ORDEN EDU/201/2019, de 12 de noviembre, por la que se crean y se regulan los Premios Extraordinarios de las Enseñanzas Artísticas Profesionales en los ámbitos de Música, Danza y Artes Plásticas y Diseño, y se abre convocatoria pública para la concesión de los Premios correspondientes al curso 2018-2019.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyOrden

La Ley 12/2009 de 10 de julio, de educación, establece en su artículo 2.1.g) como uno de los principios rectores del sistema educativo, la consecución de la excelencia. Asimismo, el artículo 2.2.e), incluye entre los principios específicos del sistema educativo el estímulo y el reconocimiento del esfuerzo y la valoración del rigor personal.

El Departamento de Educación, de acuerdo con estos principios y consciente del valor de los reconocimientos dentro de los actuales sistemas de gestión orientados a la consecución de la excelencia, pretende distinguir, a través de los Premios Extraordinarios de las Enseñanzas Artísticas Profesionales, el especial aprovechamiento del alumnado que, gracias al esfuerzo, el rigor y la dedicación, han conseguido unos resultados académicos excelentes al finalizar las enseñanzas profesionales en los ámbitos de Música, Danza y Artes Plásticas y Diseño.

Mediante la Orden ECD/1611/2015, de 29 de julio, se crearon y regularon los Premios Nacionales al rendimiento académico del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria y de Enseñanzas Artísticas Profesionales en los ámbitos de Música, Danza y Artes Plásticas y Diseño;

Por ello, a propuesta del director general de Formación Profesional Inicial y Enseñanzas de Régimen Especial,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

  1. Crear y regular los Premios Extraordinarios de las Enseñanzas Artísticas Profesionales en los siguientes ámbitos:

    1. Música.

    2. Danza.

    3. Artes plásticas y diseño.

  2. Convocar los Premios Extraordinarios de las Enseñanzas Artísticas Profesionales de Música, de Danza y Artes Plásticas y Diseño para el alumnado que ha finalizado los estudios en el curso académico 2018-2019, de acuerdo con las bases que constan en el anexo I para las enseñanzas artísticas profesionales en el ámbito de música, en el anexo II para las enseñanzas artísticas profesionales en el ámbito de la danza y en el anexo III para las enseñanzas artísticas profesionales en el ámbito de artes plásticas y diseño y de acuerdo con la convocatoria que consta en el anexo VII.

Artículo 2

Participantes

  1. Podrá optar a los Premios Extraordinarios el alumnado que haya finalizado, en el curso 2018-2019, las enseñanzas artísticas profesionales, en centros públicos o privados debidamente autorizados de Cataluña, y que haya obtenido la calificación que se establece, para cada ámbito, en los anexos I, II y III.

  2. Los centros educativos, una vez celebrada la última sesión ordinaria de evaluación, tienen que informar al alumnado que reúna los requisitos establecidos en esta orden, la posibilidad de presentarse a los Premios Extraordinarios de las Enseñanzas Artísticas Profesionales.

Artículo 3

Premios

  1. Se pueden conceder:

    1. Tres premios en el ámbito de Música.

    2. Un premio en el ámbito de Danza.

    3. Siete premios en el ámbito de Artes Plásticas y Diseño.

  2. Los premios se conceden anualmente.

  3. El alumnado que obtenga el Premio Extraordinario de las Enseñanzas Artísticas Profesionales, recibirá del Departamento de Educación un certificado acreditativo de esta distinción.

  4. La obtención del Premio Extraordinario de las Enseñanzas Artísticas Profesionales en los diferentes ámbitos debe reflejarse en el expediente académico del alumno o alumna y, en su caso, en el libro de calificaciones, mediante la diligencia correspondiente.

Artículo 4

Menciones de honor

Los tribunales pueden conceder Menciones de honor las cuales no comportan ninguna dotación económica.

Artículo 5

Convocatorias

  1. El Departamento de Educación convoca anualmente los premios, determina los criterios para obtenerlos y establece el procedimiento, los plazos y la forma de inscripción, así como las sedes y las fechas en las que se realizarán las pruebas.

  2. La inscripción supone para el Departamento de Educación tanto la autorización para la grabación de las pruebas como la reserva del derecho de hacer difusión, divulgación y exposición de los trabajos premiados de la manera que crea más conveniente, sin necesidad de autorización expresa, mencionando siempre los autores o autoras legales de la obra o proyecto.

  3. El tratamiento de los datos personales de que se dispongan a consecuencia de la participación en estos premios se tiene que hacer de acuerdo con lo que determina el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas con respecto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por la que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos); en todo aquello que no contradiga en el Reglamento (UE) 2016/679, y lo que dispone la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Artículo 6

Pruebas y valoración

  1. La elección de los candidatos en el ámbito de Música y Danza, se hará mediante una selección, y en el ámbito de Artes Plásticas y Diseño, se hará mediante la valoración del proyecto final (LOGSE) o proyecto integrado (LOE) de grado superior y los méritos.

  2. Las pruebas para la selección de los candidatos se desarrollarán según se indica en el anexo I para el ámbito de Música, en el anexo II por el ámbito de Danza y en el anexo III por el ámbito de Artes Plásticas y Diseño.

Artículo 7

Difusión y supervisión de la norma

  1. Los equipos directivos de los centros tienen que difundir el contenido de esta Orden entre los miembros de la comunidad educativa.

  2. La Inspección de Educación tiene que velar por el cumplimientode lo establecido en esta Orden.

Disposición adicional

La Dirección General de Formación Profesional Inicial y de Enseñanzas de Régimen Especial puede dictar las resoluciones e instrucciones que sean necesarias para la interpretación y la aplicación de lo dispuesto en esta Orden.

Barcelona, 12 de noviembre de 2019

Josep Bargalló Valls

Consejero de Educación

Anexo I

Bases de los Premios Extraordinarios de las Enseñanzas Artísticas Profesionales de Música

  1. Número de premios

    Se pueden conceder tres premios, para el conjunto de las diferentes especialidades de grado profesional de música, y no se podrá conceder más de un premio para la misma especialidad.

    Asimismo, se pueden conceder hasta tres Menciones de honor si el Tribunal así lo considera.

  2. Condiciones de acceso

    Debe haberse obtenido una nota media de los últimos dos cursos de las enseñanzas profesionales de música igual o superior a 8,75.

    A estos efectos, la determinación de la nota media será la media aritmética de las calificaciones de las asignaturas cursadas de quinto y de sexto curso redondeada en la centésima más próxima y, en caso de equidistancia, a la superior.

  3. Inscripción y documentación

    El alumnado que reúna los requisitos indicados en el apartado anterior y desee optar a los premios extraordinarios, tiene que presentar la documentación que se indica en este apartado, en el centro donde ha finalizado los estudios por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

    El centro tiene que hacer llegar al registro general del Departamento de Educación la siguiente documentación:

    1. Instancia según modelo del anexo IV.

    2. Certificado académico de los estudios realizados, expedido por la secretaría del centro en un modelo oficial.

    3. En un CD o USB, su currículum vitae en formato digital PDF siguiendo el modelo europeo (Europass) con indicación, en su caso, de los premios o becas que haya obtenido y otros méritos cualesquiera que se deseen alegar, acompañados de la fotocopia compulsada de la documentación acreditativa correspondiente debidamente justificada, con indicación del NIF, NIE o número del pasaporte. Identificación del archivo: premio apd música, guion bajo, 01, guion bajo, código del centro, guion bajo, NIF, NIE o número del pasaporte del alumno o alumna.

    4. En el mismo CD o USB, la presentación registrada de un vídeo, en formato AVI o MPEG en la que el aspirante interpretará, con el acompañamiento que necesite, tres piezas (obras o fragmentos de una de obra) de diferentes estilos, de un nivel no inferior al de 6º curso de las enseñanzas de música de grado profesional, con una duración máxima de 15 minutos en total. El alumnado puede quedar descalificado si la grabación supera el tiempo establecido o si las piezas son del mismo estilo. Se tendrán que especificar los títulos y autores de las obras, tanto en la solicitud como en el soporte, respetando el orden de interpretación. Identificación del archivo: premio música, guion bajo, 02, guion bajo, código del centro, guion bajo, NIF, NIE o número del pasaporte del alumno o alumna.

  4. Tribunal

    4.1 El tribunal, designado por la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Enseñanzas de Régimen Especial, estará integrado por:

    1. Presidencia: La Jefe del Servicio de Ordenación de las Enseñanzas de Régimen Especial, o a la persona en quien delegue.

    2. Vocalías: Un Inspector o Inspectora de Educación del ámbito artístico, un profesor o profesora de un Conservatorio o Centro autorizado de enseñanzas de grado profesional de música y uno o una representante cualificado de una entidad profesional del ámbito de la Música.

    3. Secretaría: Un técnico o técnica del Servicio de Ordenación de las Enseñanzas de Régimen Especial.

      4.2 Las personas miembros del tribunal no pueden haber ejercido la docencia al alumnado participante.

      4.3 La Dirección General de Formación Profesional Inicial y Enseñanzas de Régimen Especial trasladará al tribunal la documentación del alumnado inscrito.

      4.4 Las funciones del Tribunal son:

    4. Evaluar las solicitudes y aplicar los criterios que se establecen en el...

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