EDICTO del Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de Badalona, sobre autos de juicio verbal (exp. 890/2010).

SecciónAdministración de Justicia
EmisorJuzgados de primera instancia e instrucción
Rango de LeyEdicto

EDICTO

del Juzgado de Primera Instancia núm. 5 de Badalona, sobre autos de juicio verbal (exp. 890/2010).

D/ña. Celso Gonzalez Voces Secretario Judicial del Juzgado Primera Instancia 5 Badalona (ant.CI-9)

HAGO SABER:

Que en este Juzgado se tramitan bajo núm. 890/2010 actuaciones de Juicio verbal a instancia de C.P. AVINGUDA MARTI PUJOL 150 BADALONA representado por el Procurador/a Sr/a. JESUS MILLAN LLEOPART contra Abdon Arevalo Alvarez y Montserrat Gil Quirosa sobre en los que en resolución dictada el dia de la fecha se ha acordado notificar por edictos ABDON AREVALO ALVAREZ Y MONTSERRAT GIL QUIROSA por ignorarse su paradero, la sentencia y auto de rectificación de sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

S E N T E N C I A

En Badalona a 14 de julio de 2010

MIREIA ALARCÓN UBIERNA, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Badalona, habiendo visto los autos de Juicio verbal nº 890/10, seguidos a instancia de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA AVINGUDA MARTÍ PUJOL Nº 150 DE BADALONA, representada por el Procurador Jesús MIllán, asistida del Letrado Joan Manel Olivares, contra ABDON AREVALO ALVAREZ Y MONTSERRAT GIL QUIROSA, declarada en rebeldía, en el ejercicio de las Potestades que le atribuyen la Constitución y las Leyes de España dicta la presente resolución, que se basa en los siguientes:

F A L L O

ESTIMO la demanda deducida por COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA AVINGUDA MARTÍ PUJOL Nº 150 DE BADALONA, contra ABDON AREVALO ALVAREZ Y MONTSERRAT GIL QUIROSA y, en consecuencia condeno a los demandados a pagar a la actora la cantidad de 692,73.- euros, más el interés legal en los términos expuestos en el fundamento de derecho primero. Todo ello con imposición de costas a los demandados.

Así, juzgando definitivamente en esta instancia y por esta mi Sentencia, de la que se unirá certificación a la causa, y contra la que cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACION.- La anterior Sentencia, ha sido dada, leída y publicada por la Magistrada-Juez que la suscribe hallándose celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.-

A U T O (RECTIFICA SENTENCIA Nº 133/2010)

Magistrada Jueza que lo dicta: Mireia Alarcón Ubierna

Lugar: Badalona

Fecha: 28 de julio de 2010

Los dos anteriores escritos únanse y,

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- En el presente procedimiento el día 14-7-2010 se dictó Sentencia y el procurador de la actora, el Sr. Jesús...

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