ORDEN EMO/373/2014, de 22 de diciembre, por la que se prorroga la entrada en vigor de la obligatoriedad en la tramitación electrónica de los preavisos de elecciones sindicales establecida en la Orden EMO/378/2011, de 31 de octubre.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO |
Rango de Ley | Orden |
El artículo 6.2 de la Orden EMO/378/2011, de 31 de octubre, por la que se aprueba la aplicación informática del Registro de elecciones sindicales, Electi@, para la tramitación electrónica del procedimiento de comunicaciones de preavisos, registro de actas y de altas y bajas de representantes, así como las certificaciones de representatividad (DOGC núm. 6036, de 2.1.2012), establece la obligatoriedad de la tramitación telemática de los preavisos para las asociaciones sindicales.
La entrada en vigor de la mencionada obligatoriedad no fue prevista de manera inmediata, sino que, con el fin de proporcionar a las organizaciones sindicales un periodo de adaptación a la nueva regulación, se consideró oportuno retrasar en seis meses su exigencia, tal como establece la disposición final de la misma Orden EMO/378/2011, de 31 de octubre.
Por razones de tipo técnico con respecto a la adecuación y a la respuesta de las posibles incidencias que se puedan producir durante las 24 horas del día, los siete días de la semana, en la gestión de la aplicación Electi@, cosa que comportaría un elevado coste para la Administración, y teniendo en cuenta la situación de contención económica, se consideró aconsejable prolongar la no obligatoriedad por un plazo de 18 meses, hasta el 2 de enero de 2014, y se dictó la Orden EMO/190/2012, de 19 de junio, por la que se prorroga la entrada en vigor de la obligatoriedad en la tramitación electrónica de los preavisos de elecciones sindicales que establece la Orden EMO/378/2011, de 31 de octubre (DOGC núm. 6160, de 29.6.2012).
En fecha 30 de diciembre de 2013, y teniendo en cuenta el mantenimiento de la situación de contención económica, se publicó la Orden EMO/333/2013, de 17 de diciembre, por la que se prorroga la entrada en vigor de la obligatoriedad en la tramitación electrónica de los preavisos de elecciones sindicales establecida en la Orden EMO/378/2011, de 31 de octubre (DOGC núm. 6530, de 30.12.2013), que vuelve a prolongar la no obligatoriedad por un nuevo plazo de 12 meses, hasta el 2 de enero de 2015.
Visto que se vuelve a repetir una situación idéntica a la de los años anteriores que aconseja, nuevamente, prolongar la no...
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