ORDEN EDU/156/2020, de 18 de septiembre, por la que se suprimen y se crean diversos precios públicos y los importes de determinadas enseñanzas, cursos y formaciones impartidos a distancia por el Instituto Abierto de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyOrden

Esta orden nace por la conveniencia de unificar la regulación de los precios públicos de las enseñanzas, cursos y formaciones impartidos en la modalidad a distancia por el Instituto Abierto de Cataluña, lo que supone suprimir los precios existentes y crear otros nuevos.

La creación de nuevos precios públicos por eliminación de otros precios existentes, atiende el objetivo de simplificar la normativa que regula los precios públicos por la matrícula en las enseñanzas por asignaturas, materias, módulos, créditos y unidades formativas que imparte el Instituto Abierto de Cataluña. En algunos casos, los importes de los precios se deben armonizar con los precios de las enseñanzas presenciales, en centros que dependen del Departamento de Educación.

Para simplificar la normativa que regula los precios públicos por la matrícula en las enseñanzas de graduado en educación secundaria obligatoria y en las enseñanzas de bachillerato por materias, se suprimen los precios antes mencionados y se crean nuevos precios públicos en función de las materias en las que se matricula cada alumno.

De acuerdo con la nueva normativa que modifica la forma de acceso a los ciclos formativos de grado superior, se suprime el precio público por la formación para la prueba de acceso y se crean nuevos precios por las materias en que se matricula cada alumno.

El incremento notable de la demanda de alumnos visitantes matriculados en centros docentes presenciales, que estudian algunas materias en el Instituto Abierto de Cataluña, hace necesario crear nuevos precios públicos para compensar los gastos de este servicio.

La oferta de enseñanzas a distancia para el conocimiento de la lengua catalana y para adquirir la competencia digital requiere crear unos nuevos precios públicos para regular la financiación de estos servicios en el Instituto Abierto de Cataluña. Finalmente, la oferta de cursos monográficos a distancia conlleva también, crear nuevos precios públicos.

Por otra parte, con el fin de dar coherencia a la creación de los precios de las enseñanzas de idiomas a distancia ofrecidos por el Instituto Abierto de Cataluña, equivalentes a la formación que ofrecen las escuelas oficiales de idiomas, se suprimen los precios existentes y se crean otros nuevos con el incremento del precio por los servicios de acceso a la plataforma y materiales didácticos.

Mediante las órdenes EDC/226/2006, de 3 de mayo, (DOGC núm. 4632, de 12.5.2006); EDU/348/2008, de 8 de julio (DOGC núm. 5176, de 18.7.2008); EDU/ 58/2010, de 20 de abril (DOGC núm. 5619, de 30.4.2010); EDU/426/2010, de 17 de agosto (DOGC núm. 5705, de 01.09.2010), ENS/115/2012, de 26 de abril, (DOGC núm. 6122, de 7.5.2012); ENS/164/2013, de 3 de julio (DOGC núm. 6422 de 22.07.2013), ENS/76/2014, de 27 de febrero, (DOGC núm. 6589, de 03.25.2014), ENS/162/2015, de 29 de mayo, (DOGC núm. 6885, de 04.06.2015) se crearon varios precios públicos de enseñanzas, formaciones y cursos impartidos a distancia por el Instituto Abierto de Cataluña.

Mediante las órdenes ENS/32/2011, de 23 de febrero (DOGC núm. 5832, de 8.3.2011), ENS/52/2012, de 23 de febrero (DOGC núm. 6084 de 03.09.2012) y ENS/61/2013, de 10 de abril (DOGC núm. 6360, de 22.4.2013) se modificaron los importes de varios precios públicos de enseñanzas, formaciones y cursos impartidos a distancia por el Instituto Abierto de Cataluña.

Así pues, esta orden pretende unificar el articulado de las órdenes de creación, supresión y modificación de los precios públicos de enseñanzas, cursos y formaciones en el Instituto Abierto de Cataluña y que se relacionan en la disposición derogatoria, con el fin de simplificar la normativa existente.

Por ello, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo III del Título I del Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, a propuesta de la Dirección General de Centros Públicos y de acuerdo con los informes favorables de la Intervención Delegada y de la Asesoría Jurídica del Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda.

Ordeno:

Artículo 1

Supresión

1.1 Se suprimen los precios públicos creados por la Orden EDU/348/2008, de 8 de julio, de las enseñanzas y la formación a distancia que presta el Instituto de Educación Secundaria Abierto de Cataluña siguientes:

  1. Por la matrícula en las enseñanzas de bachillerato a distancia

    a.1) Precio público por la matrícula en una o dos asignaturas.

    a.2) Precio público por la matrícula en tres o más asignaturas.

  2. Por la matrícula en el curso de preparación de la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior a distancia.

  3. Por la matrícula en la formación para las pruebas de acceso a distancia.

    1.2 Se suprimen los precios públicos creados por la Orden EDU/258/2010, de 20 de abril, por las enseñanzas y servicios a distancia que presta el Instituto de Educación Secundaria Abierto de Cataluña siguientes:

  4. Por la matrícula, por trimestre, en las enseñanzas de graduado en educación secundaria obligatoria a distancia.

    a.1) Por el material didáctico y el mantenimiento del campus virtual, en la matrícula de hasta cuatro módulos.

    a.2) Por el material didáctico y el mantenimiento del campus virtual, en la matrícula de cinco o más módulos.

  5. Por la matriculación y el material didáctico en cada crédito, por semestre, en las enseñanzas de formación profesional impartidos por el Instituto de Educación Secundaria Abierto de Cataluña en la modalidad a distancia.

    De acuerdo con el artículo 1 de la Orden ENS 32/2011, de 23 de febrero se simplifica la denominación del precio antes mencionado, que pasa a denominarse "Para la matriculación en cada crédito en las enseñanzas de formación profesional impartidos por el Instituto Abierto de Cataluña en la modalidad a distancia ".

  6. Por la matrícula anual en asignaturas específicas de la formación para la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior a distancia.

    1.3 Se suprime el precio público por la matriculación en los módulos de las enseñanzas de idiomas de nivel básico, en la modalidad a distancia, que imparte el Instituto de Educación Secundaria Abierto de Cataluña, creado en la Orden EDU/426/2010, de 17 de agosto.

    1.4 Se suprime el precio público para la inscripción en el curso de preparación de las pruebas de obtención del certificado oficial de idiomas de nivel intermedio en la modalidad a distancia, creado en la Orden EDU/115/2012 de 26 de abril.

    1.5 Se suprime el precio público para la inscripción a la formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica en la modalidad a distancia, que imparte el Instituto de Educación Secundaria Abierto de Cataluña creado en la Orden ENS/164/2013 de 3 de julio.

    1.6 Se suprimen los precios públicos creados por la Orden ENS/163/2013 de 10 de julio, por los servicios a distancia que presta el Instituto de Educación Secundaria Abierto de Cataluña siguientes:

  7. Por la inscripción en la convocatoria de evaluación de los contenidos y aprendizajes de los títulos LOE.

  8. Por la inscripción en la convocatoria de evaluación de los contenidos y aprendizajes de los títulos LOGSE.

    1.7 Se suprime el precio público para la inscripción en el curso de preparación de las pruebas de obtención del certificado oficial de idiomas de nivel avanzado en la modalidad a distancia, que imparte el Instituto de Educación Secundaria Abierto de Cataluña creado en el Orden ENS/76/2014 de 27 de febrero.

    1.8 Se suprimen los precios públicos creados por la Orden ENS/162/2015, de 29 de mayo, por los servicios a distancia que presta el Instituto de Educación Secundaria Abierto de Cataluña siguientes:

  9. Por la matrícula en cada módulo profesional, en los ciclos formativos de formación profesional inicial derivados de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

  10. Por la matrícula en cada unidad formativa en las enseñanzas de formación profesional a distancia (enseñanzas LOE).

Artículo 2

Creación

2.1 Se crean los precios públicos en las enseñanzas de graduado en educación secundaria obligatoria a distancia siguientes:

  1. El precio en la matrícula del primer módulo en las enseñanzas de graduado en educación secundaria obligatoria.

  2. El precio en la matrícula de cada módulo adicional en las enseñanzas de graduado en educación secundaria obligatoria.

  3. El precio por los servicios de acceso a la plataforma y los materiales didácticos por el primer módulo, en las enseñanzas de graduado en educación secundaria obligatoria de alumnos visitantes, matriculados en centros presenciales.

  4. ...

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