RESOLUCIÓN GAP/2374/2009, de 28 de agosto, de convocatoria del proceso selectivo para proveer 220 plazas de la escala de gestión de administración general del cuerpo de gestión de administración (subgrupo A2) de la Generalidad de Cataluña (núm. de registro de la convocatoria 179). (Corrección de erratas en el DOGC núm. 5462, pág. 67351, de 10.9.2009 y en el DOGC núm. 5476, pág. 73626, de 2.10.2009).

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE GOBERNACIÓN Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Rango de LeyResolución

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GAP/2374/2009, de 28 de agosto, de convocatoria del proceso selectivo para proveer 220 plazas de la escala de gestión de administración general del cuerpo de gestión de administración (subgrupo A2) de la Generalidad de Cataluña (núm. de registro de la convocatoria 179). (Corrección de erratas en el DOGC núm. 5462, pág. 67351, de 10.9.2009 y en el DOGC núm. 5476, pág. 73626, de 2.10.2009).

NOTA. En este texto se han introducido las correcciones de errata publicadas en el DOGC.

Visto el Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de Cataluña que aprueba la oferta de empleo público parcial para el año 2009 de 200 plazas de la escala de gestión de administración general del cuerpo de gestión de administración (subgrupo A2) de la Generalidad de Cataluña, y prevé la posibilidad de un 10% adicional de 20 plazas;

Visto lo que dispone el Decreto 312/1998, de 1 de diciembre, por el que se crean los servicios de prevención de riesgos laborales para el personal al servicio de la Administración de la Generalidad, de conformidad con el cual, los servicios de prevención han de prestar, como mínimo, dos de las especialidades o disciplinas preventivas existentes;

Visto que el nuevo mapa de la función pública catalana ha hecho variar el planteamiento, estructura y composición iniciales de los servicios de prevención de riesgos laborales dentro del ámbito de la Administración de la Generalidad de Cataluña, de manera que el personal que desarrolle estas funciones debe pertenecer, entre otras, a la escala de gestión de administración general del cuerpo de gestión de administración, mediante la incorporación de una nueva opción de prevención;

Visto que el artículo 37.2 del Real decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención, modificado por el Real decreto 780/1998, de 30 de abril, determina que para ejercer las funciones de nivel superior es necesario estar en posesión de una titulación universitaria y de una formación mínima con el contenido y la duración que especifica el programa que figura en su anexo VI;

Visto que, razones de organización interna de la Administración de la Generalidad de Cataluña hace conveniente que para desarrollar estas funciones se tenga la formación mínima específica en una de las tres especialidades, y que en la relación de puestos de trabajo consta que, las personas funcionarias que ocupen puestos de trabajo de la escala de gestión de administración general del cuerpo de gestión de administración adscritos a los servicios de prevención de riesgos laborales de la Administración de la Generalidad, para ocupar estos puestos han de acreditar la posesión de la formación mínima en una de las tres especialidades (este requisito se refleja en el apartado de observaciones con la indicación S1);

Visto lo que dispone la Orden GRI/121/2003, de 14 de marzo, por la que se aprueba la tramitación telemática del procedimiento de participación en las convocatorias de procesos selectivos para el acceso a determinados cuerpos de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

Visto lo que dispone la Resolución GAP/1417/2007, de 25 de abril, de delegación de competencias del consejero de Gobernación y Administraciones Públicas (DOGC núm. 4884, de 16.5.2007), y de acuerdo con lo que establece el artículo 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

Convocar el proceso selectivo para proveer 200 plazas y 20 más correspondientes al 10% adicional de plazas de la escala de gestión de administración general del cuerpo de gestión de administración (subgrupo A2) de la Generalidad de Cataluña (núm. de registro de la convocatoria 179), de conformidad con el contenido de las presentes bases específicas y de las bases generales publicadas por la Resolución GAP/1644/2007, de 28 de mayo, de la directora general de Función Pública (DOGC núm. 4898, de 6.6.2007; corrección de erratas en el DOGC núm. 4912, de 26.2.2007), modificadas por la Resolución GAP/2765/2007, de 10 de septiembre (DOGC núm. 4970, de 18.9.2007), en todo lo en que no se oponga a las anteriores.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición ante la directora general de Función Pública en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, o directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el DOGC.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 28 de agosto de 2009

P. D. (Resolución GAP/1417/2007, DOGC de 16.5.2007)

Leonor Alonso i González

Directora general de Función Pública

Anexo 1

Bases específicas

.1 Descripción de las plazas y del temario

1.1 Descripción de las plazas

Se convoca el proceso selectivo para proveer 200 plazas de la escala de gestión de administración general del cuerpo de gestión de administración (subgrupo A2) de la Generalidad de Cataluña, que se distribuyen de la manera siguiente:

Turno de promoción interna.

Opción general: 98 plazas. De estas plazas, 4 se reservan para las personas aspirantes que tengan reconocida la condición legal de discapacitadas

Turno libre.

Opción general: 98 plazas. De estas plazas, 5 se reservan para las personas aspirantes que tengan reconocida la condición legal de discapacitadas.

Opción de prevención: 4 plazas. De estas plazas, 1 se reserva para las personas aspirantes que tengan reconocida la condición legal de discapacitadas

Asimismo, se incluye un 10% adicional del total de las plazas incluidas en la oferta de empleo público distribuido por opciones de manera proporcional para las personas aspirantes que, una vez superados todos los requisitos del proceso selectivo, no hayan obtenido plaza. Este porcentaje se distribuye de la forma siguiente:

Turno de promoción interna.

Opción general: 10 plazas.

Turno libre.

Opción general: 10 plazas.

Con carácter general, las plazas sin cubrir de un turno se acumularán a las de la correspondiente opción del otro turno.

En el caso de que las plazas reservadas a las personas aspirantes con la condición legal de discapacitadas no se cubran, se acumularán en primer lugar a las del resto de la misma opción y mismo turno; en segundo lugar, a las reservadas de la misma opción del otro turno, y finalmente, a las del resto de la misma opción de este turno.

Las funciones que corresponden a las personas funcionarias de la escala de gestión de administración general del cuerpo de gestión de administración (subgrupo A2) de la Generalidad de Cataluña son las que establece la disposición adicional sexta del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, y el artículo 37.1 del Real decreto 39/1997, de 17 de enero, modificado por el Real decreto 780/1998, de 30 de abril, por lo que hace referencia a las plazas de opción de prevención y que constan, junto con la descripción orientativa de las tareas a desarrollar en la dirección de internet http://www.gencat.cat/governacio-ap/administracio/ofe-conv.htm.

Hasta la resolución de esta convocatoria, no se pueden amortizar, transformar ni modificar sustancialmente las plazas convocadas, si no es en cumplimiento de las normas de procedimiento administrativo.

Las personas que tomen parte en esta convocatoria no pueden participar en más de un turno de los previstos.

Asimismo, pueden participar en más de una opción de plazas, indicando claramente en el apartado correspondiente de su solicitud, el orden de preferencias.

Este orden de preferencias determinará en que opción de plazas, con exclusión del resto, será propuesta la persona aspirante para ser nombrada como funcionaria, en el caso de que haya superado el proceso selectivo en más de una opción. Si no se hace constar ninguna de las opciones de plazas, se entenderá que se...

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