas de producción teatral y de circo y empresas gestoras de sala con producción propia.

b) Subvenciones a producciones de teatro y de circo para un montaje en concreto.

.2 Cuantía

Las subvenciones consistirán en una dotación económica no porcentual y serán concedidas de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y en relación con los criterios de valoración fijados en la base 10.

.3 Destinatarios/as

Pueden optar a las subvenciones las personas que cumplan las normas específicas establecidas en la base 4 para cada modalidad y con establecimiento permanente en Cataluña.

No pueden optar a las mismas las entidades sin finalidad de lucro, ni las que obtengan una subvención para el mismo proyecto por cualquier órgano u organismo de la Generalidad de Cataluña, o participado por ésta, excepto en el caso de las ayudas reintegrables convocadas por el Instituto Catalán de las Industrias Culturales.

.4 Normas específicas de cada modalidad de subvención

4.1 Subvenciones mediante convenios trienales de colaboración con compañías teatrales y de circo, empresas de producción teatral y de circo y empresas gestoras de sala con producción propia.

Son ayudas económicas destinadas a dar apoyo al mantenimiento de las actividades de las compañías y empresas de producción teatral y de circo y empresas gestoras de sala con producción propia. Dentro de esta modalidad se concederá subvención a un máximo de ocho proyectos.

Las condiciones específicas de estas ayudas quedarán reguladas en un convenio firmado entre el Instituto Catalán de las Industrias Culturales y la compañía o empresa beneficiaria.

Aquellas solicitudes desestimadas para esta modalidad optarán automáticamente a la de subvenciones a producciones de teatro y de circo, siempre que cumplan los requisitos correspondientes.

Dentro de esta modalidad se establecen tres apartados:

4.1.1 Convenios trienales de colaboración con compañías profesionales de teatro y de circo.

Destinatarios/as:

Pueden optar a la subvención las compañías profesionales de teatro o de circo, constituidas como empresa, que acrediten una trayectoria artística consolidada y que hayan mantenido continuadamente su actividad durante los últimos tres años, como mínimo.

Requisitos:

Disponer de una estructura básica de funcionamiento par llevar a cabo su actividad.

Mantener contratado de manera continuada un mínimo del 50% del equipo artístico y técnico de la compañía.

Haber producido como mínimo un espectáculo por año.

Haber realizado un mínimo de 100 representaciones por año si la compañía ha hecho programación regular en la ciudad de Barcelona, o bien un mínimo de 60 representaciones si no es así.

Asegurar la cofinanciación de, como mínimo, el 50% de la actividad prevista para cada año.

4.1.2 Convenios trienales de colaboración con empresas de producción teatral y de circo.

Destinatarios/as:

Pueden optar a la subvención las empresas de producción teatral y de circo que hayan mantenido continuadamente su actividad durante los últimos tres años, como mínimo.

Requisitos:

Haber producido...

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