ORDEN JUS/440/2010, de 6 de septiembre, de convocatoria de concurso público para el otorgamiento de ayudas para el curso Programa para la preparación de opositores a juez, fiscal y secretario/a judicial que lleva a cabo el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyOrden

ORDEN

JUS/440/2010, de 6 de septiembre, de convocatoria de concurso público para el otorgamiento de ayudas para el curso Programa para la preparación de opositores a juez, fiscal y secretario/a judicial que lleva a cabo el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada.

El actual sistema de acceso a las carreras judicial y fiscal y de secretarios de la Administración de justicia hace conveniente que el Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada del Departamento de Justicia ofrezca un programa de preparación de opositores a personas que tengan un conocimiento acreditado del derecho y de la lengua catalana para favorecer, sin perjuicio de las exigencias generales de su función, el arraigo necesario para ejercer su carrera en Cataluña.

Como complemento de este programa y en atención a las condiciones económicas de los candidatos, se hace necesario facilitar la inscripción de alumnos mediante la concesión de ayudas de reducción de matrícula y transporte, en los términos de lo que prevé el apartado 2 del artículo 1.3-4 del Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

Por tanto,

Ordeno:

Primero

1.1 Convocar concurso público para el otorgamiento de ayudas a los alumnos seleccionados mediante la Orden JUS/439/2010 , de 6 de septiembre, de convocatoria de concurso para el otorgamiento de plazas para la realización del curso Programa para la preparación de opositores a juez/a, fiscal y secretario/a judicial, destinadas a potenciar el acceso a la carrera judicial, fiscal y de secretario/a judicial de licenciados/as en derecho residentes en Cataluña. Se otorgarán un máximo de 15 ayudas para las plazas para opositores a juez y fiscal, y un máximo de 6 ayudas para las plazas para opositores a secretario/a judicial.

1.2 El objeto de las ayudas mencionadas se concreta en:

  1. Ayudas en el pago de matrícula.

  2. Ayudas de transporte.

1.3 La cantidad individualizada de las ayudas, así como las condiciones para obtenerlas se concretan en las bases que rigen esta convocatoria.

1.4 Aprobar las bases que rigen la convocatoria, las cuales figuran como anexo a esta Orden.

Segundo

El importe máximo de las ayudas es de 49.090 euros e irán a cargo de la partida D/480000100/2150/0000 del presupuesto de gastos del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada para el año 2010.

Tercero

El plazo de presentación de las solicitudes es de 15 días a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación en el DOGC de esta Orden.

Cuarto

4.1 La tramitación del expediente corresponde al Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada del Departamento de Justicia, cuya directora emitirá la propuesta de resolución correspondiente. Se faculta a la directora del Centro para resolver las dudas y las incidencias que se puedan producir en esta convocatoria.

La resolución de adjudicación de ayudas corresponde a la presidenta del Centro de Estudios y Formación Especializada, la consejera de Justicia.

4.2 La resolución de adjudicación de ayudas se debe adoptar en el plazo de 45 días naturales a partir del día siguiente al de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes que prevé el artículo anterior.

4.3 Transcurrido el plazo fijado sin que se haya publicado una resolución expresa, se entenderá que las solicitudes son desestimadas en los términos previstos en el artículo 81.3 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

4.4 El control de las ayudas que se establece en esta Orden se llevará a cabo de acuerdo con lo que prevé el artículo 97 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

Quinto

5.1 La resolución de concesión de estas ayudas se notificará a las personas interesadas en el plazo de 10 días naturales desde la fecha de su adopción y, posteriormente, se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya .

5.2 Contra la resolución de concesión y...

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