ORDEN EMC/71/2016, de 5 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de los II Premios de Enoturismo de Cataluña, convocatoria 2016.

SecciónDISPOSICIONES
EmisorDepartamento de Empresa y Conocimiento
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía de Cataluña, en el artículo 171.f), en relación con el artículo 114, señala que corresponde a la Generalidad de Cataluña, a través de sus órganos competentes, la fijación de los criterios, la regulación de las condiciones y la ejecución y el control de las líneas públicas de apoyo y de promoción del turismo.

Los Premios de Enoturismo de Cataluña constituyen una iniciativa conjunta de los miembros de la Mesa de Enoturismo de Cataluña, creada en el marco del Programa nacional de enoturismo de Cataluña con el objetivo de reconocer y premiar a las mejores iniciativas enoturísticas que se han puesto en marcha en el país.

El objetivo primordial de estos Premios, que se convocan por segunda vez y que se crearon en el año 2015, es estimular a todas las empresas y/o entidades con el fin de velar por la calidad, sostenibilidad y especialización de su producto enoturístico, e incentivarlas para la mejora continúa de sus ofertas y la innovación a la hora de plantear nuevas propuestas enoturísticas.

Al Departamento de Empresa y Conocimiento le corresponden las competencias en materia de turismo, y entre las funciones de la Dirección General de Turismo se incluye la de diseñar, coordinar y ejecutar las políticas para el fomento de la competitividad del sector turístico, la innovación y la calidad de los productos turísticos de Cataluña.

Por todo lo expuesto,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

1.1 Aprobar las bases reguladoras para la concesión de los II Premios de Enoturismo de Cataluña que se publican en el anexo de la presente Orden.

1.2 Hacer pública la convocatoria del año 2016 para la concesión de los II Premios de Enoturismo de Cataluña.

Artículo 2

Solicitudes y plazo de presentación

2.1 El plazo de presentación de candidaturas finaliza el día 14 de mayo de 2016, inclusive.

2.2 Las solicitudes se deben presentar en los lugares y por los medios que especifica la base 4 del anexo de la presente Orden.

Artículo 3

Órgano competente para la concesión de los Premios

El consejero de Empresa y Conocimiento es el órgano competente para la concesión de los II Premios de Enoturismo de Cataluña.

Disposición final

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 5 de abril de 2016

Jordi Baiget i Cantons

Consejero de Empresa y Conocimiento

Anexo

Bases reguladoras de la concesión de los II Premios de Enoturismo de Cataluña

Base 1

Objeto y finalidad

1.1 El objeto de las presentes bases es regular la concesión de los II Premios de Enoturismo de Cataluña.

1.2 El objeto de los Premios de Enoturismo de Cataluña es recompensar aquellos proyectos llevados a cabo por empresas y/o entidades relacionadas con el enoturismo de Cataluña que hayan contribuido, con su ejemplaridad profesional y su cooperación, a los intereses del sector enoturístico catalán y al posicionamiento, especialización, innovación y mejora de la calidad y competitividad nacional, estatal e internacional del enoturismo.

1.3 Se otorgará un premio para cada una de las siguientes categorías:

  1. Alojamientos: reconocimiento a los alojamientos que ofrecen una experiencia integral de calidad a sus visitantes, estrechamente ligada al vino y al enoturismo, con estancia temática para el visitante.

  2. Restaurantes: reconocimiento a los restaurantes relacionados con el turismo del vino que demuestren una significativa participación en el turismo vitivinícola, fomenten la cultura del vino, trabajen estrechamente con las bodegas de la región y favorezcan la comercialización del vino catalán. También podrán optar a este premio las bodegas que incluyan en sus instalaciones un restaurante que provea de experiencias en vinos y comidas de calidad, utilizando productos locales o regionales.

  3. Arte y cultura: reconocimiento a empresas y/o entidades que alojan en su interior museos o galerías con colecciones, temporales y/o permanentes, relacionadas con el arte y la cultura vitivinícola. También se dirige a entidades o empresas que ofrezcan acontecimientos específicos ligados a cualquier forma de arte y de cultura (ferias, fiestas, conciertos, juegos, talleres artísticos, charlas, etc.).

  4. Bodegas: reconocimiento a bodegas que ofrecen en sus instalaciones actividades y experiencias enoturísticas, educativas o de recreación, diferentes, innovadoras y singulares para los visitantes (individuales o en grupo).

  5. Agencias de viajes especializadas, empresas de actividades enoturísticas, transportistas y otros: reconocimiento a otras empresas, establecimientos, operadores -que no sean productores de vino- y que se dedican a proveer un servicio significativo dentro de la industria del turismo vitivinícola, ofreciendo experiencias innovadoras en el ámbito del enoturismo, o que hagan ofertas de paquetes o estancias...

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