ORDEN ENS/85/2011, de 10 de mayo, por la que se establece el procedimiento para la concesión de los Premios Extraordinarios de Bachillerato.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA
Rango de LeyOrden

ORDEN

ENS/85/2011, de 10 de mayo, por la que se establece el procedimiento para la concesión de los Premios Extraordinarios de Bachillerato.

Mediante la Orden EDU/2058/2010, de 13 de julio, el Ministerio de Educación ha regulado los Premios Nacionales de Bachillerato establecidos por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 183, de 29.10.2010).

El Premio Extraordinario de Bachillerato se concibe como un reconocimiento oficial y público de los méritos académicos del alumnado que finaliza estas enseñanzas y muestra una preparación excepcional.

Mediante la Orden EDC/278/2004, de 27 de julio, se estableció el procedimiento para la concesión de los premios extraordinarios de bachillerato en Cataluña.

El desarrollo de las diversas convocatorias del premio extraordinario y las modificaciones derivadas del nuevo currículo del bachillerato aconsejan hacer varias modificaciones en la regulación de su convocatoria, por lo que hay que aprobar una orden que sustituya la anterior.

Por todo eso, a propuesta de la Dirección General de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

Establecer el procedimiento de concesión del Premio Extraordinario de Bachillerato en Cataluña.

Artículo 2

Finalidad

Los premios extraordinarios de bachillerato constituyen un reconocimiento oficial de los méritos del alumnado que demuestra una preparación especial en estas enseñanzas.

Artículo 3

Premios

Se puede conceder un Premio Extraordinario de Bachillerato por cada 1.000 alumnos, o fracción superior a 500, matriculados en el segundo curso de bachillerato en el año académico al que se refiere la convocatoria. En los casos en que el número de alumnos matriculados en el curso indicado sea inferior a 500, se podrá conceder un Premio Extraordinario de Bachillerato.

Al efecto previsto en el párrafo anterior, se tiene en cuenta todo el alumnado, tanto de los centros públicos y concertados como de los centros privados, en la modalidad presencial y a distancia.

Artículo 4

Requisitos de los participantes

Para poder optar a los premios extraordinarios de bachillerato, el alumnado ha de cumplir los requisitos siguientes:

  1. Haber cursado y superado los dos cursos de bachillerato.

  2. Haber finalizado las enseñanzas de bachillerato en Cataluña...

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