ORDEN AAM/199/2012, de 29 de junio, por la que se abre el plazo de preinscripción de los centros educativos en el programa de promoción y suministro gratuitos de frutas y verduras 'En nuestra escuela comemos + fruta' del curso escolar 2012-2013, y se convocan las ayudas de promoción y suministro correspondientes al mencionado curso durante el 2012.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO NATURAL
Rango de LeyOrden

El Reglamento (CE) 1234/2007, del Consejo, de 22 de octubre, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas, modificado por el Reglamento (CE) 13/2009, recoge la concesión de una ayuda comunitaria para la distribución de frutas y hortalizas a los alumnos de centros educativos con la finalidad de estimular el consumo y crear hábitos de consumo más saludables.

El Reglamento (CE) 288/2009, de la Comisión de 7 de abril, establece disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 1234/2007 del Consejo en lo relativo a la concesión de una ayuda comunitaria para el suministro de frutas y hortalizas al alumnado de los centros educativos en el marco del Plan de consumo de fruta en las escuelas, cofinanciado con el estado miembro. Determina que cada estado miembro fijará en su estrategia entre otros el grupo de niños a los que se dirige la medida y seleccionará las personas solicitantes de ayudas.

Valorada la conveniencia de promover el consumo de frutas y hortalizas y conseguir instaurar entre la juventud hábitos alimenticios más saludables, se considera adecuado hacer la convocatoria de adhesión de los centros educativos antes de la finalización del actual curso escolar, a fin de que los centros educativos que estén interesados en adherirse al Programa del curso escolar 2012/2013 dispongan de tiempo suficiente para planificar las actividades que deben llevar a cabo tanto por la organización de la distribución de la fruta como de las actividades educativas para dar apoyo a la distribución de fruta.

Mediante esta disposición el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural establece las normas para seleccionar las entidades que quieran colaborar en la distribución de frutas y hortalizas en el marco del Plan de consumo de frutas en las escuelas 2012-2013 comunicado en la Comisión el 31 de enero de 2012 y autorizarlas como colaboradoras en las ayudas al amparo de lo que establece el Reglamento (CE) 288/2009, de 7 de abril de 2009, que regula las condiciones generales del autorización.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, establece que en el caso de que en la gestión de las subvenciones participen entidades colaboradoras, se exige la formalización de un convenio de colaboración que regule las condiciones y obligaciones asumidas por la entidad colaboradora. Así mismo se establece que en caso que la entidad colaboradora sea una entidad de derecho privado, la selección se hará de acuerdo con los principios de publicidad, concurrencia y objetividad.

Por lo tanto, el objetivo de esta Orden es abrir el plazo de presentación de la solicitud de preinscripción de los centros educativos, fijar el grupo de alumnos a los que va dirigido el programa, los criterios de selección de los centros educativos en caso de que por cuestiones presupuestarias no sea posible atender todas las solicitudes y convocar las ayudas para las entidades que quieran colaborar con el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural en la promoción y distribución de frutas y hortalizas en los centros educativos durante lo curso 2012/2013.

En el marco de lo establecido en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de normas reguladoras de firma electrónica; la Ley 26/2010, de 3 de agosto, en relación con los principios generales y de actuación con medios electrónicos y en la tramitación electrónica del procedimiento administrativo, así como lo establecido en la Ley 29/2010, de 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña y en el Decreto 56/2009, de 7 de abril, sobre el impulso, y el desarrollo de los medios electrónicos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, se ha podido constatar que los posibles beneficiarios disponen de los medios tecnológicos necesarios para poder realizar la tramitación electrónica de solicitud de esta ayuda, y por eso resulta factible establecer la tramitación administrativa de la fase de solicitud de participación de los centros educativos sólo por medios electrónicos, de conformidad con el artículo 43.2 de la Ley 26/2010.

Consecuentemente, de acuerdo con el artículo 92 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el...

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