RESOLUCIÓN CLT/1648/2004, de 1 de junio, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones a la preparación de proyectos cinematográficos (código 12603).

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

CLT/1648/2004, de 1 de junio, por la que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones a la preparación de proyectos cinematográficos (código 12603).

Vistos los artículos 87 y siguientes del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña;

De acuerdo con el artículo 11.e) de los Estatutos del Instituto Catalán de las Industrias Culturales, aprobados por el Decreto 100/2001, de 3 de abril,

Resuelvo

.1 Se convoca concurso público para la concesión de subvenciones a la preparación de proyectos cinematográficos (código 12603).

.2 El importe máximo de las subvenciones previstas en esta Resolución es de 150.000 euros distribuidos en las anualidades siguientes: un importe máximo de 75.000 euros con cargo a la partida 470.0001 del presupuesto del Instituto Catalán de las Industrias Culturales para el año 2004; y un máximo de 75.000 euros con cargo al presupuesto del año 2005. La dotación máxima prevista podrá ser ampliada según las solicitudes recibidas y las disponibilidades presupuestarias.

.3 Las subvenciones previstas en esta convocatoria se rigen por las bases que constan en el anexo de la presente Resolución, aprobadas por el Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Industrias Culturales en su reunión de 29 de abril de 2004 y por la normativa general de subvenciones.

.4 Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la consejera de Cultura en el plazo de un mes desde la publicación en el DOGC.

Barcelona, 1 de junio de 2004

Xavier Marcé i Carol

Director

Anexo

Bases

.1 Objeto

La convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones destinadas a preparar el diseño de la producción de películas, de forma que se generen proyectos cinematográficos profesionales que puedan convertirse posteriormente en largometrajes con un planteamiento industrial viable.

.2 Condiciones y cuantía

El importe de la subvención es, como máximo, de 30.000 euros por proyecto, y en ningún caso puede superar el 50% de los gastos ocasionados por:

a) Contrato con el/la autor/a o autores/as de la obra literaria original en que se basa el guión.

b) Contrato con el/la autor/a o autores/as del guión. En el caso de que el guión haya sido subvencionado por el Instituto Catalán de las Industrias Culturales o por el Departamento de Cultura, el gasto de la compra del guión no se tiene en cuenta a los efectos de las subvenciones que regulan estas bases.

c) Trabajos destinados a confeccionar el diseño de la producción, incluida la confección del guión.

d) Trabajos de documentación y localización de los lugares de rodaje.

El importe de la subvención que obtenga un proyecto, de acuerdo con estas bases, se deducirá del importe de la subvención que se pueda conceder para la explotación del largometraje correspondiente.

.3 Destinatarias

Pueden optar a estas subvenciones las empresas productoras cinematográficas independientes inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o empresas establecidas en un estado miembro de la Unión Europea...

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