ORDEN EMO/160/2012, de 14 de junio, por la que se garantiza el servicio esencial de limpieza que presta la empresa Limpiezas Ecológicas del Mediterráneo, SA, en las dependencias de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Agencia Estatal Tributaria en la provincia de Girona.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyOrden

Vista la convocatoria de huelga presentada por el sindicato Comissió Obrera Nacional de Catalunya, CCOO (registro de entrada de fecha de 8 de junio de 2012 en los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Empleo en Girona), prevista a partir de las 6.00 horas del día 18 de junio de 2012, con carácter indefinido, y que afecta a la totalidad de la plantilla de la empresa que realiza el servicio de limpieza de las dependencias de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Agencia Estatal Tributaria en la provincia de Girona;

Considerando que el servicio de limpieza debe considerarse como un servicio esencial para la comunidad, ya que su interrupción afectaría a derechos fundamentales como es el de la salud, de acuerdo con los artículos 15 y 43 de la Constitución;

Considerando que la autoridad gubernativa debe dictar las medidas necesarias para mantener el servicio esencial y garantizar los derechos constitucionales, tal como señalan los artículos 28 y 37 de la Constitución, teniendo en cuenta que esta restricción debe ser justificada y proporcional con el ejercicio legítimo del derecho de huelga, reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución;

Considerando que deben garantizarse las máximas condiciones higiénico-sanitarias para evitar cualquier riesgo de contaminación, valorando que el derecho a proteger es el de la salud;

Considerando que debe mantenerse un determinado nivel mínimo de higiene en las dependencias de la Tesorería General de la Seguridad Social y de la Agencia Estatal Tributaria en atención al movimiento de ciudadanos que diariamente acceden a las mencionadas dependencias y a la duración indefinida de la huelga, se establecen unos servicios mínimos consistentes en la limpieza de sanitarios una vez a la semana y la limpieza del resto de las dependencias una vez al mes.

Considerando que la materia orgánica susceptible de descomposición puede suponer un riesgo para la población al convertirse en materia putrescible y peligrosa, que provoca malos olores y multiplicaciones microbianas, deberá realizarse su recogida en todos los supuestos.

Considerando que se ha solicitado a las partes que formulen sus propuestas de servicios mínimos tal y como consta en el expediente administrativo;

Considerando que se ha solicitado informe a la Agencia de Protección de la Salud del Departamento de Salud;

Considerando lo que disponen el artículo 28.2 de la Constitución; el...

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