ORDEN IUE/3/2010, de 7 de enero, de modificación de la Orden IUE/469/2009, de 15 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la línea de subvenciones y de préstamos directos en condiciones preferentes para la financiación de actuaciones en el sector de la automoción, y se abre la convocatoria para el año 2009.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, UNIVERSIDADES Y EMPRESA
Rango de LeyOrden

ORDEN

IUE/3/2010, de 7 de enero, de modificación de la Orden IUE/469/2009, de 15 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la línea de subvenciones y de préstamos directos en condiciones preferentes para la financiación de actuaciones en el sector de la automoción, y se abre la convocatoria para el año 2009.

La Orden IUE/469/2009, de 15 de octubre (DOGC núm. 5498, de 4.11.2009), aprobó las bases reguladoras de la línea de subvenciones y de préstamos directos en condiciones preferentes para la financiación de actuaciones en el sector de la automoción.

Las ayudas de esta Orden van destinados a las empresas que estén incluidas en el grupo 291 de la CCAE-2009 de acuerdo con el Decreto 137/2008, de 8 de julio. Se trata de los fabricantes de vehículos de motor.

Desde el Gobierno se considera que fomentando los proyectos de inversión a medio y largo plazo que consoliden el lideraje de la industria del sector de la automoción en Cataluña, se puede favorecer su posición estratégica, y al mismo tiempo afrontar de una manera más decidida el periodo de recuperación ante la actual situación de recesión económica, y la caída de la demanda.

Puesto que se quiere incentivar a aquellas inversiones orientadas al desarrollo de nuevos modelos de vehículos, mediante la aplicación de nuevas tecnologías y procesos de innovación y investigación, y que incorporen criterios de mejora medioambiental tanto en su cadena de valor como en los productos finales y es una realidad que la ejecución de estas inversiones también se está llevando a cabo desde centros técnicos dependientes de las empresas fabricantes.

De acuerdo con el Reglamento (CE) núm. 800/2008, de 6 de agosto, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías) (DOUE L 214, de 9.8.2008).

De acuerdo con el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002), modificado por la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de medidas financieras (DOGC núm. 4292, de 31.12.2004), con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003) y con el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Visto el informe...

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