DECRETO 130/2010, de 28 de septiembre, de modificación del Reglamento de organización y funcionamiento de la Comisión de Protección Civil de Cataluña, aprobado mediante el Decreto 291/1999, de 9 de noviembre.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES Y PARTICIPACIÓN
Rango de LeyDecreto

DECRETO

130/2010, de 28 de septiembre, de modificación del Reglamento de organización y funcionamiento de la Comisión de Protección Civil de Cataluña, aprobado mediante el Decreto 291/1999, de 9 de noviembre.

Mediante el Decreto 152/1987, de 9 de abril, se creó, adscrita al Departamento de Gobernación, la Comisión de Protección Civil de Cataluña como órgano colegiado de carácter consultivo, deliberante, coordinador y homologador en esta materia. Posteriormente, el Decreto 291/1999, de 9 de noviembre, modificado por el Decreto 310/2004, de 8 de junio y por el Decreto 186/2007, de 28 de agosto, de estructura del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, reguló la composición, la organización y el funcionamiento interno de la Comisión de Protección Civil de Cataluña en base al mandato legal de la Ley 4/1997, de 20 de mayo, de protección civil de Cataluña.

El artículo 132 del Estatuto de autonomía atribuye a la Generalidad de Cataluña la competencia exclusiva en materia de protección civil, que incluye, en todo caso, la regulación, la planificación y la ejecución de medidas relativas a las emergencias y la seguridad civil, y también la dirección y la coordinación de los servicios de protección civil, que incluyen el servicio de prevención y extinción de incendios, sin perjuicio de las facultades de los gobiernos locales en esta materia, respetando lo que establezca el Estado en el ejercicio de sus competencias en materia de seguridad pública.

De acuerdo con el nuevo marco estatutario, procede adaptar las previsiones del Decreto 291/1999, de 9 de noviembre, con respecto a la composición y funciones de la Comisión de Protección Civil de Cataluña en el nuevo marco estatutario sobre todo en lo que se refiere a las previsiones de participación de las personas miembros de la administración de las diferentes organizaciones en el nuevo marco competencial.

Por otra parte, desde la publicación del Decreto de referencia en el año 1999, la incorporación de nuevos organismos con responsabilidades directas en la ejecución de los procesos de la protección civil y, por lo tanto, en el sistema de protección civil de Cataluña, así como los cambios en la organización de la propia administración de la Generalidad de Cataluña, hacen conveniente adaptar y completar la composición de la Comisión a los efectos de adecuar su carácter participativo como órgano colegiado y el ejercicio de sus funciones.

Por todo el expuesto, visto el informe favorable de la Comisión de Protección Civil de Cataluña, a propuesta del consejero de Interior, Relaciones Institucionales y Participación y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Se modifica el artículo 2 del Reglamento de organización y funcionamiento de la Comisión de Protección Civil de Cataluña, aprobado mediante el Decreto 291/1999, de 9 de noviembre, que queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 2

Funciones

”La Comisión de Protección Civil de Cataluña, dentro de su ámbito de actuación, ejercerá las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR