ORDEN AAM/246/2012, de 10 de agosto, por la que se aprueban los precios públicos de los centros y escuelas de capacitación agraria.

Fecha de Entrada en Vigor11 de Septiembre de 2011
SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO NATURAL
Rango de LeyOrden

El artículo 1.3-2 del Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, establece que la creación, modificación y derogación de los precios públicos, salvo los referidos a la enseñanza universitaria que se debe hacer por decreto, se efectuarán mediante una orden del consejero o consejera competente en cuanto a la materia.

Valorada la necesidad de adecuar la lista de precios públicos por la prestación de servicios y la realización de actividades de los centros y escuelas de capacitación agraria del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Creación

Aprobar los precios públicos por la prestación de servicios y la realización de actividades de los centros y escuelas de capacitación agraria adscritos al Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural que figuran en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

Sujetos obligados al pago

Son sujetos obligados al pago de los precios establecidos en el anexo de esta Orden las personas físicas o jurídicas que son beneficiadas personalmente o en sus bienes por el servicio prestado o la actividad realizada.

Artículo 3

Exigibilidad

Los precios públicos creados por la presente Orden serán exigibles en el momento de la prestación del servicio o la realización de la actividad.

Disposición derogatoria

Se deroga la Orden AAM/173/2011, de 21 de julio, por la que se aprueban los precios públicos de los centros y escuelas de capacitación agraria (DOGC núm. 5931, de 29.7.2011).

Disposición final

Estos precios entran en vigor el 1 de septiembre de 2012.

Barcelona, 10 de agosto de 2012

Josep Maria Pelegrí i Aixut

Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural

Anexo

Precios públicos de las escuelas y los centros de capacitación agraria, exentos de IVA

—1 Precio público de los servicios de comedor y residencia

Los servicios de comedor y residencia en las escuelas y los centros de capacitación agraria para el curso escolar 2012-2013 tendrán los precios siguientes, en función del tipo de prestación y la condición de la persona interesada que reciba el servicio:

1.1 Para comer o cenar:

  1. El personal relacionado con la actividad docente: 5,00 euros.

  2. Los asistentes a los cursos de capacitación, reglados y no reglados: 6,30 euros.

  3. Personas autorizadas y ajenas a la actividad docente: 9,10 euros.

    1.2 Para dormir y desayuno:

  4. El personal relacionado con la actividad docente: 5,50 euros.

  5. Los asistentes a los cursos de capacitación, reglados y no reglados: 8,80 euros.

  6. El resto de personas autorizadas: 12,30 euros.

    1.3 Por pensión completa, que incluye dormir, comer, cenar y...

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