RESOLUCIÓN JUS/2875/2011, de 2 de diciembre, por la que se convoca el concurso ordinario núm. 283 para proveer registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles vacantes.

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

JUS/2875/2011, de 2 de diciembre, por la que se convoca el concurso ordinario núm. 283 para proveer registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles vacantes.

De conformidad con lo que disponen el artículo 284 del Texto refundido de la Ley hipotecaria, y los artículos 496 y siguientes del Reglamento para su ejecución, se anuncian para su provisión por concurso entre miembros del cuerpo de registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles, las vacantes de los registros resultantes del concurso anterior y las producidas hasta la fecha de la presente Resolución.

De acuerdo con el artículo 147.1.a) del Estatuto de autonomía de Cataluña, esta comunidad autónoma ha asumido la competencia ejecutiva con respecto a la convocatoria, administración y resolución de los concursos para la provisión de vacantes en materia de registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles radicados en el territorio referido.

La Ley y el Reglamento hipotecario son las normas que rigen la convocatoria y resolución de los concursos para proveer los registros vacantes (artículos 284 y siguientes de la Ley, y artículo 496 y siguientes del Reglamento). La asunción de competencias ejecutivas por la Comunidad autónoma de Cataluña referentes a la convocatoria, administración y resolución de los concursos hace conveniente la adopción de medidas específicas de coordinación entre las administraciones públicas competentes consistentes, entre otras, en una convocatoria simultánea y en el análisis conjunto entre la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia y la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia, de las solicitudes presentadas para que posteriormente cada Administración resuelva respecto de las vacantes a que se refiere su ámbito territorial.

Para dar cumplimiento a lo que establece el Estatuto de autonomía de Cataluña en relación con los derechos de los ciudadanos a utilizar la lengua propia en las oficinas públicas demarcadas en Cataluña, es necesario atenerse a lo que dispone la Ley 1/1998, de política lingüística.

De acuerdo con las funciones atribuidas a la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia mediante el Decreto 417/2006, de 14 de noviembre (DOGC núm. 4762, de 16.11.2006),

Resuelvo:

—1 Plazas

Se ofrecen en este concurso ordinario núm. 283 los registros vacantes relacionados en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR