ORDEN ECO/32/2015, de 6 de febrero, por la que se implantan y se reconoce la implantación de varios estudios universitarios oficiales de grado en la Universidad Politécnica de Cataluña, en la Universidad Rovira i Virgili y la Universidad de Vic-Universidad Central de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO
Rango de LeyOrden

La Programación universitaria de Cataluña, aprobada por la Resolución de 23 de abril de 2014 para el curso 2014-2015, prevé la implantación y el reconocimiento de la implantación de los estudios oficiales de grado en las universidades públicas y privadas de Cataluña.

De conformidad con lo establecido en la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades; la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña; el Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre; el Real decreto 557/1991, de 12 de abril, de creación y reconocimiento de universidades y centros universitarios; el Decreto 258/1997, de 30 de septiembre, por el que se regula la Programación universitaria de Cataluña y los procedimientos de creación o reconocimiento y de reordenación de centros docentes universitarios y de implantación de enseñanzas; la Resolución de 23 de abril de 2014, por la que se aprueba la Programación universitaria de Cataluña para el curso académico 2014-2015; los estatutos de las universidades públicas, las Normas de organización y funcionamiento de la Universidad de Vic - Universidad Central de Cataluña, a propuesta de los consejos de gobierno y con el informe favorable de los consejos sociales de la Universidad Politécnica de Cataluña y de la Universidad Rovira i Virgili y a propuesta del Consejo de Dirección y el Patronato de la Fundación Universitaria Balmes (FUB) de la Universidad de Vic - Universidad Central de Cataluña, a propuesta del director general de Universidades,

Ordeno:

Artículo 1

Se implantan y se reconoce la implantación de varios estudios universitarios oficiales de grado, aprobados en el marco de la Programación universitaria de Cataluña, para el curso 2014-2015, en los centros correspondientes de las diferentes universidades públicas y privadas catalanas, que se indican en el anexo 1 de esta Orden.

Artículo 2

Se inicia la supresión y el reconocimiento de la supresión de varios estudios oficiales de grado, implantados en cursos académicos anteriores, de las diferentes universidades públicas y privadas catalanas, que se indican en el anexo 2 de esta Orden.

Disposición adicional

Una vez establecido el carácter oficial de los títulos a que se refiere el artículo 1, el rector o rectora de las diferentes universidades solicitará, al departamento competente en materia de universidades, la...

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