ORDEN TSF/39/2017, de 17 de marzo, por la que se aprueban las bases que deben regir la convocatoria ordinaria de subvenciones de proyectos y actividades para entidades del ámbito de políticas sociales del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias
Rango de LeyOrden

Los programas de subvenciones se han convertido en un instrumento esencial para alcanzar, en todos los ámbitos de la actividad administrativa, las finalidades y los objetivos de las políticas públicas que la legislación establece y que se concretan mediante la acción de gobierno. En este sentido, la subvención no solo orienta en un determinado sentido la actividad de otros entes públicos y entidades privadas de acuerdo con los objetivos de los planes sectoriales correspondientes, sino que la actividad de fomento también permite una gestión más coordinada y participativa de los recursos públicos según criterios de subsidiariedad, proximidad geográfica y especialización técnica, sin necesidad de duplicar redes existentes o de crear nuevos servicios públicos.

La Ley 12/2007, de 11 de octubre, de servicios sociales, en su artículo 76 prevé que la Administración de la Generalidad puede otorgar subvenciones y otras ayudas a las entidades de iniciativa social para coadyuvar en el cumplimiento de sus actividades de servicios sociales.

El Decreto 2/2016, de 13 de enero, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, atribuye al Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, entre otros, las competencias sobre las políticas de servicios sociales; igualdad; inclusión social; juventud; personas mayores; familias; infancia y adolescencia; inmigración y apoyo a la migración catalana; actuaciones cívicas, comunitarias y de voluntariado, y políticas de lesbianas, gais, bisexuales, transgéneros e intersexuales. De acuerdo con este Decreto, se han aprobado el Decreto 289/2016, de 30 de agosto, de reestructuración del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, y el Decreto 323/16, de 29 de noviembre, de modificación del anterior, de acuerdo con su ámbito de competencias.

La presente Orden contiene todas las bases, generales y específicas, de las diferentes líneas del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias dirigidas a las entidades de servicios sociales y otras en materia de familia; lucha contra los maltratos y contra la violencia machista y familiar; promoción de las personas mayores activas; infancia y adolescencia; personas con discapacidad; familias y personas en situación de vulnerabilidad; inmigración; asociacionismo, voluntariado, acción comunitaria y atención a la comunidad gitana; juventud, educación en el ocio; igualdad y no discriminación de lesbianas, gais, bisexuales, transgéneros e intersexuales. Se mantiene, por lo tanto, la separación entre las bases generales y específicas, de vigencia indefinida, por un lado, y las convocatorias anuales correspondientes, por el otro.

Las bases generales ordenan y unifican el procedimiento general de gestión de las subvenciones, y las bases específicas concretan, sobre todo, las reglas objetivas de valoración de cada línea.

La convocatoria ordinaria anual determina, fundamentalmente, el inicio y el periodo de gestión de las acciones subvencionables, y concreta la partida presupuestaria disponible, de acuerdo con la Ley de presupuestos anual, dentro del ámbito competencial del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias.

La Orden consta de un único artículo que aprueba las bases generales, que figuran en el anexo 1, las bases específicas, que figuran en los anexos 2 y 3, y la tipología de módulos máximos de los programas de mantenimiento de servicios y establecimientos de servicios sociales definidos en la actual Cartera de servicios sociales, que figuran en el anexo 4.

Considerando lo previsto en el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre; en los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio;

Considerando el informe del Consejo General de Servicios Sociales, y en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y, en concreto, el artículo 92.3 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña,

Ordeno:

Artículo único

Se aprueban las bases generales y las específicas para cada línea que deben regir la convocatoria ordinaria de subvenciones de proyectos y actividades a entidades del ámbito de asuntos sociales, inclusión social, familias, juventud, infancia, asociacionismo, voluntariado, acción comunitaria y atención a la comunidad gitana, igualdad, migraciones y ciudadanía del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias que se indican a continuación:

Anexo 1 Bases generales, aplicables a todos los programas y subvenciones.

Anexo 2 Subvenciones a entidades para actividades y proyectos.

A Programas de prevención, apoyo y lucha contra la violencia machista y el maltrato a las personas mayores, y de promoción de las personas mayores activas.

A.1 Programas de lucha contra la violencia machista (de carácter plurienal).

A.2 Programas de lucha contra la violencia y el maltrato a las personas mayores (de carácter anual).

A.3 Programas de promoción, mentoría y protección de las personas mayores (de carácter anual).

B Programas de atención social y educativa dirigidos a niños y a adolescentes en situación de riesgo social.

B.1 Programas preventivos de atención social comunitaria para niños y jóvenes en riesgo social (de carácter anual).

B.2 Programas de lucha contra los maltratos a niños y a adolescentes (de carácter anual).

B.3 Programas dirigidos a mejorar la capacidad y el rendimiento educativo en niños y jóvenes dentro del Sistema de Protección a la Infancia (de carácter anual).

B.4 Programas dirigidos al tratamiento o mejora psicosocial de niños y jóvenes del Sistema de Protección a la Infancia (de carácter anual).

C Programas y actuaciones de apoyo a jóvenes tutelados y extutelados.

C.1 Programas de apoyo, acompañamiento y vivienda para jóvenes (apoyo educativo, psicológico, jurídico y sociolaboral (de carácter plurienal).

C.2 Programas diurnos para jóvenes en situación de riesgo, dirigidos a la integración social y a la normalización en la vida de la comunidad (de carácter plurienal).

D Programas y actividades de acogida e integración social de personas inmigradas, solicitantes de protección internacional y catalanas retornadas. Programas para la igualdad y la no discriminación en razón de origen. Programas de fomento del interculturalismo.

D.1 Actividades de apoyo al asociacionismo de personas inmigradas (de carácter anual).

D.2 Actividades de carácter singular de apoyo al diálogo intercultural, al empoderamiento de jóvenes y mujeres de origen inmigrado en situación de riesgo y a la realización de jornadas y de otros proyectos de ciudadanía (de carácter anual).

D.3 Actividades de acogida, integración y sensibilización en relación con personas solicitantes de protección internacional (de carácter anual).

D.4 Proyectos de acogida de familias inmigradas en la comunidad educativa (de carácter plurienal).

D.5 Proyectos de talleres de refuerzo escolar (de carácter plurienal).

D.6 Proyectos de mentoría de alumnos de secundaria (de carácter plurienal).

D.7 Proyectos de redes ciudadanas de acogida a personas inmigradas (de carácter plurienal).

D.8 Servicios de orientación e inserción laboral para personas inmigradas y vulnerables (de carácter plurienal).

D.9 Servicios de acogida residencial para personas inmigradas (de carácter plurienal).

D.10 Servicios de información y asesoramiento especializado en migraciones y ciudadanía (de carácter plurienal).

D.11 Proyectos de alfabetización en catalán y de promoción del voluntariado lingüístico en lengua catalana (de carácter plurienal).

D.12 Proyectos de acogida e integración para personas refugiadas (de carácter anual/plurienal).

E Apoyo al asociacionismo juvenil.

E.1 Proyectos juveniles (de carácter plurienal).

E.2 Planes anuales de actuación de asociaciones juveniles relevantes y de amplio alcance territorial (de carácter plurienal).

E.3 Planes anuales de actuación de asociaciones juveniles de ámbito local y comarcal (de carácter plurienal).

F Programas de actividades y proyectos de carácter cívico, comunitario y de participación ciudadana, de promoción del voluntariado y de fortalecimiento del asociacionismo y de promoción y reconocimiento del pueblo gitano.

F.1 Apoyo a programas estables de actividades de carácter cívico, comunitario y de participación ciudadana (de carácter plurienal).

F.2 Programas de fomento y promoción del voluntariado (de carácter plurienal).

F.3 Proyectos de carácter cívico y comunitario para luchar contra la exclusión social (de carácter plurienal).

F.4 Programas de actividades y proyectos para la promoción del reconocimiento, la participación, la inclusión social y la igualdad de trato del pueblo gitano en Cataluña (de carácter plurienal).

F.5 Apoyo a proyectos de fortalecimiento del asociacionismo (de carácter plurienal).

F.6 Programas formativos vinculados al Plan de formación del asociacionismo y el voluntariado de Cataluña (de carácter anual).

G Programas de apoyo de servicios sociales.

G.1 Programas de mantenimiento de actividades de apoyo o complementarias vinculadas a la prestación de servicios sociales (de carácter plurienal).

K Programas y actividades para garantizar los derechos a personas lesbianas, gais, bisexuales, transgéneros e intersexuales, y para luchar contra la homofobia, la bifobia, la lesbofobia y la transfobia.

K.1 Programas de formación y sensibilización sobre diversidad sexual y de género (de carácter plurienal).

K.2 Programas dirigidos a la...

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