ORDEN ENS/357/2014, de 5 de diciembre, de convocatoria de subvenciones destinadas a la escolarización de niños de cero a tres años en las guarderías infantiles de titularidad privada de iniciativa social, durante el curso académico 2013-2014.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA
Rango de LeyOrden

Mediante la Orden ENS/186/2013, de 1 de agosto (DOGC núm. 6443, de 21.8.2013), se aprobaron las bases generales de los programas de subvención dirigidos a centros educativos privados concertados y se abría la convocatoria de concesión de las subvenciones correspondientes a dos de los programas, para el curso académico 2013-2014.

Ahora es conveniente convocar el programa de subvenciones destinadas a la escolarización de niños de cero a tres años en las guarderías infantiles privadas de iniciativa social, para el mismo período académico.

Por esto, de acuerdo con lo que prevé el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y a propuesta de la Dirección General de Centros Concertados y Centros Privados,

Ordeno:

Artículo 1

Convocatoria

Abrir convocatoria pública del programa de subvención destinado a la escolarización de niños de cero a tres años en las guarderías infantiles de titularidad privada de iniciativa social.

La subvención se destina íntegramente a minorar la cuota a cargo de las familias por el servicio de escolarización recibido durante el curso escolar 2013-2014.

Artículo 2

Bases generales

Esta convocatoria se rige por las bases generales que aprueba la Orden ENS/186/2013, de 1 de agosto (DOGC núm.6443, de 21.8.2013).

Artículo 3

Importe y partida presupuestaria

3.1 El importe máximo destinado a la concesión de estas subvenciones es de 3.000.000,00 euros e irá a cargo de la aplicación presupuestaria EN0120 D/480000600/421A del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2015, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

El importe se distribuirá entre todos los solicitantes que cumplan los requisitos.

3.2 Se establecen los siguientes dos módulos de subvención:

Uno de general, por un importe de 300,00 euros per alumno/curso.

Uno de específico, para los casos en que más del 25% del alumnado escolarizado en la guardería infantil tenga un grado de disminución superior al 65%, por un importe de 600,00 euros por alumno/curso, aplicado a todos los alumnos de aquel nivel educativo.

3.3 Si el importe máximo no permite atender el total de posibles centros beneficiarios, se disminuirá el importe de los módulos. Asimismo, si aplicando estos módulos a todos los posibles beneficiarios no se consume toda la dotación presupuestaria, se incrementarán el importe de los módulos hasta agotarla.

Artículo 4

Beneficiarios y requisitos de los beneficiarios

Los solicitantes han de cumplir los requisitos que establece la base general 3.1 y todos los siguientes:

- Estar autorizados por el Departamento...

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