ORDEN PDA/161/2020, de 22 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a empresas de base tecnológica lideradas por mujeres.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Políticas Digitales y Administración Pública
Rango de LeyOrden

La ocupación en el sector de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) muestra el mayor crecimiento de generación de ocupación de los últimos años y es superior al crecimiento del conjunto de la economía catalana, hecho que lo sitúa como uno de los ámbitos de actividad con mejores perspectivas económicas y sociales. Según datos de la encuesta de población activa del cuarto trimestre de 2019, el sector TIC ocupa en Cataluña a 114.300 personas, cifra que supone el 3,3% de la población total ocupada en Cataluña.

El Barómetro del sector tecnológico en Cataluña 2019, presentado por el Cercle Tecnològic de Catalunya (Ctecno), alerta sobre la urgencia ante la escasez de encontrar talento femenino en el sector TIC. El estudio detecta la importante falta de mujeres en las empresas tecnológicas, dónde solo representan un 8% de las posiciones técnicas y especializadas. Estos datos revelan que solo hay un 7,9% de mujeres en posiciones de liderazgo en las empresas tecnológicas y los salarios son un 20% más bajos que los de los hombres. Además, solo un 10,8% de las empresas encuestadas contemplan algún tipo de programa o política específica a la hora de contratar a mujeres.

El estudio de la Comisión Europea Women in the digital age (2018) expone desde una perspectiva de género la participación de las mujeres en la economía digital. Los datos analizados confirman que las mujeres están menos representadas en todos los ámbitos del sector digital en Europa, ya sea en el de la educación superior, el trabajo o el emprendimiento.

En el ámbito del emprendimiento digital femenino, el estudio constata el sesgo de género como una dificultad añadida de las mujeres para acceder a la financiación, la existencia de estereotipos de género y la falta de referentes en liderazgo femeninos. Por eso, la Comisión Europea recomienda medidas para apoyar específicamente a las mujeres emprendedoras en el mundo digital.

En Cataluña, según el último estudio de ACCIÓ (la Agencia para la Competitividad de la Empresa del Departamento de Empresa y Conocimiento), hay actualmente 1.500 empresas emergentes que ocupan 16.900 trabajadores. En cuanto a presencia de mujeres directivas, el informe revela que las mujeres están presentes prácticamente en el 22% de los equipos fundadores de empresas emergentes en Cataluña. Un porcentaje que es superior al de la media europea (17,6%) y a países como el Reino Unido, Países Bajos, Suecia o Francia. Estos datos sobre la representación de mujeres en posiciones de alta dirección revelan una tendencia positiva en Europa, pero aún están lejos de obtener objetivos reales de paridad.

Si bien los datos sobre el emprendimiento femenino en general presentan signos positivos (aunque aún sean muy inferiores al emprendimiento masculino), en el ámbito del acceso a la financiación, el capital de riesgo destinado a las mujeres es casi inexistente. Según datos del Global Entrepreneurship Monitor, a nivel mundial, en 2018 menos del 5% de todas las ofertas de capital de riesgo fueron destinadas a empresas 100% femeninas, y las inversiones medias en mujeres emprendedoras actualmente siguen en las cifras del 2014.

Estos datos ponen de manifiesto la necesidad de dar apoyo al emprendimiento femenino en un sector clave como es el sector TIC en Cataluña. En este sentido, el Gobierno de la Generalidad de Cataluña tiene una línea prioritaria de trabajo que es el Plan DonaTIC. Este es el marco de referencia para empoderar a las mujeres, promover su acceso a las TIC y fomentar su emprendimiento.

Por esto, dentro del Plan DonaTIC, con el objetivo de impulsar el emprendimiento digital femenino como instrumento clave para aumentar la presencia y el liderazgo de mujeres en el ámbito tecnológico, se crea una línea de ayudas específica dedicada a impulsar empresas de base tecnológica que estén fundadas y lideradas por mujeres.

Por último, en el momento actual de emergencia sanitaria derivada de la pandemia COVID-19 y vistos los efectos sociales y económicos que ha producido, se hace todavía más necesaria la incorporación de la perspectiva de género en las políticas activas de trabajo y de reactivación económica.

En este sentido, esta línea de ayudas sigue las recomendaciones publicadas por ONU Mujeres y considera la promoción del liderazgo y la recuperación económica de pequeñas y medianas empresas de mujeres como una respuesta frente los efectos sociales y económicos adversos, con el objetivo de mitigarlos.

El Decreto 1/2018, de 19 de mayo, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de Administración de la Generalidad de Cataluña, establece como competencias del Departamento de Políticas Digitales y Administración Pública, entre otras, las telecomunicaciones, la sociedad digital y la confección y dirección de las políticas de innovación del sector de las tecnologías digitales avanzadas.

De acuerdo con el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo único

Aprobar las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a empresas de base tecnológica lideradas por mujeres, que constan en el anexo 1.

Disposición final

Esta Orden entra en vigor al día siguiente al de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya .

Contra esta Orden, las personas interesadas pueden interponer un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya , de acuerdo con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Barcelona, 22 de setiembre de 2020

Jordi Puigneró i Ferrer

Consejero de Políticas Digitales y Administración Pública

Anexo 1

Bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a empresas de base tecnológica lideradas por mujeres

—1 Objetivo

Estas bases tienen por objeto regular las subvenciones a empresas de base tecnológica lideradas por mujeres. La finalidad es dar apoyo al crecimiento y la consolidación de empresas emergentes de base tecnológica, con presencia de mujeres en su equipo fundador, que estén en la fase inicial de su actividad empresarial.

Esta actuación pretende subvencionar proyectos de validación de tecnología y modelo de negocio, de lanzamiento de nuevos productos al mercado o la aceleración del crecimiento de la empresa y puesta en marcha de proyectos para acceder a rondas de financiación.

—2 Finalidad y principios

2.1 Esta línea de subvenciones tiene por finalidad mejorar la competitividad de las empresas, la implantación de iniciativas empresariales de carácter innovador con base tecnológica promovidas por mujeres, e impulsar el emprendimiento y el liderazgo de las mujeres.

2.2 Esta medida pretende incrementar la participación de las mujeres profesionales, emprendedoras y directivas en el sector TIC y darles visibilidad.

2.3 Estas ayudas incorporan la perspectiva de género como estrategia para impulsar el emprendimiento, la ocupación y el acceso a cargos de decisión de las mujeres.

2.4 La concesión de las subvenciones se realiza en régimen de concurrencia competitiva, respetando los principios de objetividad, igualdad, transparencia y publicidad.

—3 Empresas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias las empresas o empresas emergentes que cumplan los siguientes requisitos, que se desglosan en requisitos para equipos y requisitos para empresas.

Requisitos para el equipo:

- Deber haber como mínimo una mujer en el equipo fundador (debe ser una persona física con participación accionarial en la empresa y que desarrolle alguna área de responsabilidad en la compañía). Debe tener un mínimo de un 50% de la compañía en acciones escrituradas. No será necesario que la mujer ocupe la posición de CEO, pero sí que debe formar parte del equipo directivo de la empresa.

- El equipo fundador debe estar comprometido con el crecimiento de la empresa y dedicar la mayor parte del tiempo de trabajo a la empresa (en la memoria se deberá hacer constar las horas dedicadas a la empresa).

El cumplimiento de estos requisitos se hará constar en la memoria.

Requisitos para la empresa:

- Ser una compañía establecida en Cataluña con más de un año y menos de tres años de vida desde su constitución. Este requisito se debe cumplir en el momento de la publicación de la convocatoria y se deberá hacer constar en la memoria.

- Estar constituida según alguna de las formas jurídicas siguientes: sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, sociedad laboral o sociedad cooperativa. Esta información se deberá hacer constar en la memoria.

- Ser una compañía con potencial de crecimiento de base tecnológica. Este requisito se debe acreditar en la memoria con un plan de negocio que explique el potencial de crecimiento (clientes, mercados, tecnología, etc.).

—4 Requisitos e incompatibilidades de las empresas beneficiarias

4.1 Para obtener la condición de beneficiarias las empresas solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad y las obligaciones ante la Seguridad Social. Este cumplimiento se tendrá que mantener a lo largo de todo el procedimiento: en el momento de presentación de la solicitud, previamente a la resolución de otorgamiento y antes de recibir cualquier pago.

b) No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impiden adquirir la condición de beneficiaria previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de...

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