RESOLUCIÓN EMO/1832/2011, de 14 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas a inversiones empresariales de alto impacto, y se hacen públicas sus convocatorias para el año 2011.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorAgencia de Apoyo a la Empresa Catalana
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

EMO/1832/2011, de 14 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas a inversiones empresariales de alto impacto, y se hacen públicas sus convocatorias para el año 2011.

El Gobierno de la Generalidad de Cataluña, mediante el Departamento de Empresa y Empleo, tiene como uno de sus objetivos prioritarios atraer nuevas inversiones empresariales innovadoras y generadoras de empleo que favorezcan el desarrollo del tejido empresarial catalán y su peso económico en el ámbito nacional e internacional.

En un entorno marcado por la competencia global, en el que cada vez son más los países y las regiones potencialmente receptores de inversiones empresariales, prácticamente todos los países del mundo han intensificado los mecanismos de atracción de nuevas inversiones empresariales, así como los instrumentos de mantenimiento de las inversiones de empresas que ya cuentan con presencia local.

La finalidad de este programa de incentivos es contribuir al fortalecimiento de una economía empresarial diversificada, dinámica y con un enorme potencial de futuro como es la economía catalana, mediante un programa de incentivos dirigido a impulsar la atracción de inversiones y la generación de empleo estable y de calidad.

El presente programa tiene como objetivo más específico prestar apoyo a proyectos de inversión empresarial innovadores que incluyan actuaciones de diversificación o que incorporen nuevas actividades, que impliquen inversiones o bien la creación de empleo. De esta forma, se pretende impulsar que las empresas se doten de una mayor especialización en los segmentos de la cadena de valor que les aportan más valor añadido o que les pueden ayudar a iniciar nuevas vías de negocio, derivadas o no de su actividad principal. En definitiva, estrategias que deben fortalecer su posición, y en la medida de lo posible, arraigarlas al territorio catalán.

Invest in Catalonia es el organismo de la Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana (en adelante ACC1Ó) y de la Dirección General de Industria responsable de la atracción de inversiones de empresas extranjeras a Cataluña, así como del mantenimiento de las inversiones y el fomento de las reinversiones de empresas ya localizadas en Cataluña.

Mediante este programa de incentivos, Invest in Catalonia dispone de un instrumento muy valioso para retener y atraer nuevas inversiones de empresas a Cataluña, sean extranjeras o locales, y contribuir asimismo a hacerla atractiva como localización para empresas no presentes, sobre todo cuando se está compitiendo con otras localizaciones. Este programa de ayudas es un complemento a la amplia cartera de servicios que Invest in Catalonia ofrece a las empresas con proyectos de inversión o reinversión en Cataluña.

Por otra parte, este año se inicia una nueva línea de trabajo mediante la cual se podrán subvencionar proyectos de infraestructuras llevados a cabo por ayuntamientos que sean complementarios y, por lo tanto, necesarios para que un proyecto de inversión empresarial que cumpla los requisitos de la Resolución se ejecute con éxito.

Esta Resolución responde a los objetivos del Gobierno de la Generalidad y se enmarca en el Plan de Gobierno de 2011-2014, que tiene como principales objetivos dentro del ámbito de la industria el fomentar la inversión industrial en Cataluña, especialmente en los sectores tractores, y promover la captación de inversiones empresariales de alto valor.

Visto lo expuesto, y considerado el interés de prestar apoyo a proyectos de inversión empresarial de alto impacto;

Visto el informe de la Asesoría Jurídica, y en uso de las atribuciones que me son conferidas,

Resuelvo:

Artículo 1

Bases reguladoras

Aprobar las bases reguladoras que deben regir esta convocatoria, las cuales figuran en el anexo de esta disposición.

Artículo 2

Convocatoria

Abrir la convocatoria para el año 2011 del programa de ayudas a inversiones empresariales de alto impacto.

Artículo 3

Régimen jurídico

A estas bases son de aplicación el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002), modificado por la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de medidas financieras (DOGC núm. 4292, de 31.12.2004), y por la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, financieras y administrativas (DOGC núm. 5537, de 31.12.2009); la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003), y el Reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio (BOE núm. 176, de 25.7.2006).

Artículo 4

Aplicación presupuestaria

4.1 La cantidad máxima destinada a la línea de ayudas para proyectos de inversión empresarial de alto impacto es de 2.500.000 euros, aplicados a la partida presupuestaria

D/7025/7700001/574.

De esta cantidad, 2.250.000 euros se destinarán a proyectos empresariales de alto impacto llevados a cabo por empresas, y el resto, 250.000 euros, a proyectos de infraestructuras llevados a cabo por ayuntamientos.

En caso de que exista remanente, se podrán traspasar los fondos destinados a los dos tipos de proyectos, de empresas y de infraestructuras, indistintamente.

4.2 La concesión de estas ayudas para el año 2011 quedará condicionada a las disponibilidades presupuestarias.

Artículo 5

Plazo, forma y lugar de presentación de solicitudes

5.1 El plazo de presentación de solicitudes para obtener las ayudas que prevé esta convocatoria es el siguiente:

Primer y único plazo: desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOGC hasta el 27 de octubre de 2011.

5.2 Las solicitudes deben ir dirigidas al/a la consejero/a delegado/a de ACC1Ó y deben formalizarse en el impreso normalizado que se podrá obtener en la página web de ACC1Ó (www.acc10.cat). Al impreso deberá adjuntarse la memoria técnica del proyecto en un documento PDF, según el modelo que está disponible en la página web de ACC1Ó (www.acc10.cat).

Una vez cumplimentado el impreso, por un lado, los datos del impreso de solicitud y del documento PDF con la memoria técnica se enviarán telemáticamente a ACC1Ó y, por otro, el impreso de solicitud en papel y firmado, sin el documento con la memoria, se presentará, en los plazos que anualmente establezcan las convocatorias correspondientes, y junto con la documentación que prevé la base 7 del anexo, en ACC1Ó, ps. Gràcia, 129, 08008 Barcelona, en cualquiera de sus delegaciones, o mediante los procedimientos que prevén el artículo 25 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

La información incluida en el documento PDF con la memoria técnica y adjuntada al impreso en el momento de su formalización será la utilizada para realizar la valoración de la solicitud presentada.

5.3 La firma de la solicitud implica que se autoriza a la Administración de la Generalidad de Cataluña para la función de comprobación de oficio de los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalidad de Cataluña y de las obligaciones con la Seguridad Social por parte del solicitante.

Artículo 6

Órgano resolutorio

El/la consejero/a delegado/a de ACC1Ó, o bien quien por delegación corresponda, es el órgano competente para emitir resolución sobre las solicitudes de las ayudas presentadas.

Disposición adicional

ACC1Ó llevará a cabo un estudio de impacto sobre los resultados derivados de las subvenciones que regula esta Resolución y de acuerdo con los objetivos previstos.

Disposición final

Entrada en vigor

Esta Resolución entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya .

Barcelona, 14 de julio de 2011

Josep Moragas i Freixa

Consejero delegado

Anexo

Bases reguladoras del programa de ayudas a inversiones empresariales de alto impacto

—1 Objeto

El objeto de estas bases es regular la concesión de las ayudas del programa de ayudas a inversiones empresariales de alto impacto.

—2 Convocatorias

2.1 En función de las disponibilidades presupuestarias y por resolución del/de la consejero/a delegado/a de ACC1Ó, se publicarán en el DOGC las convocatorias para la presentación de solicitudes para la obtención de las ayudas previstas en estas bases, las cuales contendrán las determinaciones establecidas por la normativa aplicable.

2.2 En el supuesto de que, una vez resueltas las convocatorias de las subvenciones previstas en estas bases, no se hubiera agotado el importe máximo destinado para el ejercicio correspondiente, o en caso de que ACC1Ó obtenga fondos adicionales destinados a las acciones reguladas en estas bases, se podrá, con el remanente que quede o con el importe de estos fondos adicionales, abrir una nueva convocatoria para la concesión de las ayudas reguladas en estas bases, mediante resolución del/de la consejero/a delegado/a de ACC1Ó.

2.3 A medida que se produzcan renuncias o revocaciones de las subvenciones y en el supuesto de que, una vez resueltas las convocatorias, se haya agotado el importe máximo destinado para este ejercicio, se podrán asignar nuevas concesiones a los proyectos que no llegaron a obtener subvención y que, considerados los criterios de valoración de esta Resolución, mantenían una posición inmediatamente posterior a la de los proyectos subvencionados según el orden de preferencia establecido, siempre que estos proyectos se puedan realizar en los plazos establecidos en las bases y hayan sido aprobados.

—3 Tipología de los proyectos subvencionables

3.1 ACC1Ó, mediante Invest in Catalonia, puede conceder ayudas para la...

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