ORDEN VEH/29/2019, de 15 de febrero, por la que se aprueba el modelo 644 de la declaración informativa anual sobre la reventa de bienes muebles susceptibles de tributar por el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda
Rango de LeyOrden
DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA Y DE ECONOMÍA Y HACIENDA
ORDEN VEH/29/2019, de 15 de febrero, por la que se aprueba el modelo 644 de la declaración informativa
anual sobre la reventa de bienes muebles susceptibles de tributar por el impuesto sobre transmisiones
patrimoniales y actos jurídicos documentados y se establecen las condiciones y el procedimiento para su
presentación.
La Ley 17/2017, de 1 de agosto, del Código tributario de Cataluña y de aprobación de los libros primero,
segundo y tercero, relativos a la Administración tributaria de la Generalidad, dispone en su artículo 122-6, que
la Administración tributaria de la Generalidad de Cataluña puede obtener de terceros datos con trascendencia
tributaria por procedimientos de captación de información de carácter general o periódico, o de carácter
individual, con la finalidad de utilizarlos en el ejercicio de las funciones de aplicación de los tributos o de
recaudación en periodo ejecutivo que tiene atribuidas por ley.
La Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de
creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en
establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre
emisiones de dióxido de carbono, establece en su artículo 151 la obligación de suministro de información por
parte de las personas físicas o jurídicas dedicadas profesionalmente a la reventa de bienes muebles, con
respecto a las adquisiciones de bienes previas en que hayan intervenido tanto por cuenta propia como en
calidad de intermediarios por cuenta ajena, que sean susceptibles de tributar por el impuesto sobre
transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
La disposición adicional tercera del Libro segundo del mencionado Código Tributario de Cataluña relativa a la
obtención de información por la Agencia Tributaria de Cataluña, regula en su punto 3, esta obligación formal de
suministro de información.
De acuerdo con el mencionado artículo 151 de la Ley 5/2017, la transmisión de la información por parte de los
obligados tributarios, se hará en la forma y los plazos que determine la orden de la persona titular del
departamento competente en materia de hacienda.
Por todo eso,
Ordeno:
Artículo 1. Aprobación del modelo 644
Se aprueba el modelo 644 de la declaración informativa anual sobre reventa de bienes muebles que sean
susceptibles de tributar por el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, a
los que se refiere el artículo 151 de la Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas,
financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos
comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas
azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono.
Artículo 2. Personas obligadas a presentar el modelo 644
Estarán obligadas a presentar la declaración informativa anual, modelo 644, las personas físicas o jurídicas
dedicadas profesionalmente a la reventa de bienes muebles con respecto a las adquisiciones de bienes previas
en que han intervenido, tanto por cuenta propia como en calidad de intermediarios por cuenta ajena.
Artículo 3. Objeto de la información
DL B 38014-2007ISSN 1988-298X http://www.gencat.cat/dogc
Núm. 7816 - 22.2.20191/3 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya
CVE-DOGC-B-19050031-2019

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