ORDEN TES/64/2020, de 19 de mayo, por la que se da publicidad a la relación de tasas que gestiona la Agencia Catalana del Agua.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD
Rango de LeyOrden

De acuerdo con la disposición adicional tercera del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, cuando una ley crea o modifica las tasas incluidas en este texto refundido, o actualiza los importes, el organismo competente encargado de gestionar estas tasas tiene que publicar una orden en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya que incluya, con efectos meramente informativos, una relación de las tasas vigentes que gestiona, identificando los servicios y las actividades que corresponden a cada una de las tasas y la cuota que les corresponde.

La sección tercera del capítulo IX del título I de la parte primera de la Ley 5/2020, del 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente, ha introducido modificaciones en el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de Cataluña, las cuales han incidido en algunas de las tasas que gestiona la Agencia Catalana del Agua, reguladas en su título V.

Dado que la Agencia Catalana del Agua está adscrita al Departamento de Territorio y Sostenibilidad, de conformidad con el artículo 1.2.e) del Decreto 277/2016, de 2 de agosto, de reestructuración del Departamento de Territorio y Sostenibilidad, corresponde al titular de este Departamento la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya , de la orden que dé cumplimiento a la disposición adicional tercera del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de Cataluña, con respecto a las tasas gestionadas por la Agencia.

En consecuencia, en virtud de todo lo que se ha expuesto,

Ordeno:

Artículo único

Dar publicidad, a efectos informativos, a la relación de las tasas vigentes que gestiona la Agencia Catalana del Agua y que figuran en el anexo de esta Orden.

Disposición derogatoria

Resta derogada la Orden TES/94/2017, de 22 de mayo, por la cual se da publicidad a la relación de las tasas vigentes que gestiona la Agencia Catalana del Agua.

Barcelona, 19 de mayo de 2020

Damià Calvet i Valera

Consejero de Territorio y Sostenibilidad

Anexo

Relación de las tasas vigentes que gestiona la Agencia Catalana del Agua (título V del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio)

—1 Tasas de la Agencia Catalana del Agua

1.1 La cuota de la tasa en los procedimientos relativos al dominio público hidráulico, maritimo terrestre o los sistemas de saneamiento público es la siguiente:

  1. Concesiones para el aprovechamiento privativo de un caudal superior a 200.001 m 3 /año: 4.807,40 euros.

  2. Concesiones para el aprovechamiento privativo de un caudal entre 100.001 m 3 /año y 200.000 m 3 /año: 4.120,65 euros.

  3. Concesiones para el aprovechamiento privativo de un caudal entre 50.001 m 3 /año y 100.000 m 3 /año: 2.747,15 euros.

  4. Concesiones para el aprovechamiento privativo de un caudal entre 25.001 m 3 /año y 50.000 m 3 /año: 2.060,35 euros.

  5. Concesiones para el aprovechamiento privativo de un caudal entre 10.001 m 3 /año y 25.000 m 3 /año: 1.373,60 euros.

  6. Concesiones para el aprovechamiento privativo de un caudal hasta 10.000 m 3 /año: 686,80 euros.

  7. Modificación de características de concesiones que comporten un aumento de caudal concesional o un cambio de punto de captación o derivación: 686,85 euros.

  8. Modificación de características de concesiones no incluidas en el epígrafe precedente: 480,80 euros.

  9. Inscripción o autorización de la transmisión de concesiones: 206,10 euros.

  10. Autorizaciones o permisos de vertidos de aguas residuales procedentes de polígonos industriales o de otras agrupaciones de vertidos industriales: 2.747,20 euros.

  11. Autorizaciones de vertidos al dominio público maritimoterrestre: 2.060,40 euros.

  12. Autorizaciones de vertidos al dominio público hidráulico de aguas residuales industriales y autorizaciones de vertidos al dominio público hidráulico de aguas residuales de carácter sanitario con un caudal igual o superior a 6.000 m 3 /año: 1.373,60 euros.

  13. Autorizaciones de vertidos con conexión a un sistema público de saneamiento: 700,60 euros.

    m bis) Autorizaciones de vertidos al dominio público hidráulico de aguas residuales de carácter sanitario con un caudal inferior a 6.000 m 3 /año: 404,10 euros.

  14. Autorizaciones de vertido a sistema de saneamiento por medio de camión cisterna: 343,50 euros.

    n bis) Declaraciones responsables para el vertido con cisternas en EDAR: 62,55 euros.

  15. Autorizaciones y concesiones de obras, instalaciones o actividades extractivas relativas al dominio público hidráulico, incluidas, las talas con aprovechamiento económico: la cuantía de...

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