ORDEN AAM/103/2011, de 30 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras del Premio a la Innovación Tecnológica Agroalimentaria y se convocan las correspondientes al año 2011.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO NATURAL
Rango de LeyOrden

ORDEN

AAM/103/2011, de 30 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras del Premio a la Innovación Tecnológica Agroalimentaria y se convocan las correspondientes al año 2011.

A fin de que el sector agrario sea capaz de dar respuestas a las necesidades de nuestra sociedad, que está orientada a la demanda de productos de calidad, seguros y producidos de una manera respetuosa con el medio ambiente y el bienestar animal, hace falta que el tejido agroalimentario se convierta en abanderado en la innovación.

Mediante la Orden de 31 de mayo de 2001 (DOGC núm. 3424, de 5.7.2001), el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural creó y convocó el Premio a la Innovación Tecnológica Agraria con la finalidad de fomentar e incentivar el sector agrorural a realizar actuaciones innovadoras y punteras que representen una novedad tecnológica para la empresa, mediante la representación de un nuevo producto o proceso independientemente de su existencia en el mercado.

Valorados los resultados conseguidos en las ediciones anteriores, se considera conveniente convocar el Premio a la Innovación Tecnológica Agroalimentaria para el año 2011.

En esta convocatoria se establecen dos modalidades de premio, en las que se diferencian las agroindustrias de primera transformación y/o conservación y de suministro de productos y servicios, y las empresas agrarias que hayan incorporado alguna innovación significativa en los procesos de producción y/o de gestión.

Consecuentemente, valorada la conveniencia de apoyar este sector agroalimentario mediante una ayuda económica, de acuerdo con el artículo 92 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y a propuesta de la Dirección General de Alimentación, Calidad e Industrias Agroalimentarias, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases que regulan la concesión del Premio a la Innovación Tecnológica Agroalimentaria, creado por la Orden de 31 de mayo de 2001, que figuran en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

2.1 Convocar el Premio a la Innovación Tecnológica Agroalimentaria correspondiente al año 2011 de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas en el artículo 1 precedente.

2.2 El plazo de presentación de candidaturas se establece desde la publicación de esta Orden en el DOGC hasta el día 31 de octubre de 2011.

2.3 Los premios y nominaciones de esta Orden irán a cargo de la partida presupuestaria AG06 D/483000100/5740 de los presupuestos del Departamento para el año 2011, dotada con una cuantía máxima de 16.000,00 euros como crédito anticipado, condicionados a la existencia de crédito suficiente.

Se establecen dos tipos de premios, uno para la empresa agraria y uno para la agroindustria, dotados con 6.000,00 euros cada uno, como también dos nominaciones, cada una de las cuales tendrá una dotación económica de 2.000,00 euros.

2.4 El órgano instructor de las candidaturas presentadas es la Dirección General de Alimentación, Calidad e Industrias Agroalimentarias.

2.5 El órgano competente para emitir la resolución sobre la concesión de premios y de nominaciones es la persona titular del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural. A estos efectos estará asistido por el jurado, cuya composición se detalla en el apartado 7 de las bases reguladoras.

2.6 El plazo máximo para resolver la concesión de los premios será el 31 de diciembre de 2012 y se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).

2.7 Contra la resolución del consejero o la consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de 2 meses a contar a partir del día siguiente de la publicación en el DOGC de la resolución de concesión, sin perjuicio que se pueda interponer cualquier otro que se considere adecuado.

2.8 El premio y la nominación concedidos se harán públicos en la web http://www20.gencat.cat/daam/premipita haciendo uso de los medios electrónicos establecidos, y se expondrán en el tablón de anuncios de las...

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