ORDEN TSF/288/2016, de 24 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de acciones de formación de oferta en áreas prioritarias, dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas, que promueve el Servicio Público de Empleo de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias
Rango de LeyOrden

Tal como se expresa en la Ley 10/2015, de 19 de junio, de formación y cualificación profesionales, la formación profesional para el empleo es el conjunto de acciones formativas que se desarrollan en el ámbito laboral, que tienen como finalidad mejorar la cualificación profesional y la capacidad de inserción o reinserción laboral por medio de la consecución y el perfeccionamiento de las competencias profesionales.

De acuerdo con la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, la formación de oferta tiene como finalidad ofrecer a las personas trabajadoras, prioritariamente a las desempleadas, una formación dirigida a la adquisición, la mejora y la actualización permanente de las competencias y las cualificaciones profesionales; debe favorecer la formación a lo largo de toda la vida de la población activa, y conjugar las necesidades de las personas, las empresas, los territorios y los sectores productivos.

En este marco, corresponde al Servicio Público de Empleo de Cataluña el diseño, la programación y la difusión de esta oferta formativa en el ámbito territorial catalán, que debe ajustarse a las necesidades del mercado laboral, de manera que favorezca así la productividad y competitividad de las empresas, a la vez que facilita la cualificación y la promoción de las personas trabajadoras.

Igualmente, le corresponde promover el mantenimiento de una red de entidades de formación, públicas y privadas, que junto con sus centros propios, garantice una oferta permanente de formación para el empleo de calidad.

Asimismo, como administración pública competente, debe hacer un seguimiento y control efectivo de las acciones formativas, que debe comprender la totalidad de las iniciativas y modalidades de impartición y se tiene que ampliar más allá de la mera comprobación de requisitos y formalidades, tiene que incorporar los resultados de la formación y tiene que contribuir a la garantía de su calidad.

La presente Orden tiene como objeto definir las bases que deben regular la concesión de subvenciones públicas para la realización de acciones formativas, dirigidas de manera prioritaria a personas desempleadas, con la finalidad de configurar esta oferta formativa de calidad, diversas y suficientes en el conjunto del territorio, accesible y adaptada a los/as potenciales candidatos/as, ajustada a las necesidades sectoriales y territoriales y que respete el principio de equilibrio territorial.

Vista la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, que ha incorporado cambios normativos algunos de los cuales pendientes de desarrollo reglamentario. Mientras no se publique este desarrollo se mantiene vigente el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, y las normas que lo desarrollan a excepción de lo que se especifica en la disposición transitoria primera de esta Ley;

Visto el Decreto 182/2010, de 23 de noviembre, de ordenación de la formación profesional para el empleo de Cataluña que tiene como objeto la regulación de la formación profesional para el empleo en Cataluña y el establecimiento de sus modalidades e iniciativas de formación, así como su régimen de funcionamiento y financiación y su estructura organizativa y de participación;

Visto el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo;

Visto el Real decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, modificado por el Real decreto 1675/2010, de 10 de diciembre, y modificado por el Real decreto 189/2013, de 15 de marzo y la Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real decreto 34/2008, de 18 de enero;

Vista la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por la que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, y la Orden ESS/1726/2012, de 2 de agosto, y la Orden ESS/41/2015, de 12 de enero que la modifica;

Visto el capítulo IV, relativo al Fichero de especialidades formativas y registro de centros y entidades de formación, de la Orden TRE/338/2008, de 4 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones relativas a la formación de oferta para realizar acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas que promueve el Servicio Público de Empleo de Cataluña;

Vista la Orden TRE/349/2008, de 9 de julio, por la que se regula el régimen de ayudas y becas a las personas trabajadoras en situación de paro y empresas establecido en materia de formación de oferta, modificada por la Orden TRE/396/2009, de 2 de septiembre;

Vista la Resolución EMO/1237/2014, de 2 de junio, por la que se establecen los módulos económicos para el 2014 aplicables a las acciones formativas profesionales para el empleo, en materia de formación de oferta, dirigida prioritariamente a personas trabajadoras en situación de desempleo que promueve el Servicio Público de Empleo de Cataluña, actualmente vigente;

Vista la Resolución TRE/3767/2009, de 30 de noviembre, por la que se publica el cuestionario de evaluación de la calidad de las acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras en situación de paro que promueve el Servicio Públic de Empleo de Cataluña, modificada por la Resolución TRE/3713/2010, de 8 de octubre;

Vista la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información publica y bueno gobierno;

Vista la Ley 13/2015, de 9 de julio, de ordenación del sistema de empleo y del Servicio Público de Empleo de Cataluña;

Vista la Ley 10/2015, de 19 de junio, de formación y cualificación profesionales;

Vista la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres;

Vista la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia;

Visto el Acuerdo GOV/85/2016, de 28 de junio, por el que se aprueba la modificación del modelo tipo de bases reguladoras aprobado por Acuerdo GOV/110/2014, de 22 de julio, por el que se aprueba el modelo tipo de bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, tramitados por la Administración de la Generalidad y su sector público, y se aprueba el texto íntegro;

Visto que el punto 11.5 del mencionado Acuerdo GOV/85/2016 establece que el órgano instructor podrá formular directamente la propuesta de resolución definitiva de concesión de subvenciones, de acuerdo con la propuesta de la comisión de valoración, ya que en estas bases reguladoras se determinan de manera tajante el coste de las actuaciones objeto de subvención.

Vista la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones;

Vista la Ley 2/2015, del 11 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2015;

Visto el Decreto 252/2015, de 15 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2015, mientras no entren en vigor los del 2016;

Vistos los informes del Área Jurídica de Trabajo y Relaciones Laborales y de la Intervención Delegada, habiendo informado previamente en el Consejo de Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña, a propuesta de la persona titular de la Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña y en uso de las facultades que me son conferidas de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

Por todo eso,

Ordeno:

Artículo único

Aprobar las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a impulsar las acciones formativas de formación de oferta en áreas profesionales prioritarias (FOAP) dirigidas a personas trabajadoras desempleadas. Las bases reguladoras se detallan en el anexo 1.

Disposiciones Adicionales
Disposición adicional primera

Esta Orden de bases se entenderá automáticamente modificada por la normativa comunitaria, estatal o autonómica que, con posterioridad en su entrada en vigor, se pueda promulgar.

Las referencias a la normativa de concreta aplicación, se entenderá hecha por remisión a la normativa que las pueda sustituir en el futuro.

Disposición adicional segunda

Se autoriza la persona titular de la Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña a dictar la resolución de convocatoria y las disposiciones que considere oportunas para el desarrollo de esta Orden.

Disposición transitoria

Las subvenciones otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden se seguirán rigiendo por las bases reguladoras al amparo de las que se otorgaron.

Disposición derogatoria

Queda derogada la Orden EMO/260/2015, de 17 de agosto, por la que se aprueban las bases para la concesión de subvenciones para la realización de acciones de formación de oferta en áreas prioritarias dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas que promueve el Servicio Público de Empleo de Cataluña, y se abre la convocatoria para el año 2015 (FOAP 2015).

Disposición final

Entrada en vigor

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Cataluña.

Barcelona, 24 de octubre de 2016

Dolors Bassa i Coll

Consejera de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias

Anexo 1

Bases reguladoras

Base 1

Objeto

El objeto de estas bases es regular la concesión de subvenciones públicas destinadas a la realización de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR