ORDEN ENS/77/2016, de 6 de abril, por la que se establece el calendario escolar del curso 2016-2017 para los centros educativos no universitarios de Cataluña.

SecciónDISPOSICIONES
EmisorDEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA

Vista la necesidad de regular el calendario escolar que tiene que regir para el curso 2016-2017, con el dictamen del Consejo Escolar de Cataluña, y realizado el trámite previo de consulta y participación con los representantes del personal al servicio de las administraciones públicas,

Ordeno:

Artículo 1

Ámbito de aplicación

Esta Orden se aplica a los centros educativos no universitarios de Cataluña, públicos y privados, salvo aquellos que por su singularidad tengan un calendario específico autorizado. Todas las referencias que en esta Orden se hacen a los servicios territoriales y a su director o directora, en la ciudad de Barcelona, hay que entenderlas referidas al Consorcio de Educación y su gerente.

Artículo 2

Actividades del profesorado

2.1 El profesorado de los centros educativos públicos y privados no universitarios tiene que reanudar en su centro las actividades de organización del curso el día 1 de septiembre. En los centros de titularidad del Departamento de Enseñanza las actividades programadas y habituales del profesorado, acaban el 30 de junio, con carácter general. Con respecto al profesorado de la enseñanza privada, esta prescripción de carácter general se tiene que aplicar respetando lo que dispongan el convenio colectivo del sector y la normativa laboral vigente. La toma de posesión de los funcionarios de carrera con destinación provisional, así como de los funcionarios interinos nombrados con anterioridad al 31 de agosto, tendrá efectos del 1 de septiembre de 2016. Los centros tienen que tomar las medidas necesarias para garantizar el inicio de las actividades lectivas en las fechas de inicio de las clases de las diferentes enseñanzas, de acuerdo con lo que dispone el artículo 3.

2.2 Desde el día 2 de septiembre el profesorado de los centros y aulas de formación de adultos tiene que realizar las actividades derivadas de los procesos de matrícula de las diversas enseñanzas. Una vez acabadas las actividades docentes, durante el mes de junio de 2017, se tienen que realizar las actividades de evaluación final, matrícula de alumnado propio, revisión del curso, elaboración de la memoria y organización y programación de la oferta formativa para el curso próximo, las actividades de información, de acogimiento y orientación, de entrevistas personales, en su caso evaluaciones iniciales, y la preinscripción de nuevo alumnado. Las prescripciones laborales de carácter general que establece esta Orden se tienen que ajustar, para los docentes de los centros de formación de adultos municipales y privados autorizados, a lo que disponen el convenio colectivo específico del sector y la normativa laboral vigente.

Artículo 3

Calendario

3.1 En el segundo ciclo de educación infantil, la educación primaria, la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, los ciclos formativos de grado medio de formación profesional inicial y de artes plásticas y diseño y el curso de formación específico para el acceso a estos ciclos, las clases empezarán el día 12 de septiembre, no obstante, en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato y los ciclos formativos de grado medio, este inicio se podrá retrasar hasta el 14 de septiembre de acuerdo con la gestión de la evaluación extraordinaria o de otros trámites que se lleven a cabo antes del comienzo de las clases. En este supuesto, habrá que compensar el día o días de retraso con días de libre disposición, con el 23 de diciembre de 2016, el 22 o 23 de junio de 2017. En las enseñanzas de los ciclos de grado superior de formación profesional inicial y de artes plásticas y diseño, el curso de formación específico para el acceso a estos ciclos, el resto de las enseñanzas de régimen especial, salvo las escuelas oficiales de idiomas, y las enseñanzas de centros y aulas de formación de adultos, las clases empezarán no más tarde del 19 de septiembre. A las enseñanzas de las escuelas oficiales de idiomas las clases empezarán no más tarde del 28 de septiembre.

En todas las enseñanzas, la preparación del curso y la aprobación de horarios se tienen que...

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