ORDEN EXI/286/2016, de 10 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de recuperación y fomento de la memoria democrática, y de promoción de la paz y de los derechos humanos.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Asuntos y Relaciones Institucionales y Exteriores y Transparencia
Rango de LeyOrden

El Departamento de Asuntos y Relaciones Institucionales y Exteriores y Transparencia, mediante la Dirección General de Relaciones Institucionales y con el Parlamento, lleva a cabo las políticas públicas de recuperación y fomento de la memoria democrática, y de promoción de la paz y de los derechos humanos.

De acuerdo con el artículo 14.1 f) de Decreto 45/2016, de 19 de Enero, de estructuración del Departamento de Asuntos y Relaciones Institucionales y Exteriores y Transparencia, la Dirección General de Relaciones Institucionales y con el Parlamento tiene la función de fomentar, a través de convocatorias públicas o mediante la firma de convenios de colaboración, las iniciativas que, en el ámbito de su competencia, puedan surgir de la sociedad civil o del mundo académico.

El Gobierno de la Generalitat valora positivamente las actividades que desarrollan las entidades y fundaciones memorialistas, y las dedicadas a la promoción de la paz y de los derechos humanos.

Por todo eso, vistos los artículos 87 y siguientes del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de Diciembre; los preceptos de carácter básico de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, general de subvenciones; el Real decreto 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, general de subvenciones; el Acuerdo GOV/85/2016, de 28 de Junio, por el que se aprueba la modificación del modelo tipo de bases reguladoras aprobado por el Acuerdo GOV/110/2014, de 22 de Julio, por el que se aprueba el modelo tipo de bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, tramitados por la Administración de la Generalidad y su sector público; el Acuerdo de Gobierno de 22 de Julio, en el que se aprueba la instrucción para la unificación de criterios en la gestión general de las subvenciones tramitadas por la Generalidad de Cataluña y por los entes que conforman su sector público, y la Orden ECO/172/2015 de 3 de Junio, sobre formas de justificación de subvenciones.

A propuesta de la Dirección General de Relaciones Institucionales y con el Parlamento, y en ejercicio de las facultades que me atribuye el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de Diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Artículo único

Aprobar las bases reguladoras de las subvenciones a entidades, cooperativas y fundaciones sin ánimo de lucro domiciliadas en Cataluña, para proyectos de recuperación y fomento de la memoria democrática, y de promoción de la paz y de los derechos humanos.

Disposición derogatoria

Se deroga expresamente la ORDEN GRI/179/2014, de 10 de Junio (DOGC nº. 6652), por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de recuperación y fomento de la memoria democrática, y de promoción de la paz y de los derechos humanos, y se abre la convocatoria para el bienio 2014-2015.

Disposición final

Entrada en vigor

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña.

Barcelona, 10 de octubre de 2016

Raül Romeva i Rueda

Consejero del Departamento de Asuntos y Relaciones Institucionales y Exteriores y Transparencia

Anexo

Bases reguladoras

Base 1. Objeto

El objeto de esta línea de subvenciones es dar apoyo a proyectos realizados mayoritariamente en Cataluña, que ya se hayan realizado en el momento de la publicación de la convocatoria correspondiente, y destinados a la recuperación y el fomento de la memoria democrática, y la promoción de la paz y de los derechos humanos. En concreto, se da apoyo a las líneas temáticas siguientes:

Línea 1: Proyectos de recuperación y difusión de la memoria democrática: preferentemente, proyectos de recogida de testigos del exilio y la deportación republicanos, y de la posguerra catalana, así como también proyectos de documentación y geolocalización de fosas comunes y lugares de represión a la Guerra Civil.

Línea 2: Proyectos de difusión y sensibilización en materia de derechos humanos: preferentemente, los centrados en la situación de los derechos humanos dentro del actual contexto socioeconómico de Cataluña, y que promuevan objetivos establecidos en las leyes catalanas de defensa o garantía de derechos humanos (infancia, inmigración, no discriminación, equidad de género y derechos de las mujeres, LGTB y pobreza energética).

Línea 3: Proyectos de difusión y sensibilización en el campo de la cultura de la paz: preferentemente, proyectos transversales y con incidencia intergeneracional.

Base 2. Plazos

Los plazos de presentación de solicitudes, de ejecución de los proyectos y de justificación se establecen en la resolución de convocatoria correspondiente.

Base 3. Entidades beneficiarias

Pueden optar a las subvenciones previstas en esta Orden las entidades sin ánimo de lucro, fundaciones o cooperativas sin ánimo de lucro, domiciliadas en Cataluña, cuyo objeto tenga relación directa con las finalidades que son objeto de subvención en esta Orden o bien con actividad previa constatable mediante la memoria o recopilación de actividades de los últimos dos años en los ámbitos de recuperación y fomento de la memoria democrática, y de promoción de la paz y de los derechos humanos.

Quedan excluidas las entidades y fundaciones orgánicamente vinculadas a partidos políticos, a universidades, a organizaciones sindicales o a asociaciones empresariales.

Base 4. Requisitos y condiciones

Para obtener la condición de beneficiarias de las ayudas, las entidades solicitantes tienen que cumplir los requisitos y las condiciones generales que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, general de subvenciones, y los siguientes:

4.1 Estar inscritas en el registro correspondiente.

4.2 Cumplir las medidas de integración social de personas discapacitadas de acuerdo con la normativa vigente.

4.3 Cumplir las normas en materia de erradicación de la violencia machista de acuerdo con la normativa vigente.

4.4 Cumplir la normativa en materia de política lingüística.

4.5 Haber cumplido el deber de presentar las cuentas anuales en el Protectorado de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con el artículo 336-3 del libro tercero del Código Civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de Abril.

4.6 Declarar que son ciertos y completos los datos que se detallan en la solicitud, así como en toda la documentación anexa a la solicitud.

4.7 Haber adaptado los estatutos a la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de Abril, del libro tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, y a la Ley 5/2011, del 19 de Julio, de modificación del anterior.

4.8 No haber sido , sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme, conforme al artículo 11.1 de la Ley 17/2015, del 21 de Julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres, por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias en razón de sexo o de género.

4.9 Presentar declaración sobre si se han pedido y/o se han obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u obtenida.

4.10 Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual.

4.11 Respetar lo establecido en la Ley 17/2015, de 21 de Julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Base 5. Procedimiento de concesión:

5.1 El procedimiento de concesión de la subvención con independencia de la línea temática del proyecto, debe hacerse en régimen de concurrencia competitiva.

5.2 El órgano competente para la ordenación y la instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones a que se refieren estas bases es la persona titular de la Subdirección General de Memoria, Paz y Derechos Humanos.

5.3 Una comisión técnica (Comisión de Evaluación) evaluará las solicitudes presentadas y emitirá el informe correspondiente, a partir del cual el órgano instructor tiene que elevar la propuesta de resolución a la persona titular de la Dirección General de Relaciones Institucionales y con el Parlamento, que resolverá el procedimiento. La propuesta de resolución debe motivarse aplicando los criterios de valoración previstos en estas bases.

5.4 Los miembros de la Comisión de Evaluación son nombrados por la persona titular de la Dirección General de Relaciones Institucionales y con el Parlamento. La Comisión de Evaluación está integrada por la persona titular de la Subdirección General de Memoria Paz y Derechos Humanos, que la preside, dos técnicos/as del departamento competente en materia de recuperación y fomento de la memoria democrática, y de promoción de la paz y de los derechos humanos, uno de los cuales actúa como secretario/a de la Comisión, y un/a profesor/a experto/a en Derechos Humanos. Se ha de garantizar la paridad de género en la Comisión de Evaluación siempre que sea posible.

5.5 Una vez evaluadas las solicitudes, el órgano instructor formula la propuesta de concesión de las ayudas de acuerdo con el informe de la Comisión de Evaluación. Posteriormente, la persona titular de la Dirección General de Relaciones Institucionales y con el Parlamento emite la resolución provisional y definitiva de la convocatoria.

5.6.1 El otorgamiento de estas subvenciones está supeditado a la posibilidad de reducción parcial o total de la ayuda, antes de que se dicte la resolución definitiva de concesión, como consecuencia de las restricciones que se deriven del cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Base 6. Actividades y conceptos subvencionables

Se considera gasto subvencionable el que de manera inequívoca responda a la naturaleza de la actividad objeto de la ayuda, resulte estrictamente necesario y se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR