ORDEN GRI/345/2012, de 24 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras del Premio de investigación en derechos humanos y se convoca su quinta edición para el año 2013.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Gobernación y Relaciones Institucionales
Rango de LeyOrden

El Premio de investigación en derechos humanos se creó en 2007 con la finalidad de impulsar la investigación científica y mantener la sensibilización de la sociedad catalana en lo que se refiere a la defensa de las libertades y de los derechos fundamentales de la persona.

De acuerdo con lo que dispone el Decreto 326/2011, de 26 de abril, de restructuración del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales, la Dirección General de Relaciones Institucionales y con el Parlamento tiene atribuidas, entre otras funciones, la de desarrollar una política pública de fomento de los derechos humanos y dotarse de los instrumentos necesarios para llevarla a cabo mediante la Subdirección General de Memoria y Paz.

Dado lo que establece el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobada por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la ley citada, a propuesta del director general de Relaciones Institucionales y con el Parlamento, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras del Premio de investigación en derechos humanos, que constan en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

Abrir la quinta convocatoria del Premio de investigación en derechos humanos para el año 2013.

Artículo 3

El importe destinado a la concesión de este premio es de 5.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria GO08D/483000100/1310/0000 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2013, y está condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la concesión del premio.

Artículo 4

4.1 Las candidaturas deben presentarse de acuerdo con el modelo de solicitud normalizado en el lugar y el modo que indican las bases reguladoras.

4.2 El plazo para presentar las solicitudes empieza el día 2 de enero y finaliza el 15 de febrero de 2013.

Artículo 5

El órgano competente para resolver el Premio es la persona titular del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales, de acuerdo con el veredicto del jurado.

Artículo 6

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el DOGC.

Contra el acto de convocatoria, que agota la vía administrativa, y las bases reguladoras, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de la fecha de publicación en el DOGC.

Con carácter previo, contra el acto de convocatoria, las personas interesadas pueden interponer recurso de reposición ante la persona titular del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales en el plazo de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación en el DOGC.

Barcelona, 24 de octubre de 2012

Joana Ortega i Alemany

Consejera de Gobernación

y Relaciones Institucionales

Anexo

Bases reguladoras del Premio de investigación en derechos humanos

—1 Objeto

Estas bases tienen por objeto regular el Premio de investigación en derechos humanos, que pretende impulsar la investigación científica en este ámbito y mantener la sensibilización de la sociedad catalana en lo que se refiere a la defensa de las libertades y de los derechos fundamentales de la persona.

El premio se otorgará a la mejor obra científica, original e inédita que aborde alguno de los diversos aspectos relacionados con la investigación en el ámbito de la defensa de las libertades y de los derechos fundamentales.

—2 Personas destinatarias

Puede optar a este premio cualquier persona mayor de edad de nacionalidad española o extranjera.

Se admiten trabajos en colaboración y coautoría.

—3 Premio

3.1 La dotación del premio es la que se especifica en el artículo 3 de la Orden de convocatoria.

3.2 El Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales publicará la obra premiada y hará constar la condición de obra premiada.

3.3 El premio es incompatible con cualquier subvención o ayuda que el/la candidato/a obtenga o haya obtenido en relación con el trabajo presentado. En el caso de que se otorgue el premio a un/a candidato/a y...

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