ORDEN EXI/107/2019, de 20 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones para las comunidades catalanas en el exterior.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia
Rango de LeyOrden
DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE ACCIÓN EXTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES Y
TRANSPARENCIA
ORDEN EXI/107/2019, de 20 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento para
la concesión de subvenciones para las comunidades catalanas en el exterior.
El Estatuto de autonomía de Cataluña establece en el artículo 13 que la Generalidad debe fomentar los vínculos
sociales, económicos y culturales con las comunidades catalanas en el exterior y debe prestar a estas
comunidades la asistencia necesaria.
El Departamento de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia, a través de la Secretaría de
Acción Exterior y de la Unión Europea, impulsa las políticas públicas de la Generalidad de Cataluña de apoyo a
la tarea de proyección exterior que hacen las comunidades catalanas en el exterior hoy día y de reconocimiento
al papel que han llevado a cabo en determinadas etapas de la historia.
La Secretaría de Acción Exterior y de la Unión Europea tiene atribuida la competencia de apoyo a las
comunidades catalanas en el exterior, tal y como dispone el Decreto 83/2019, de 24 de abril, de
reestructuración del Departamento de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia.
De acuerdo con lo que establece el artículo 20.2 de la Ley 8/2017, de 15 de junio, de la comunidad catalana en
el exterior, los casales catalanes deben tener acceso a las ayudas y las subvenciones para el cumplimiento de
los objetivos de la Ley, de acuerdo con la legislación aplicable.
Visto lo que disponen el capítulo IX del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado
por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, general de subvenciones;
A propuesta de la Secretaría de Acción Exterior y de la Unión Europea, y en ejercicio de las facultades que me
atribuye el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen
jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,
Ordeno:
Artículo único
Aprobar las bases reguladoras generales del procedimiento para la concesión de subvenciones para las
comunidades catalanas en el exterior que se incluyen en el anexo 1, así como las bases reguladoras
específicas, para cada una de las cinco líneas de subvenciones que detalla la base reguladora general primera,
las cuales figuran, respectivamente, en los anexos 2, 3, 4, 5 y 6.
Disposición derogatoria
Se deroga la Orden EXI/31/2017, de 22 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras del
procedimiento para la concesión de subvenciones para las comunidades catalanas del exterior (DOGC núm.
7323, de 7.3.2017).
Disposición final
Esta orden entra en vigor al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña.
DL B 38014-2007ISSN 1988-298X https://www.gencat.cat/dogc
Núm. 7883 - 27.5.20191/26 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya
CVE-DOGC-B-19143047-2019
Barcelona, 20 de mayo de 2019
Alfred Bosch i Pascual
Consejero del Departamento de Acción Exterior, Relaciones Institucionales y Transparencia
Anexo 1
Bases reguladoras generales.
1. Objeto
El objeto de estas subvenciones, destinadas a las comunidades catalanas en el exterior, es contribuir a la
financiación de los gastos derivados de las actuaciones previstas, respectivamente, en los anexos 2, 3, 4, 5 y 6,
para cada una de las líneas de subvención siguientes:
Línea 1: Apoyo al funcionamiento ordinario de las comunidades catalanas en el exterior (anexo 2)
Línea 2: Apoyo a la organización de actividades de promoción y difusión de Cataluña y su cultura y lengua
(anexo 3)
Línea 3: Apoyo a la organización de actividades de enseñanza de la lengua catalana (anexo 4)
Línea 4: Apoyo a programas de ayudas sociales a miembros de las comunidades catalanas en el exterior (anexo
5)
Línea 5: Apoyo a la nueva emigración (anexo 6)
2. Entidades destinatarias
Las entidades beneficiarias de las subvenciones pueden ser las comunidades catalanas en el exterior
legalmente reconocidas en la fecha de publicación de la convocatoria correspondiente, de acuerdo con lo que
regula la Ley 8/2017, de 15 de junio, de la comunidad catalana en el exterior.
3. Requisitos y condiciones
3.1 Para obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones, las entidades solicitantes deben cumplir los
requisitos y las condiciones generales que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
general de subvenciones; los establecidos en el apartado 4 del Anexo del Acuerdo GOV/85/2016, de 28 de
junio, de modificación del Acuerdo GOV/110/2014, de 22 de julio, por el que se aprueba el modelo tipo de
bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva, tramitados por la Administración de la Generalidad y su sector público, y se aprueba el texto
íntegro, y estar legalmente reconocidas en la fecha de publicación de la convocatoria correspondiente.
3.2 Es necesario, además, que cumplan el código ético de funcionamiento siguiente:
a) Finalidades generales de proyección de Cataluña y fomento de su cultura y lengua: las comunidades
catalanas en el exterior persiguen finalidades vinculadas con Cataluña y su proyección internacional, dirigidas a
una pluralidad de personas, y asumen los principios de conducta reconocidos, como son la Declaración
Universal de los Derechos Humanos y otros de naturaleza similar.
b) Ausencia total de ánimo de lucro: las comunidades catalanas en el exterior reúnen el esfuerzo de las
personas que de manera voluntaria y altruista quieren participar en la consecución de las finalidades
asociativas, sin ningún tipo de ánimo lucrativo.
c) Fomento de la participación interna: las comunidades catalanas en el exterior entienden que la base
principal de su fuerza reside en las personas que forman parte de ellas y en las que, de manera puntual y
DL B 38014-2007ISSN 1988-298X https://www.gencat.cat/dogc
Núm. 7883 - 27.5.20192/26 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya
CVE-DOGC-B-19143047-2019

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR