ORDEN SLT/23/2015, de 22 de enero, de modificación de la Orden SLT/25/2014, de 3 de febrero, por la que se actualiza la regulación de los ficheros que contienen datos de carácter personal del Departamento de Salud y de sus entidades vinculadas o dependientes, y de actualización de su anexo.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SALUD
Rango de LeyOrden

El artículo 20.1 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, establece que la creación, la modificación o la supresión de ficheros de las administraciones públicas sólo se puede realizar mediante una disposición general publicada en el Boletín Oficial de l Esta do o en el correspondiente diario oficial.

Mediante la Orden SLT/25/2014, de 3 de febrero, por al que se actualiza la regulación de los ficheros que contienen datos de carácter personal del Departamento de Salud y de sus entidades vinculadas o dependientes, se actualizó la relación de los ficheros en el ámbito de la Administración sanitaria catalana, teniendo en cuenta las necesidades surgidas por el tiempo transcurrido desde la publicación de las disposiciones reglamentarias que antecedían a dicha disposición y por los cambios organizativos que se habían producido, y con la finalidad de unificar en una sola norma la regulación de los ficheros que contenían datos de carácter personal y garantizar de esta forma la máxima transparencia en el tratamiento de datos de carácter personal.

Desde la publicación de la citada Orden, han surgido nuevas necesidades que han hecho que proceda crear un nuevo fichero en el ámbito del Departamento de Salud, la Base de datos de entidades del sector público del Departamento de Salud, así como crear nuevos ficheros en el ámbito de las entidades que conforman su sector público, concretamente seis nuevos ficheros de la Agrupación Europea de Cooperación Territorial Hospital de Cerdanya, y efectuar modificaciones puntuales en los ficheros del ámbito del Servicio Catalán de la Salud denominados "Registro de prestación farmacéutica" y "Registro de enfermedades minoritarias", que responden, en el primer caso, a la aplicación del Real decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación, y, en el segundo caso, a razones eminentemente organizativas.

Por todo ello, con el fin de incorporar estos cambios, mediante la presente Orden se modifica la citada Orden SLT/25/2014, de 3 de febrero, y se actualiza su anexo, mediante la incorporación o modificación, en su caso, de los ficheros que recoge el anexo de la presente Orden, con la numeración que en él se les otorga.

De forma adicional, y con el fin de continuar preservando la máxima unidad en el tratamiento de los datos de carácter personal, subsiste la voluntad de regular fundamentalmente en una única disposición los ficheros que contienen datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Salud y/o por las entidades dependientes o vinculadas, salvo los ficheros que afectan a la videovigilancia. Con dicha finalidad de regular en una única disposición todos estos ficheros, además, se incorporan a la Orden 25/2014, de 3 de febrero, mediante la presente modificación, pero con un contenido idéntico, el fichero Registro de profesionales sanitarios de Cataluña, creado por el Decreto 256/2013, de 26 de noviembre, por el que se crea el Registro de profesionales sanitarios de Cataluña y se establecen los criterios generales y requisitos mínimos de los registros públicos de profesionales sanitarios en el ámbito de Cataluña, y también el fichero Registro de laboratorios de salud ambiental y alimentaria, creado por el Decreto 43/2012, de 24 de abril, de los laboratorios de salud ambiental y alimentaria y de los laboratorios de control oficial, si bien este último se adecua con respecto al órgano responsable a la extinción de la personalidad de jurídica de la Agencia de Salud Pública de Cataluña operada por el artículo 163 de la Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público, y la atribución de sus objetivos y funciones a la Secretaría de Salud Pública de acuerdo con el artículo 36 del Decreto 119/2014, de 5 de agosto, de reestructuración del Departamento de Salud.

La disposición final tercera de la Ley 32/2010, de 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos, habilita a los consejeros de la Generalidad, dentro del ámbito de las respectivas competencias, para la creación, la modificación y la supresión, mediante orden, de los ficheros que sean pertinentes.

De acuerdo con el informe emitido por la Autoridad Catalana de Protección de Datos;

De conformidad con lo que establece la disposición final tercera de la Ley 32/2010, de 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos, y de acuerdo con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

Esta Orden tiene por objeto la creación y la modificación y actualización de algunos de los ficheros que contienen datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Salud y/o por sus entidades vinculadas o dependientes, mediante la modificación de la Orden SLT/25/2014, de 3 de febrero, por la que se actualiza la regulación de los ficheros que contienen datos de carácter personal del Departamento de Salud y de sus entidades vinculadas o dependientes, y también la actualización de su anexo de acuerdo con lo que establece el anexo de la presente Orden.

Artículo 2

Creación de ficheros

Se crean los ficheros de datos de carácter personal que recoge el anexo de la presente Orden, con la numeración y denominación siguientes:

En el apartado 1 del anexo, referido al ámbito del Departamento de Salud, con la numeración 1.26, se crea la Base de datos de entidades del sector público del Departamento de Salud (BDESPS).

En el apartado 4 del anexo, referido al ámbito de entidades del sector público y consorcios, se crean los siguientes ficheros:

Con la numeración 4.24.1, el Fichero de pacientes de la Agrupación Europea de Cooperación Territorial Hospital de Cerdanya.

Con la numeración 4.24.2, el Fichero de pacientes de la plataforma transfronteriza de la Agrupación Europea de Cooperación Territorial Hospital de Cerdanya.

Con la numeración 4.24.3, el Fichero de administración y contabilidad de la Agrupación Europea de Cooperación Territorial Hospital de Cerdanya.

Con la numeración 4.24.4, el Fichero de recursos humanos de la Agrupación Europea de Cooperación Territorial Hospital de Cerdanya.

Con la numeración 4.24.5, el Fichero de atención al usuario, reclamaciones y ejercicio de derechos de la Agrupación Europea de Cooperación Territorial Hospital de Cerdanya.

Con la numeración 4.24.6, el Fichero de licitaciones de la Agrupación Europea de Cooperación Territorial Hospital de Cerdanya.

La recogida de datos destinados a los ficheros de nueva creación se tiene que llevar a cabo, en todo caso, de conformidad con lo que dispone el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Artículo 3

Modificación de ficheros

3.1 Se modifican los siguientes ficheros de datos de carácter personal del ámbito del Servicio Catalán de la Salud:

El fichero número 2.2, Registro de prestación farmacéutica, con respecto a los apartados "Usos previstos", "Personas y colectivos afectados", "Estructura básica y tipo de datos de carácter personal" y "Cesión de datos".

El fichero número 2.15, Registro de enfermedades minoritarias, con respecto a los apartados "Cesión de datos", "Transferencias internacionales", "Órgano administrativo responsable" y "Órgano ante el cual se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición".

Estos ficheros pasan a tener el contenido íntegro que recoge el anexo de esta Orden.

3.2 Se incorpora a esta Orden el fichero denominado "Registro de laboratorios de salud ambiental y alimentaria", creado por el Decreto 43/2012, de 24 de abril, de los laboratorios de salud ambiental y alimentaria y de los laboratorios de control oficial, al cual se otorga la numeración 1.28 y se adecuan sus apartados "Órgano administrativo responsable" y "Órgano ante el cual se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición", de acuerdo con lo que disponen el artículo 163 de la Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público, con respecto a la extinción de la personalidad de jurídica de la Agencia de Salud Pública de Cataluña, y el artículo 36 del Decreto 119/2014, de 5 de agosto, de reestructuración del Departamento de Salud, con respecto a la atribución de sus objetivos y funciones a la Secretaría de Salud Pública. Este fichero pasa a tener el contenido íntegro que recoge el anexo de esta Orden.

Artículo 4

Incorporación de ficheros existentes

Se incorpora a esta Orden el fichero denominado "Registro de profesionales sanitarios de Cataluña", creado por el Decreto 256/2013, de 26 de noviembre, por el que se crea el Registro de profesionales sanitarios de Cataluña y se establecen los criterios generales y requisitos mínimos de los registros públicos de profesionales sanitarios en el ámbito de Cataluña, al cual se otorga la numeración 1.27, con el contenido íntegro que recoge el anexo de esta Orden.

Artículo 5

Supresión de ficheros

Se suprimen los ficheros creados por el Acuerdo de la Dirección de la Agrupación Europea de Cooperación Territorial Hospital de Cerdanya de 29 de julio de 2013, denominados "Fichero de pacientes", "Fichero de pacientes de la plataforma transfronteriza", "Fichero de administración y contabilidad”, “Fichero de recursos humanos”, “Fichero de atención al usuario, reclamaciones y ejercicio de derechos" y "Fichero de licitaciones de la Agrupación Europea de Cooperación Territorial Hospital de Cerdanya", cuyos datos se destinan, respectivamente, a los nuevos ficheros creados mediante esta Orden: "Fichero de pacientes" (4.24.1), "Fichero de pacientes de la plataforma transfronteriza" (4.24.2), "Fichero de administración y contabilidad" (4.24.3),"Fichero de recursos humanos" (4.24.4), "Fichero de atención al usuario, reclamaciones y ejercicio de derechos"...

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