ORDEN ECO/4/2016, de 11 de enero, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación 990, del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmosfera producida por la aviación comercial.

SecciónDISPOSICIONES
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO
Rango de LeyOrden

La Generalidad tiene, de acuerdo con el artículo 203.5 del Estatuto de autonomía de Cataluña, competencias para establecer, mediante una ley del Parlamento, sus tributos propios, sobre los cuales tiene capacidad normativa.

La Ley 12/2014, de 10 de octubre, del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial, del impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria y del impuesto sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear, crea tres nuevos impuestos ambientales con la finalidad de preservar el medio ambiente y de sufragar las externalidades negativas que estas generan.

El artículo 10 de dicha Ley obliga al sujeto pasivo a presentar la autoliquidación del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial y efectuar el pago en el plazo fijado en el Decreto 178/2015, de 4 de agosto, por el que se aprueba el reglamento del impuesto. Este artículo también establece que es necesario aprobar un modelo de autoliquidación del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial mediante orden del consejero del departamento competente en materia tributaria.

Por todo ello,

Ordeno:

Artículo único

Aprobar el modelo 990, de autoliquidación del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial.

  1. Se aprueba el modelo de autoliquidación número 990, que figura en el anexo de esta Orden, que se utiliza para realizar la autoliquidación del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial.

  2. Dicho modelo de autoliquidación está disponible exclusivamente en formato electrónico en la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria de Cataluña.

Disposición final

Esta Orden entra en vigor el día siguiente de su publicación en el Diaro Oficial de la Generalitat de...

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