ORDEN SLT/146/2019, de 15 de julio, por la que se aprueban las tarifas máximas de los servicios de transporte sanitario no urgente que convenga o contrate el Servicio Catalán de la Salud para el año 2019.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SALUD
Rango de LeyOrden

El artículo 10.j) de la Ley 15/1990, de 9 de julio, de ordenación sanitaria de Cataluña, establece que corresponde al Departamento de Salud la competencia para aprobar los precios y las tarifas para la prestación y la concertación de servicios, así como para modificarlos y revisarlos.

Los contratos administrativos adjudicados para la gestión de los servicios de transporte sanitario no urgente determinan que, en caso de prórroga, las tarifas se pueden renovar según la actualización de las tarifas máximas que establezca la orden correspondiente del Departamento de Salud.

La Orden SLT/39/2019, de 4 de marzo, ha aprobado las tarifas máximas de los servicios de transporte sanitario no urgente que convenga o contrate el Servicio Catalán de la Salud para el año 2019. No obstante, el Consejo de Dirección del Servicio Catalán de la Salud, en la sesión del 14 de junio de 2019, ha propuesto un incremento de estas tarifas.

Por todo ello, a propuesta del Consejo de Dirección del Servicio Catalán de la Salud y de acuerdo con lo que prevé el artículo 10.j) de la Ley 15/1990, de 9 de julio, de ordenación sanitaria de Cataluña,

Ordeno:

Artículo único

Las tarifas máximas para el año 2019 de los servicios de transporte sanitario no urgente individual son:

Grupo 1: 40,93 euros/servicio.

Grupo 2: 45,05 euros/servicio.

Grupo 3: 47,77 euros/servicio

Grupo 4: 49,17 euros/servicio.

Grupo 5: 64,85 euros/servicio.

Grupo 6: 88,70 euros/servicio.

Grupo 7: 129,61 euros/servicio.

Estructura de zona aislada: 1.535.006,76 euros/año.

Disposición adicional única

El año 2019, las tarifas de los contratos administrativos adjudicados por el Servicio Catalán de la Salud para la prestación de los servicios de transporte sanitario no urgente de aplicación a 31 de diciembre de 2018, se tienen que actualizar en el mismo porcentaje de variación que hay entre las tarifas vigentes a 31 de diciembre de 2018 y las tarifas aprobadas en esta Orden.

Disposición derogatoria única

Se deroga la Orden SLT/39/2019, de 4 de marzo, por la que se aprueban las tarifas máximas de los servicios de transporte sanitario no urgente que convenga o contrate el Servicio Catalán de la Salud para el año 2019.

Disposiciones finales

Primera

Esta Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña .

Segunda

La...

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