DECRETO 149/2009, de 29 de septiembre, de modificación del Decreto 127/2007, de 5 de junio, sobre distribución de la potestad sancionadora entre los órganos de la Generalidad de Cataluña por infracciones en materias laborales, de prevención de riesgos laborales y de obstrucción en la tarea inspectora, y sobre la tramitación e instrucción de los procedimientos sancionadores para estas materias.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE TRABAJO
Rango de LeyDecreto

DECRETO

149/2009, de 29 de septiembre, de modificación del Decreto 127/2007, de 5 de junio, sobre distribución de la potestad sancionadora entre los órganos de la Generalidad de Cataluña por infracciones en materias laborales, de prevención de riesgos laborales y de obstrucción en la tarea inspectora, y sobre la tramitación e instrucción de los procedimientos sancionadores para estas materias.

El Estatuto de autonomía de Cataluña, en su artículo 170, dispone que corresponde a la Generalidad la competencia ejecutiva en materia de trabajo y relaciones laborales, incluyendo de forma expresa la potestad sancionadora de las infracciones del orden social, en el ámbito de sus competencias. El artículo 138 prevé la competencia ejecutiva de la Generalidad en materia de autorizaciones de trabajo a las personas extranjeras, cuya relación laboral se cumpla en Cataluña, incluyendo la aplicación del régimen de inspección y sanción, y el artículo 112 establece la potestad reglamentaria de la Generalidad que comprende la aprobación de disposiciones para la ejecución de la normativa del Estado, y también la función ejecutiva, que en todo caso incluye la potestad de organización de su propia administración y, en general, todas las funciones y actividades que el ordenamiento atribuye a la administración pública;

Mediante el Real decreto 1463/2009, de 18 de septiembre, se traspasan a la Generalidad de Cataluña funciones y servicios en materia de inmigración: autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia o ajena de las personas extranjeras que desarrollen en Cataluña su relación laboral, con efectividad a partir del 1 de octubre de 2009. Mediante este traspaso, corresponde a la Generalidad la resolución sobre las autorizaciones de trabajo de las personas extranjeras, así como las funciones relativas a la imposición de las sanciones respecto de las infracciones que se cometan en este ámbito.

Esta nueva competencia traspasada se asigna al Departamento de Trabajo mediante el Decreto 148/2009, de 28 de septiembre.

Por este motivo se debe modificar el Decreto 127/2007, de 5 de junio, sobre distribución de la potestad sancionadora entre los órganos de la Generalidad de Cataluña por infracciones en materias laborales, de prevención de riesgos laborales y de obstrucción en la tarea inspectora, y sobre la tramitación y la instrucción de los procedimientos sancionadores para estas materias, de forma que esta...

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