ORDEN ECO/2/2016, de 11 de enero, por la que se amplían los supuestos de presentación y pago telemáticos del modelo 600 de autoliquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, y se modifica la Orden ECO/330/2011, de 30 de noviembre, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación de los tributos gestionados por la Agencia Tributaria de Cataluña.

SecciónDISPOSICIONES
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO
Rango de LeyOrden

La Agencia Tributaria de Cataluña está realizando un importante proceso de actualización en sus sistemas informáticos con el fin de impulsar la Oficina Virtual como canal telemático de relación con los contribuyentes y colaboradores sociales, con la finalidad de que estos puedan realizar los diferentes trámites tributarios con facilidad y sin necesidad de desplazarse.

Con respecto al modelo de autoliquidación 600, en relación con el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, los sistemas técnicos existentes permiten realizar, desde hace tiempo, la presentación telemática cuando el acto objeto de declaración ha sido formalizado mediante escritura pública y el notario ha enviado previamente la declaración informativa resumen establecida en el Decreto 648/2006, de 27 de diciembre, por el que se establece el procedimiento de remisión telemática de información sobre los datos de trascendencia tributaria de determinados documentos autorizados en las notarías de Cataluña.

Cuando la presentación telemática la realiza una asociación, organismo o colectivo profesional con el que la Agencia Tributaria de Cataluña ha firmado un convenio de colaboración y una habilitación expresa, el sistema permite realizar la presentación de todas las operaciones que se autoliquidan mediante el modelo 600, con independencia del tipo de documento con el que se haya formalizado el acto o contrato objeto de tributación, siempre y cuando haya sido enviada, con carácter previo, la declaración informativa emitida de acuerdo con el convenio correspondiente.

Recientemente, con la entrada en vigor de la Ley 3/2015, de 11 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas, se ha habilitado también la presentación telemática del modelo 600 para las autoliquidaciones correspondientes a los contratos de arrendamientos de inmuebles, siempre que la copia del contrato de alquiler de la finca urbana se adjunte a la autoliquidación o bien esta se presente al Instituto Catalán del Suelo.

Con la aprobación de esta orden, se amplía la posibilidad de presentación telemática del modelo 600 a todo el resto de operaciones sujetas al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Esta medida implica que la presentación telemática del modelo 600 deja de estar necesariamente condicionada a la presentación telemática previa de la declaración informativa resumen que deben enviar los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR