ORDEN TSF/74/2016, de 18 de marzo, por la que se deroga la Orden TRE/395/2008, de 1 de agosto, por la que se establece el régimen de justificación económica de las subvenciones previstas en los programas de políticas activas de empleo que gestiona el Servicio de Empleo de Cataluña.

SecciónDISPOSICIONES
EmisorDepartamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias

El desarrollo normativo de la Ley general de subvenciones por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio (BOE núm. 176, de 25.7.2006) y otras normativas vinculadas a la eliminación de trámites y la simplificación de procedimiento motivó la publicación de la Orden TRE/395/2008, de 1 de agosto (DOGC núm. 5197, de 19.8.2008), modificada por la Orden TRE/260/2009 de 15 de mayo (DOGC núm. 5386 de 25.5.2009)

La publicación de la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones (DOGC 6890, de 11.6.2015) regula las diferentes modalidades de justificación de subvenciones en el ámbito de la Administración de la Generalidad de Cataluña, sus entidades autónomas y el resto de las entidades del Sector Público de la Administración de la Generalidad. Por otra parte, el Acuerdo GOV/110/2014, de 22 de julio, aprueba el modelo tipo de bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, tramitados por la Administración de la Generalidad y su sector público (DOGC núm. 6671, de 24.7.2014). Este Acuerdo, determina el contenido de las órdenes de bases, y los requisitos a cumplir respecto de los gastos subvencionables, la justificación y las obligaciones de los beneficiarios en relación a la justificación de subvenciones.

De acuerdo con este Acuerdo de Gobierno, las bases reguladoras de cada subvención establecerán la modalidad de justificación de la subvención, razón por la que deja de ser efectiva la Orden TRE/395/2008, de 1 de agosto que tenía por objeto establecer el régimen de justificación económica de las subvenciones previstas en los programas de las políticas activas de empleo que gestiona el Servicio Público de Empleo de Cataluña.

Por otra parte, la aprobación de la normativa reguladora del nuevo programa operativo (2014-2020) financiados con Fondo Social Europeo ha introducido novedades en cuanto a la justificación de las actuaciones cofinanciadas, apostando por la simplificación de costes, que pueden ser ajustados al tipo de programa a subvencionar. Eso refuerza la Orden de bases como disposición básica que garantiza una regulación uniforme de los contenidos generalmente aplicables en el procedimiento de concesión de las subvenciones.

Por este motivo, y en uso de las atribuciones que tengo conferidas,

ORDENO:

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