ORDEN TSF/96/2018, de 28 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras del concurso sobre prevención de riesgos laborales La Prevención, un Valor Seguro.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias
Rango de LeyOrden

El Tercer Plan de Gobierno de Seguridad y Salud Laboral de Cataluña 2015-2020 incluye, dentro de sus objetivos, la mejora de las condiciones de trabajo de los trabajadores y trabajadoras de Cataluña mediante la promoción de actuaciones de sensibilización en todos los ámbitos, así como la necesidad de integrar la prevención en los contenidos de la formación con el fin de concienciar a las futuras personas trabajadoras.

Las políticas de prevención de riesgos laborales, mediante la normativa de aplicación son las encargadas de garantizar la seguridad y la salud en el trabajo de los trabajadores y han de conseguir que el empresario, mediante la aplicación de las medidas oportunas y el desarrollo de las actividades necesarias, evite y controle los riesgos en el entorno laboral, así como concienciar e integrar estos principios en todos los ámbitos y en todos los colectivos.

Con este objetivo, en el año 2007 la Dirección General de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo (DGRLQT) creó los premios a los mejores carteles de prevención de riesgos laborales mediante el concurso La Prevención, un Valor Seguro, con el fin tanto de sensibilizar a la población sobre la importancia de la prevención de los riesgos laborales, al fomentar el valor de la prevención y promover su difusión, y también estimular la creatividad y el espíritu crítico de los estudiantes, al concienciar desde una edad joven de la importancia de seguir conductas seguras y saludables. Este concurso se ha mantenido a lo largo de estos años a la vez que se han ido ampliando las posibilidades de participar a un mayor número de estudiantes, ya que se diversifican las posibilidades de concursar en otros ámbitos: fotografías, pictogramas y spots.

Con esta Orden tenemos un nuevo y doble reto con el fin de ampliar las posibilidades de participación. Por una parte, se ha substituido la categoría de cortometrajes por una nueva –los spots–, al considerar que la formación que se requiere para participar en esta tiene una mayor demanda de alumnos; asimismo, supone una menor complejidad técnica de los trabajos que han de presentar los participantes; Y, por la otra, se consigue una mejor adaptación a las inquietudes creativas de los participantes y a las que impone el avance tecnológico.

Asimismo, se impulsa la posibilidad de participar a estudiantes de otros niveles educativos y se abre una nueva línea de participación para las personas que incluso ya han tenido experiencia laboral pero que, pensando en su futuro, realizan cursos en las entidades colaboradoras del Servicio Público de Empleo de Cataluña (SOC) y en sus centros de innovación y formación ocupacional (CIFO), con unas características delimitadas por el tipo de formación y dentro del ámbito de imagen y sonido, audiovisual, diseño gráfico o ilustración.

Actualmente, en la Comunidad Autónoma de Cataluña estos contenidos formativos son principalmente de la competencia del CIFO de L'Hospitalet de Llobregat, que ofrece formación en las áreas de edición y de diseño gráfico y multimedia a trabajadores y trabajadoras en activo y en situación de desempleo de los sectores de diseño gráfico y del audiovisual clásico, con el objetivo de ofrecer la especialización necesaria para dedicarse a los ámbitos emergentes del diseño gráfico multiplataforma, el multimedia editorial –especialmente en el ámbito de productos educativos–, la formación en línea, la animación, el videojuego y la creación de entornos virtuales. Asimismo, estos contenidos formativos también se ofrecen a través de las entidades colaboradoras del SOC.

Desde el punto de vista administrativo, de acuerdo con lo que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, con el fin de adaptar la actuación de las administraciones a la realidad social del momento, impulsa y promueve los procedimientos administrativos con un pleno funcionamiento electrónico, se adapta toda la tramitación de la convocatoria a esta finalidad.

Considerando la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba su Reglamento;

De acuerdo con el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña;

Considerando la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno;

Visto el Acuerdo GOV/85/2016, de 28 de junio, por el que se aprueba la modificación del modelo tipo de bases reguladoras aprobado por el Acuerdo GOV/110/2014, de 22 de julio, por el que se aprueba el modelo tipo de bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, tramitados por la Administración de la Generalidad y el sector público, y se aprueba su texto íntegro;

Considerando el Acuerdo del Gobierno de 28 de febrero de 2017, por el que se aprueba la Instrucción de la Intervención General de 20 de marzo de 2017, en materia de publicidad;

Considerando el artículo 81 del Decreto 289/2016, de 30 de agosto, de reestructuración del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, que determina las funciones asumidas por el Instituto Catalán de Seguridad y Salud Laboral como órgano adscrito a la Dirección General de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo;

Visto el vigente Convenio marco de colaboración entre el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias y la Fundación Prevent en materia de prevención de riesgos laborales, entidad con la que mantiene una colaboración que se prolonga en el tiempo con el objetivo común de fomentar entornos laborales más seguros;

Vistos los citados preceptos legales y los informes previos del Área Jurídica de Trabajo y Relaciones Laborales de la Secretaría General y de la Intervención Delegada del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, y en uso de las facultades que me son atribuidas,

Ordeno:

Artículo único

Aprobar las bases generales y específicas que regulan el concurso sobre prevención de riesgos laborales La Prevención, un Valor Seguro, que figuran en los anexos de esta Orden, y que se indican a continuación:

Anexo 1 Bases generales reguladoras del concurso de prevención de riesgos laborales La Prevención, un Valor Seguro.
Anexo 2 Bases específicas de la categoría de carteles.
Anexo 3 Bases específicas de la categoría de fotografías.
Anexo 4 Bases específicas de la categoría de pictogramas.
Anexo 5 Bases específicas de la categoría de spots.

Disposición derogatoria

Se deroga la Orden TSF/67/2017, de 18 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras del concurso sobre prevención de riesgos laborales La Prevención, un Valor Seguro.

Disposición final

Esta Orden entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 28 de junio de 2018

Chakir El Homrani Lesfar

Consejero de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias

Anexo 1

Bases generales reguladoras del concurso de prevención de riesgos laborales La Prevención, un Valor Seguro.

–1 Objeto

1.1 Mediante el otorgamiento de estos premios se reconoce el valor divulgativo de los trabajos presentados desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales, al conseguir, por una parte, concienciar de la gran diversidad de riesgos que nos rodean cotidianamente en cualquier tipo de trabajo, y, de la otra, fomentar el valor de la prevención con el fin de anticiparse a posibles sucesos no deseados, como son los daños en la salud derivados del trabajo. Identificar los riesgos es el factor clave para poder eliminarlos o minimizarlos posteriormente.

1.2 Asimismo, se trata de sensibilizar a la población sobre la importancia de la prevención de los riesgos laborales y de promover la creatividad y el espíritu crítico de los estudiantes.

–2 Categorías

Se pueden convocar todas o alguna de estas categorías:

Categoría de carteles.

Categoría de fotografías.

Categoría de pictogramas.

Categoría de spots.

–3 Destinatarios y participación

3.1 La participación está abierta al alumnado de cualquier centro educativo público, concertado o privado de Cataluña, matriculado en los estudios indicados para cada categoría o bien para el alumnado de los cursos en determinados ámbitos, de los CIFO del territorio de Cataluña, así como de cualquier entidad colaboradora del SOC que realice cursos en este entorno, de acuerdo con las especificidades que se determinen.

3.2 El alumnado se puede presentar a varias categorías siempre que cumpla los requisitos establecidos para cada una de ellas.

3.3 Vistas las características de los destinatarios, se delimita la edad para poder participar a partir de los 16 años.

–4 Requisitos de las personas solicitantes

4.1 Las personas solicitantes han de cumplir los requisitos siguientes:

  1. Estar o haber estado matriculado o matriculada en un centro educativo público, concertado o privado de Cataluña, de acuerdo con las bases específicas de cada categoría, o bien realizar o haber realizado un curso en determinados ámbitos de los CIFO del territorio de Cataluña así como de cualquier entidad colaboradora del SOC que realice cursos en este entorno, de acuerdo con las características que se determinen en las bases específicas que contienen los anexos de esta Orden.

  2. No incurrir en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre...

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