ORDEN PTO/300/2005, de 27 de junio, por la que se hace pública la convocatoria para el otorgamiento de ayudas para el fomento de actividades de formación en el sector del transporte y de la logística y se aprueban sus bases.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

PTO/300/2005, de 27 de junio, por la que se hace pública la convocatoria para el otorgamiento de ayudas para el fomento de actividades de formación en el sector del transporte y de la logística y se aprueban sus bases.

El Departamento de Política Territorial y Obras públicas de la Generalidad de Cataluña es consciente de la necesidad de fomentar la realización de actividades de formación de los profesionales del sector del transporte, ya se trate de los propios titulares de las empresas de transporte o de sus trabajadores.

Con esta finalidad, mediante la Orden de 30 de octubre de 2000, se hizo una convocatoria de ayudas para el fomento de actividades de formación en el sector del transporte por carretera dirigida a las asociaciones y entidades representativas de las empresas de transporte, bajo la consideración de que éstas deben asumir un papel fundamental en el desarrollo de estas actividades.

Mediante la Orden PTO/185/2002, de 30 de mayo, se hizo una nueva convocatoria de ayudas en la que se consideró conveniente ampliar el régimen de ayudas, por una parte, a todas las modalidades de transporte y, por otra, a las entidades y fundaciones que, sin ánimo de lucro, tienen como objetivo primordial el desarrollo de tareas de formación e investigación en el sector del transporte y también para incluir aquellas actividades formativas vinculadas a la logística. Asimismo, por Orden PTO/438/2003, de 28 de octubre, modificada por la Orden PTO/264/2004, de 20 de julio, se efectuó una nueva convocatoria.

Debido a la positiva acogida de esta iniciativa, se considera procedente mantener este régimen de colaboración con las asociaciones y entidades representativas del sector del transporte y la logística para fomentar la realización de actividades de formación por lo que suponen tanto en lo que respecta al apoyo del asociacionismo en el sector como por su progresiva profesionalización.

Por todo ello, de acuerdo con lo que dispone el capítulo 9 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, las normas básicas que establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y demás normativa vigente aplicable, y de conformidad con la Ley 11/2004, de 27 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2005,

Ordeno:

Artículo 1

Hacer pública la convocatoria para el año 2005 para el otorgamiento de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para fomentar actividades de formación en el sector del transporte y la logística.

Artículo 2

Aprobar las bases que con carácter general deben regir la convocatoria, las cuales figuran en el anexo de esta Orden.

Artículo 3

La concesión de estas ayudas se imputa con cargo a la posición presupuestaria D/489160000/5324 del centro gestor PO01 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña, con un presupuesto máximo de 425.000,00 euros, distribuido en las anualidades siguientes: para el 2005 un importe máximo de 50.000,00 euros, y para el 2006, un importe máximo de 375.000,00 euros.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 27 de junio de 2005

Joaquim Nadal i Farreras

Consejero de Política Territorial

y Obras Públicas

Anexo

Bases

.1 Objeto y actuaciones subvencionables

1.1 Estas ayudas tienen por objeto el fomento de actividades de formación en el sector del transporte y la logística que sean llevadas a cabo en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2004 y el 31 de diciembre de 2005.

1.2 Concretamente, las ayudas se pueden destinar a la realización de las actividades de formación siguientes:

a) Cursos de formación en materias vinculadas al transporte y la logística.

b) Organización de jornadas, conferencias y seminarios orientados al perfeccionamiento del conocimiento del sector.

c) Cursos de reciclaje y perfeccionamiento en materias vinculadas al objeto de éstos.

d) Actividades de formación orientadas al conocimiento de las nuevas tecnologías y su aplicación al sector.

1.3 Las ayudas pueden cubrir hasta un máximo del 90% del coste total de las actividades de formación.

1.4 En el supuesto de que la actividad objeto de la ayuda no sea gratuita para los asistentes, la entidad organizadora únicamente podrá percibir de los asistentes la cantidad correspondiente a la parte del coste no subvencionada.

.2 Beneficiarios

Pueden optar a estas ayudas las asociaciones y entidades vinculadas al sector del transporte y la logística que desarrollen las actividades de formación a las que se refiere esta Orden y también las entidades y fundaciones sin ánimo de lucro que tienen como objeto principal el desarrollo de actividades formativas en el sector del transporte y la logística, que no incurran en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Las asociaciones y entidades mencionadas deben tener preferentemente su domicilio social en Cataluña, y en todo caso, las actividades formativas objeto de las ayudas deben realizarse en el territorio de Cataluña.

.3 Solicitudes

3.1 Las solicitudes de ayudas se deberán dirigir a la Dirección General de Puertos y Transportes y deberá adjuntarse la documentación siguiente:

a) Documentación acreditativa de la personalidad jurídica del solicitante, con indicación, en su caso, del número de afiliados.

b) Documentación acreditativa de estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias y con la seguridad social:

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR