ORDEN VEH/176/2019, de 27 de septiembre, por la que se regulan varios aspectos relativos a la publicación de la lista de deudores tributarios a la Agencia Tributaria de Cataluña con las condiciones previstas en el artículo 95.bis de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda
Rango de LeyOrden

El artículo 95.bis de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria dispone que la Administración tributaria tendrá que acordar la publicación periódica de listas comprensivas de deudores a la hacienda pública por deudas y sanciones tributarias cuando se den las circunstancias que se relacionan en el apartado primero de este precepto, es decir, cuandoel total de las deudas y sanciones tributarias pendientes de ingreso superen, en la fecha fijada por la Ley en el cómputo global por contribuyente, el importe de 1.000.000,00 euros, siempre y cuando estas deudas no hubieran sido pagadas una vez transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario y que no se encuentren ni aplazadas ni suspendidas.

Este mismo artículo obliga a que, tanto la elaboración como la publicación de la lista que incluya estas situaciones de incumplimiento de las obligaciones tributarias, se realice con periodicidad anual, y reserva para un desarrollo reglamentario posterior la determinación concreta de la fecha exacta de publicación y de la identificación de los datos técnicos de los correspondientes ficheros y registros de la mencionada lista.

Con esta orden se concreta, pues, la determinación de los dos elementos previstos anteriormente y, al mismo tiempo, se regulan otros aspectos relativos a la lista de deudores con la hacienda pública de la Generalidad de Cataluña, entre los que destacan la delimitación del ámbito de los tributos que abarca su publicidad, así como la determinación de los órganos competentes tanto para elaborar la lista y comunicar al deudor su inclusión en ella, como para ordenar su publicación.

Por todo ello,

Ordeno:

Artículo 1

Ámbito de la lista de deudores tributarios

Dentro del ámbito de las competencias de la Generalidad de Cataluña, la lista que comprende a los deudores con la hacienda pública, que deberá ser objeto de publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 95.bis de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, se referirá a los siguientes tributos:

- Los tributos propios

- Los tributos cedidos por el Estado cuya aplicación corresponde a la Agencia Tributaria de Cataluña.

Artículo 2

Fecha de publicación de la lista

La publicación de la lista comprensiva de los deudores a la hacienda pública de la Generalidad de Catalunya por deudas y sanciones tributarias que...

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