ORDEN SLT/205/2019, de 19 de noviembre, por la que se actualizan las enfermedades de declaración obligatoria.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SALUD
Rango de LeyOrden
DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE SALUD
ORDEN SLT/205/2019, de 19 de noviembre, por la que se actualizan las enfermedades de declaración
obligatoria.
Los crecientes cambios demográficos y medioambientales por todo el mundo ocasionan un cambio en el patrón
epidemiológico de los agentes causales con un incremento en la incidencia de enfermedades emergentes y
reemergentes y puede convertirse en una situación preocupante de emergencia de salud pública de
importancia internacional. Este motivo hace patente la necesidad de revisar y adaptar la normativa que regula
esta materia en Cataluña en consonancia con las de los organismos internacionales.
Algunas enfermedades como las arbovirosis, que incluye la enfermedad por chikunguña, dengue, fiebre del Nilo
Occidental o virus del Zika, representan en la actualidad un problema de salud pública a causa de la movilidad
de las personas, al cambio climático y a la presencia del vector en nuestro entorno que puede permitir la
transmisión de estas enfermedades en la población. Asimismo, otra amenaza potencial transfronteriza grave
para la salud son las neumonías por coronavirus, que incluyen el síndrome respiratorio agudo grave (SARS) y
el síndrome respiratorio de Oriente Medio (MERS-CoV).
Por otra parte, a pesar de los importantes esfuerzos que se llevan a cabo en todos los niveles del sistema
sanitario para asegurar una asistencia de elevada calidad, uno de los riesgos a que están sometidos los
pacientes es sufrir una infección relacionada con la asistencia sanitaria (IRAS). Son diversos los factores que
intervienen en el origen de las IRAS, pero, en líneas generales y en gran medida, están directamente
relacionadas con los progresos de la medicina: una mayor frecuencia de atención a pacientes
inmunocomprometidos, una mayor frecuencia de manipulación y realización de procedimientos invasivos, un
elevado consumo de antimicrobianos, etc., lo cual puede provocar un aumento de las IRAS en general y de las
producidas por gérmenes multirresistentes en particular. La magnitud del problema, la importancia del cual se
ha puesto de manifiesto en las últimas décadas, tiene que valorarse no tan sólo en términos de morbilidad y
mortalidad, sino como indicador de calidad de la asistencia sanitaria, vista su trascendencia sanitaria, social,
humana, económica y legal.
La Decisión núm. 1082/2013/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013, sobre
amenazas transfronterizas graves para la salud y por la que se deroga la Decisión núm. 2119/98/CE, actualizó
las enfermedades y problemas de salud que suponen una amenaza en las cuales se tiene que aplicar las
medidas de salud pública, como son las arbovirosis, enfermedad de dengue, chikunguña y virus del Zika, las
infecciones asociadas a la asistencia sanitaria y las resistencias microbianas que junto con el resto de
enfermedades infecciosas transmisibles previamente definidas, las incluye en la red de vigilancia
epidemiológica que se establece en el ámbito de la Unión Europea.
La Decisión de ejecución 2018/945/UE de la Comisión, de 22 de junio de 2018, sobre enfermedades
transmisibles y problemas sanitarios especiales relacionados que tienen que ser sujeto de vigilancia
epidemiológica, así como las definiciones de casos pertinentes, insta la red de vigilancia epidemiológica europea
a fortalecer la vigilancia ante enfermedades transmitidas que suponen una amenaza para la salud pública y
que han aparecido o resurgido recientemente, así como microorganismos que han incrementado su área de
acción o influencia como son el virus del chikunguña, el virus del dengue y el virus del Zika, además de las
infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria y las resistencias microbianas.
El Decreto 151/2017, de 17 de octubre, por el que se establecen los requisitos y las garantías tecnicosanitarias
comunes de los centros y servicios sanitarios y los procedimientos para su autorización y registro, impuso la
obligación, a las personas titulares de los centros y servicios sanitarios de Cataluña, a disponer de un protocolo
de prevención de infección relacionada con la atención sanitaria y registrar los casos que se originen con
motivo de la asistencia prestada, cuando sea pertinente por el tipo de actividad o servicio autorizado.
El Decreto 203/2015, de 15 de septiembre, por el que se crea la red de vigilancia epidemiológica y se regulan
los sistemas de notificación de enfermedades de declaración obligatoria y brotes epidémicos, mediante su
disposición final única, faculta a la persona titular del departamento competente en materia de salud para
modificar, a través de una orden, la relación de enfermedades de declaración obligatoria que se tienen que
declarar a través de los sistemas de notificación individualizada o urgente que contiene el anexo 1, la relación
de microorganismos causantes de enfermedades de declaración obligatoria que se tienen que declarar a través
DL B 38014-2007ISSN 1988-298X https://www.gencat.cat/dogc
Núm. 8009 - 25.11.20191/8 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya
CVE-DOGC-B-19325047-2019

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