DECRETO 273/2007, de 11 de diciembre, de modificación parcial del Decreto 154/2005, de 12 de julio, y de aprobación de los Estatutos del Patronato Cataluña Mundo.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO

273/2007, de 11 de diciembre, de modificación parcial del Decreto 154/2005, de 12 de julio, y de aprobación de los Estatutos del Patronato Cataluña Mundo.

Por el Decreto 154/2005, de 12 de julio, se modificó y publicó el Texto refundido de los Estatutos del Patronato Catalán Pro Europa.

La nueva organización que deriva del Decreto 421/2006, de 28 de noviembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad, y del Decreto 478/2006, de 5 de diciembre, de estructura del Departamento de la Vicepresidencia, hacen necesario modificar nuevamente los Estatutos de dicho organismo para adecuarlos a esta nueva organización. En este sentido, se da una nueva configuración a las funciones del Patronato y, en coherencia, se modifica su denominación, que pasa a ser Patronato Cataluña Mundo. Asimismo, se introducen cambios en los órganos de Gobierno con la creación del Patronato de Honor, presidido por el Presidente de la Generalidad.

Dado que en el pasado Pleno del Patronato se aprobó la modificación de sus Estatutos y su cambio de denominación;

A propuesta del vicepresidente, y de acuerdo con el Gobierno de la Generalidad,

Decreto:

Artículo 1

Se aprueba la modificación de los Estatutos y el cambio de denominación del Patronato Catalán Pro Europa que pasa a ser Patronato Cataluña Mundo.

Artículo 2

Se publican como anexo los Estatutos del Patronato Cataluña Mundo.

Disposición derogatoria

Se deroga el Decreto 154/2005, de 12 de julio, de modificación y publicación del Texto refundido de los Estatutos del Patronato Catalán Pro Europa.

Disposición final Artículos 1 a 22

Este Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 11 de diciembre de 2007

José Montilla i Aguilera

Presidente de la Generalidad de Cataluña

Josep-Lluís Carod-Rovira

Vicepresidente

Anexo

Estatutos del Patronato Cataluña Mundo.

Capítulo I Artículos 1 a 3

Normas generales

Artículo 1

El Patronato Cataluña Mundo, de ahora en adelante Patronato, es una entidad que tiene carácter consorcial, dotada de personalidad jurídica propia, sometida al ordenamiento jurídico público con duración indefinida.

Artículo 2

El Patronato tiene la finalidad de organizar actividades en Cataluña y prestar servicios relacionados con la difusión a la sociedad civil catalana de los conocimientos y la información necesarios para promover su internacionalización:

Estas finalidades se concretan en las funciones siguientes:

Asesorar a las administraciones catalanas, así como a cualquier otra entidad pública o privada de Cataluña.

Recoger, tratar y difundir de manera adecuada la información sobre los ámbitos de su interés de que disponga por todos los medios a su alcance.

Organizar, promover y coordinar cursos, conferencias y seminarios.

Organizar, promover y coordinar campañas de sensibilización.

Organizar, promover y coordinar actividades de documentación, estudio e investigación.

Realizar publicaciones especializadas.

Otorgar becas y ayudas a personas físicas para alentar la investigación, así como instituir premios con la misma finalidad.

En general, organizar o participar en cualquier otra actividad que, dentro de su ámbito de trabajo, interese directamente a la sociedad catalana.

En todas las funciones anteriores, el Patronato velará en especial por:

Asociar a sus actuaciones a otras entidades públicas o privadas de Cataluña para garantizar una óptima interacción con la sociedad.

Prestar una especial atención a todo el territorio de Cataluña, mediante la colaboración con las diferentes instituciones y agentes económicos y sociales de todas las comarcas catalanas.

Artículo 3

El Patronato tiene su sede en la ciudad de Barcelona, sin perjuicio de que, para el cumplimiento de sus finalidades, pueda mantener otras oficinas en el territorio de Cataluña.

Capítulo II Artículos 4 a 6

Miembros del Patronato

Artículo 4

El Patronato está integrado por:

La Generalidad de Cataluña.

El Ayuntamiento de Barcelona.

El Ayuntamiento de Girona.

El Ayuntamiento de Lleida.

El Ayuntamiento de Tarragona.

La Diputación de Barcelona.

La Diputación de Girona.

La Diputación de Lleida.

La Diputación de Tarragona.

La Asociación Catalana de Municipios.

La Federación de Municipios de Cataluña.

La Universidad Abad Oliba.

La Universidad Autónoma de Barcelona.

La Universidad de Barcelona.

La Universidad de Girona.

La Universidad de Lleida.

La Universidad de Vic.

La Universidad Internacional de Cataluña.

La Universitat Oberta de Catalunya.

La Universidad Politécnica de Cataluña.

La Universidad Pompeu Fabra.

La Universidad Ramon Llull.

La Universidad Rovira i Virgili.

La Escuela Superior de Administración y Dirección de Empresas (ESADE).

El Instituto de Estudios Superiores de Empresa (IESE).

La Caja de Ahorros Comarcal de Manlleu.

La Caja de Ahorros de Cataluña.

La Caja de Ahorros de Gerona.

La Caja de Ahorros de Manresa.

La Caja de Ahorros de Sabadell.

La Caja de Ahorros de Tarragona.

La Caja de Ahorros de Terrassa.

La Caja de Ahorros del Penedès.

La Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona.

La Caja de Ahorros Laietana.

La Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Barcelona.

La Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Palamós.

La Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Sant Feliu de Guíxols.

La Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Tarragona.

La Cámara de Comercio e Industria de Girona.

La Cámara de Comercio e Industria de Lleida.

La Cámara de Comercio e Industria de Manresa.

La Cámara de Comercio e Industria de Reus.

La Cámara de Comercio e Industria de Sabadell.

La Cámara de Comercio e Industria de Tàrrega.

La Cámara de Comercio e Industria de Terrassa.

La Cámara de Comercio e Industria de Tortosa.

La Cámara de Comercio e Industria de Valls.

Artículo 5

Pueden incorporarse al Patronato otras entidades catalanas con decidida vocación y trayectoria en los ámbitos de actuación del Patronato, contando en cada caso con la aprobación de la mayoría absoluta de los miembros del Pleno.

Artículo 6

Pueden ser excluidas las entidades miembros a las...

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