ORDEN TSF/67/2017, de 18 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras del concurso sobre prevención de riesgos laborales La prevención, un valor seguro.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias
Rango de LeyOrden

La prevención de riesgos laborales debe garantizar la seguridad y la salud en el trabajo de los trabajadores, ya que la mayor parte de accidentes o enfermedades laborales se pueden evitar si se introducen las medidas preventivas adecuadas, de acuerdo con los principios de la acción preventiva descritos en el artículo 15 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.

El artículo 15 mencionado establece que el empresariado debe evitar el riesgo, y, si ello no es posible, tiene que evaluarlo y tomar las medidas preventivas adecuadas, y dar preferencia a las protecciones colectivas por encima de las individuales. Además, debe informar y formar a los trabajadores y trabajadoras sobre los riesgos que conlleva su trabajo y el modo de evitarlos o prevenirlos. Por su parte, los trabajadores se tienen que implicar en su propia seguridad y salud laboral y aplicar adecuadamente las medidas preventivas establecidas por la empresa.

Con motivo de la conmemoración del Día Internacional de la Seguridad y la Salud en el Trabajo y con el fin de sensibilizar la población sobre la importancia de la prevención de los riesgos laborales, así como para estimular la creatividad y el espíritu crítico de los estudiantes en este ámbito, este Departamento creó el año 2007 los premios a los mejores carteles de prevención de riesgos laborales “La prevención, un valor seguro”, y, en colaboración con el Departamento de Educación, los premios de fotografía joven FotoTreball sobre prevención de riesgos laborales.

El resultado de la experiencia de estos años corrobora que un modo de promover la seguridad y la salud es el estímulo y el reconocimiento de los estudiantes que canalizan su creatividad hacia esta finalidad desde una doble perspectiva: por una parte, se consigue concienciar desde una edad joven sobre la importancia de seguir conductas seguras y saludables, y, por otra, se fomenta el valor de la prevención al promover su difusión.

En el marco de las competencias de la Dirección General de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo, con esta nueva Orden de bases se quiere dar continuidad a lo que ya se consolidó en las últimas ediciones, ya que se prevé la participación de los alumnos en cuatro categorías (carteles, fotografías, pictogramas y cortometrajes de animación) y se valoran positivamente los resultados conseguidos en cualquiera de las modalidades, dado que resultan de gran interés para la promoción de la prevención de riesgos laborales.

Cuando en esta Orden se hace referencia a carteles, fotografías, pictogramas y cortometrajes de animación, se debe entender que se trata de ideas gráficas en estos formatos elaboradas por el alumnado participante en las diferentes categorías y modalidades.

Desde el punto de vista presupuestario, se prevé la posibilidad de mantener la colaboración de una entidad externa, la Fundación Prevent, que puede asumir parte de los gastos originados por los costes de los premios en cada convocatoria, dado que se ha valorado positivamente la colaboración de ambas instituciones en ediciones anteriores.

Desde el punto de vista administrativo, con la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que con el fin de adaptar la actuación de las administraciones a la realidad social del momento, impulsa y promueve los procedimientos administrativos con un pleno funcionamiento electrónico, se adapta toda la tramitación de la convocatoria a esta finalidad.

De acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento;

De acuerdo con el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña;

De acuerdo con la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno;

Visto el Acuerdo GOV/85/2016, de 28 de junio, por el que se aprueba la modificación del modelo tipo de bases reguladoras aprobado por el Acuerdo GOV/110/ 2014, de 22 de julio, por el que se aprueba el modelo tipo de bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, tramitados por la Administración de la Generalidad y el sector público, y se aprueba el texto íntegro;

De acuerdo con el artículo 81 del Decreto 289/2016, de 30 de agosto, de reestructuración del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias que determina las funciones asumidas por el Instituto Catalán de Seguridad y Salud Laboral como órgano adscrito a la Dirección General de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo;

Vistos los convenios de colaboración en actividades de interés general suscritos en este ámbito por el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias y la Fundación Prevent;

Vistos los preceptos legales mencionados y los informes previos del Área Jurídica de Trabajo y Relaciones Laborales de la Secretaría General y de la Intervención Delegada del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, y en uso de las facultades que me son atribuidas,

Ordeno:

Artículo único

Aprobar las bases generales y específicas que regulan el concurso sobre prevención de riesgos laborales “La prevención, un valor seguro”, que figuran en los anexos de esta Orden, y que se indican a continuación:

Anexo 1 Bases generales reguladoras del concurso de prevención de riesgos laborales “La prevención, un valor seguro”.
Anexo 2 Bases específicas de la categoría de carteles.
Anexo 3 Bases específicas de la categoría de fotografías.
Anexo 4 Bases específicas de la categoría de pictogramas.
Anexo 5 Bases específicas de la categoría de cortometrajes de animación.
Disposición derogatoria

Se deroga la Orden TSF/127/2016, de 20 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras del concurso sobre prevención de riesgos laborales “La prevención, un valor seguro”.

Disposición final

Esta Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya .

Barcelona, 18 de abril de 2017

Dolors Bassa i Coll

Consejera de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias

Anexo 1

Bases generales reguladoras del concurso de prevención de riesgos laborales “La prevención, un valor seguro”

–1 Objeto

1.1 Mediante el otorgamiento de estos premios se reconoce el valor divulgativo de los trabajos presentados, desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales, al conseguir, por una parte, concienciar de la gran diversidad de riesgos que nos rodean cotidianamente en cualquier tipo de trabajo, y, por otra, fomentar el valor de la prevención con el fin de anticiparse a posibles sucesos no deseados, como son los daños a la salud derivados del trabajo. Identificar los riesgos es el factor clave para poder eliminarlos o minimizarlos posteriormente.

1.2 Asimismo, se trata de sensibilizar a la población sobre la importancia de la prevención de los riesgos laborales y de promover la creatividad y el espíritu crítico de los estudiantes.

–2 Categorías

Se pueden convocar todas o alguna de estas categorías:

Categoría de carteles.

Categoría de fotografías.

Categoría de pictogramas.

Categoría de cortometrajes de animación.

–3 Destinatarios y participación

3.1 La participación está abierta al alumnado de cualquier centro educativo público, concertado o privado de Cataluña matriculado en los estudios indicados para cada categoría.

3.2 El alumnado se puede presentar a diversas categorías siempre que cumpla los requisitos establecidos para cada una de ellas.

–4 Requisitos de las personas solicitantes

4.1 Las personas solicitantes deben cumplir los requisitos siguientes:

  1. Estar matriculado en un centro educativo público, concertado o privado de Cataluña, de acuerdo con las bases específicas de cada categoría.

  2. No incurrir en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

  3. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria del Estado y con la Generalidad, y de las obligaciones con la Seguridad Social.

  4. Presentar declaración sobre si se han pedido o se han obtenido ayudas públicas o privadas para la misma actividad, y hacer constar la relación detallada y la cantidad solicitada u obtenida.

  5. Cumplir los requisitos generales y específicos de participación y de los trabajos que señala esta Orden de bases y la correspondiente convocatoria.

  6. Cumplir la normativa sobre la propiedad intelectual, y, en concreto:

    f.1) Las personas solicitantes tienen que utilizar, en los trabajos presentados, imágenes, sonidos y otros elementos libres o con permiso de uso comercial y asumir las responsabilidades que puedan resultar de su utilización.

    f.2) Las personas solicitantes que utilicen, en los trabajos presentados, imágenes de personas identificadas o identificables deben disponer del consentimiento de la persona afectada.

  7. En caso de coautoría, todas las personas coautoras de los trabajos presentados, deben cumplir los requisitos que exigen esta Orden de bases y la convocatoria correspondiente.

    4.2 El cumplimiento de estos requisitos se acredita de acuerdo con lo establecido en la base 6 de esta Orden.

    –5 Requisitos de los trabajos

    Los trabajos realizados se deben presentar en formato digital y tienen que reunir los requisitos siguientes:

    Estar hechos por los...

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