ORDEN VCP/52/2008, de 7 de febrero, de aprobación de las bases reguladoras de becas para la realización de prácticas en organismos internacionales 'Becas Canigó'.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA
Rango de LeyOrden

ORDEN

VCP/52/2008, de 7 de febrero, de aprobación de las bases reguladoras de becas para la realización de prácticas en organismos internacionales .Becas Canigó..

El Departamento de la Vicepresidencia, por medio de la Secretaría de Asuntos Exteriores, quiere fomentar la presencia de catalanes y catalanas en el exterior. Una de las posibles acciones en línea con esta finalidad es ayudar a aquellas personas que quieran realizar prácticas en alguna institución u organismo internacional de carácter multilateral en el 2007, con el objetivo de mejorar sus capacidades de actuación en el exterior. Por ello se convocan estas becas, cuyo objetivo es incentivar la realización de prácticas en organismos internacionales y promover e intensificar las relaciones de Cataluña con los organismos internacionales que acogen a nuestros becarios.

Visto el Decreto 421/2006, de 28 de noviembre, de determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

Visto el Decreto 478/2006, de 5 de diciembre, de estructura del Departamento de la Vicepresidencia, por el que se regulan las funciones y estructura de la Secretaría de Asuntos Exteriores;

En consecuencia, y de acuerdo con lo previsto en el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley mencionada,

Ordeno:

Artículo único

Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria de becas para la realización de prácticas en organismos internacionales, .Becas Canigó., que constan en el anexo de esta Orden.

Disposición derogatoria

Se deroga la Orden VCP/192/2007, de 30 de mayo, de convocatoria para el año 2007 de las becas para la realización de prácticas en organizaciones internacionales .Becas Canigó. y aprobación de las bases reguladoras publicadas en el DOGC núm. 4904, de 14.6.2007.

Disposición final

Esta Orden entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 7 de febrero de 2008

Josep-Lluís Carod-Rovira

Vicepresidente

Anexo

Bases reguladoras de becas para la realización de prácticas en organismos internacionales

.1 Objeto

Estas becas tienen por finalidad fomentar la realización de prácticas de estudio o trabajo en organizaciones internacionales públicas de carácter intergubernamental y multilaterales, incluidas las instituciones de la Unión Europea, con una estructura orgánica permanente e independiente. Quedan excluidas las organizaciones no gubernamentales.

.2 Destinatarios/as

Pueden solicitar estas becas las personas licenciadas, arquitectos, ingenieros/as superiores o equivalentes y personas diplomadas, arquitectos técnicos, ingenieros/as técnicos/as o equivalentes y estudiantes que tengan aprobadas todas las asignaturas correspondientes al primer ciclo de una licenciatura y que cumplan los requisitos en el momento de publicación de la convocatoria correspondiente:

  1. Que en el momento de presentación de la solicitud hayan sido aceptados por alguna institución u organismo internacional de los establecidos en la base primera.

  2. Que estén en posesión del nivel C de la Junta Permanente de Catalán o titulación equivalente.

  3. Que acrediten vecindad civil catalana con una antigüedad de un año ininterrumpido e inmediatamente anterior a la fecha de publicación de la convocatoria correspondiente.

  4. Que el inicio previsto de la estancia en prácticas sea dentro del periodo correspondiente al año natural de la convocatoria.

  5. Que no hayan disfrutado en convocatorias anteriores de una beca Canigó.

    .3 Duración

    La duración de la beca será la de la estancia en el organismo internacional, con un límite mínimo de tres meses y un límite máximo de nueve meses.

    .4 Cuantía de las becas

    La cuantía de las becas se determinará en la correspondiente convocatoria teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria. En la convocatoria se establecerá el importe máximo mensual que se podrá otorgar a los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos. Las solicitudes se valorarán de acuerdo con los criterios establecidos en la base 7.1 y, por orden de...

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