EDICTO del Juzgado de Primera Instancia núm. 54 de Barcelona, sobre procedimiento ordinario (exp. 34/2003).

SecciónAdministración de Justicia
Rango de LeyEdicto

EDICTO

del Juzgado de Primera Instancia núm. 54 de Barcelona, sobre procedimiento ordinario (exp. 34/2003).

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 54 BARCELONA

JUICIO 34/2003-C1 Procedimiento ordinario

PARTE DEMANDANTE BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A.

PARTE DEMANDADA CARLOS CARDO CEREIJO, EUROPEA DE EXCLUSIVAS FRIGORIFICAS, S.L., JOSÉ GODOY NUÑEZ y BELÉN GARCIA RODRIGUEZ

SOBRE Juicio ordinario: por cuantía

En el juicio referenciado, y en atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de las partes demandadas CARLOS CARDO CEREIJO y BELÉN GARCIA RODRIGUEZ, por providencia del dia de la fecha el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 497.2 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de la sentencia dictada en estos autos con fecha 5/10/04 y cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

SENTENCIA Nº 174/04

En Barcelona, a cinco de octubre de dos mil cuatro.

Vistos por Dª Mireia Borguñó Ventura, Magistrada-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia número 54 de los de Barcelona, los presentes autos de Juicio Ordinario nº 34/03-C1, seguidos a instancia de BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A., representado por el Procurador de los Tribunales D. Angel Montero Brusell, y asistido del Letrado D. Miguel Angel Pazos, en ejercicio de acción de reclamación de cantidad, contra EUROPEA DE EXCLUSIVAS FRIGORÍFICAS S.L., D. CARLOS CARDO CEREIJO, D. JOSE GODOY NUÑEZ y Dª BELEN GARCIA RODRIGUEZ, declarados en rebeldía, en base a los siguientes,

FALLO

Que estimando totalmente la demanda interpuesta por BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A. contra EUROPEA DE EXCLUSIVAS FRIGORÍFICAS S.L., D. CARLOS CARDO CEREIJO, D. JOSE GODOY NUÑEZ y Dª BELEN GARCIA RODRIGUEZ, DEBO CONDENAR Y CONDENO a los demandados a satisfacer solidariamente al actor la cantidad reclamada de 57.565,23 euros, más los intereses pactados desde la certificación del saldo deudor, asi como al pago de las costas procesales.

Notifíquese esta resolución a las partes, y hágaseles saber que contra la misma pueden interponer ante este Juzgado recurso de apelación en el plazo de CINCO días a contar desde su notificación en la forma...

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