ORDEN AAR/482/2010, de 8 de octubre, por la que se modifica la Orden AAR/221/2008, de 7 de mayo, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida Mongeta del Ganxet Vallès-Maresme o Fesol del Ganxet Vallès-Maresme.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y ACCIÓN RURAL
Rango de LeyOrden

ORDEN

AAR/482/2010, de 8 de octubre, por la que se modifica la Orden AAR/221/2008, de 7 de mayo, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Protegida Mongeta del Ganxet Vallès-Maresme o Fesol del Ganxet Vallès-Maresme.

El Reglamento CE 510/2006, del Consejo, de 20 de marzo, establece el procedimiento para la inscripción de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios en el registro comunitario y a estos efectos determina que corresponde a las autoridades nacionales el examen y la tramitación de las solicitudes presentadas en su territorio.

El artículo 128 del Estatuto de autonomía de Cataluña establece que corresponde a la Generalidad de Cataluña, respetando lo que dispone el artículo 149.1.13 de la Constitución, la competencia exclusiva sobre denominaciones de origen y otras menciones de calidad. Asimismo, de acuerdo con el artículo 189 del Estatuto, la Generalidad aplica y ejecuta el derecho de la Unión Europea en el ámbito de sus competencias.

La Ley 14/2003, de 13 de junio, de calidad agroalimentaria (DOGC núm. 3915, de 1 de julio de 2003), y el Decreto 285/2006, de 4 de julio, por el que se desarrolla la Ley mencionada (DOGC núm. 4670, de 6 de julio de 2006), establecen el marco normativo aplicable a las denominaciones de origen y a las indicaciones geográficas protegidas en Cataluña.

Por la Resolución AAR/1341/2007, de 23 de abril, el consejero de Agricultura, Alimentación y Acción Rural, adoptó la decisión favorable a la solicitud de inscripción de la Denominación de Origen Protegida Mongeta del Ganxet Vallès-Maresme y se envió la solicitud de esta DOP a la Comisión Europea con núm. de expediente ES/PDO/0005/0636 y fecha de entrada a la Comisión Europea el 27 de julio de 2007.

En fecha 28 de julio de 2008 la Comisión Europea solicitó información complementaria al pliego de condiciones de esta DOP para poder complementar el procedimiento de registro o en el caso de que no sea posible, retirada de la solicitud del registro de esta DOP.

La Dirección General de Alimentación, Calidad e Industrias Agroalimentarias junto con la agrupación solicitante estudió la información complementaria y concluyó que se debía realizar algunas modificaciones en el pliego de condiciones presentado previamente en la CE.

Una de las modificaciones es mayor, ya que se modifica...

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