ORDEN EXI/60/2020, de 11 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras específicas para el funcionamiento ordinario de las comunidades catalanas en el exterior.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia
Rango de LeyOrden

El Estatuto de autonomía de Cataluña establece en el artículo 13 que la Generalidad debe fomentar los vínculos sociales, económicos y culturales con las comunidades catalanas en el exterior y prestar a estas comunidades la asistencia necesaria.

El Departamento de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia, a través de la Secretaría de Acción Exterior y de la Unión Europea, impulsa las políticas públicas de la Generalidad de Cataluña de apoyo a la tarea de proyección exterior que hacen las comunidades catalanas en el exterior hoy día y de reconocimiento al papel que han llevado a cabo en determinadas etapas de la historia.

La Secretaría de Acción Exterior y de la Unión Europea tiene atribuida la competencia de apoyo a las comunidades catalanas en el exterior tal como dispone el artículo 21.1.h del Decreto 83/2019, de 24 de abril, de reestructuración del Departamento de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia.

De acuerdo con lo que establece el artículo 20.2 de la Ley 8/2017, de 15 de junio, de la comunidad catalana en el exterior, los casales catalanes deben tener acceso a las ayudas y las subvenciones para el cumplimiento de los objetivos de la Ley, de acuerdo con la legislación aplicable.

La normativa aplicable al ámbito subvencional viene regulada en el capítulo IX del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley general de subvenciones, y el Acuerdo GOV/85/2016, de 28 de junio, por el que se aprueba la modificación del modelo tipo de bases reguladoras aprobado por el Acuerdo GOV/110/2014, de 22 de julio, por el que se aprueba el modelo tipo de bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, tramitados por la Administración de la Generalidad y su sector público, y se aprueba el texto íntegro.

Estas bases también se regulan por las bases reguladoras generales aprobadas mediante la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras generales del procedimiento para la concesión de subvenciones para las comunidades catalanas en el exterior.

A propuesta de la Secretaría de Acción Exterior y de la Unión Europea, y en ejercicio de las facultades que me atribuye el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo único

Aprobar las bases reguladoras específicas para el funcionamiento ordinario de las comunidades catalanas en el exterior que constan en el anexo de esta orden.

Disposición final

Esta orden entra en vigor el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña.

Barcelona, 11 de mayo de 2020

Bernat Solé i Barril

Consejero de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia

Anexo

Bases reguladoras específicas para el funcionamiento ordinario de las comunidades catalanas en el exterior.

  1. Objeto

    1.1 Son objeto de esta línea de subvención los gastos de las comunidades catalanas en el exterior que de forma inequívoca respondan a su funcionamiento ordinario, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo y las condiciones que determinan estas bases reguladoras. En ningún caso, el coste de los bienes o servicios subvencionados puede superar su valor de mercado.

    1.2 Esta línea de subvención se rige por estas bases reguladoras específicas y por las bases reguladoras generales aprobadas por la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras generales del procedimiento para la concesión de...

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