ORDEN EDU/104/2019, de 16 de mayo, por la que se modifica la Orden ENS/157/2017, de 14 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a centros educativos para el desarrollo de programas de formación e inserción el curso 2019-2020.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyOrden

La Orden ENS/157/2017, de 14 de julio (DOGC núm. 7416, de 20.7.2017), aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a centros educativos privados y centros educativos públicos que no sean de titularidad de la Generalidad de Cataluña, autorizados por el Departamento de Enseñanza para impartir programas de formación e inserción (PFI).

Los apartados 19.2 y 19.3 de las bases reguladoras determinan que la justificación de la subvención se hará mediante la presentación de una cuenta justificativa simplificada, con aportación de justificantes de gasto. Sin embargo, dado que se cumplen los requisitos de concesión y justificación por módulos establecidos en la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones (DOGC núm. 6890, de 11.6.2015), se ha considerado conveniente modificar la modalidad de justificación y aplicar la modalidad de justificación por módulos. En este sentido, la convocatoria establecerá el importe correspondiente al módulo de cada uno de los perfiles profesionales de PFI que serán subvencionables.

El apartado 14 de las bases reguladoras define los criterios de valoración de las solicitudes, en el segundo de los cuales se hace referencia a la experiencia y resultados del centro en impartir Programas de cualificación profesional inicial (PQPI). Dado que estos programas no se imparten desde el curso 2014-15 se hace necesario actualizar este segundo criterio de valoración e incorporar otros aspectos que contribuyan a evaluar la capacidad y la experiencia del centro para impartir con mejor calidad los PFI. Por ello, manteniendo los criterios de valoración de las solicitudes establecidos en el apartado 14 de las bases reguladoras, se prevé que en la convocatoria se concreten los aspectos a tener en cuenta para cada criterio, de acuerdo a los cambios en la realidad de los centros y de la oferta educativa.

La publicación de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, hace necesaria la actualización del apartado 27 de las bases reguladoras, que hace referencia a la protección de datos de carácter personal.

Consecuentemente, de acuerdo con el artículo 92 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Sustituir el apartado 2 de la base 4, Requisitos de los Programas de Formación e Inserción subvencionados, por el redactado siguiente:

"4.2 Se deben impartir de acuerdo con la normativa general que regula los programas y con los currículos establecidos: Resolución ENS/1102/2014, de 21 de mayo, por la que se establecen los programas de formación e inserción, Resolución ENS/2250/2014, de 6 de octubre, de la estructura de los programas de formación e inserción, Resolución ENS/1470/2018, de 27 de junio, por la que se modifica el anexo 2 de la resolución ENS/2250/2014, de 6 de octubre, y Resolución EDU/735/2019, de 20 de marzo, por la que se establece el contenido y la duración de los módulos de formación general y de los módulos de formación profesional comunes a todos los perfiles profesionales de los programas de formación e inserción.

Los currículos correspondientes a cada uno de los perfiles profesionales se pueden consultar en la red telemática del Departamento de Educación.".

Artículo 2

2.1 Sustituir el apartado 1 de la base 7, Cuantía de la subvención, por el redactado siguiente:

"7.1 El importe de la subvención a otorgar a cada programa será el importe del módulo económico...

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