ORDEN BSF/57/2015, de 23 de marzo, por la que se da publicidad a la relación de tasas vigentes durante el año 2015 que gestiona el Departamento de Bienestar Social y Familia.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA
Rango de LeyOrden

La disposición adicional tercera del Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, establece que, dentro del plazo de dos meses a contar desde la fecha de entrada en vigor de la ley que modifique o cree tasas o actualice sus importes, los departamentos de la Generalidad de Cataluña que gestionen las tasas afectadas deben publicar en el DOGC, mediante una orden del consejero o consejera competente en la materia, y con efectos meramente informativos, una relación de las tasas vigentes que gestionan, en la que identifiquen los servicios y las actividades que devenguen cada una de ellas y la cuota correspondiente.

El importe de las tasas se ha incrementado de acuerdo con el coeficiente de actualización de las tasas con tipo de cuantía fija que establece el artículo 44 de la Ley 2/2015, de 11 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2015. El artículo 51 de la Ley 3/2015, 11 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas, ha modificado el artículo 23.3-2 del capítulo III del título XXIII del Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, que queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 23.3-2. Sujeto pasivo. El sujeto pasivo de esta tasa es la persona legitimada para solicitar el informe de extranjería”.

Por tanto, considerando el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, y de acuerdo con el artículo 39.3 de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno,

Ordeno:

Dar publicidad a las tasas y a las correspondientes cuotas que gestiona el Departamento de Bienestar Social y Familia para el ejercicio 2015, que se especifican en el anexo de esta Orden.

Barcelona, 23 de marzo de 2015

Neus Munté i Fernàndez

Consejera de Bienestar Social y Familia

Anexo

Relación de las tasas vigentes y las correspondientes cuotas que gestiona el Departamento de Bienestar Social y Familia

Concepto: tasa por las actuaciones del Registro de Entidades, Servicios y Establecimientos Sociales.

Cuota:

  1. Por la inscripción de servicios residenciales: 290,30 euros.

  2. Por la inscripción de servicios diurnos: 195,05 euros.

  3. Por la inscripción de otros servicios: 147,70 euros.

  4. Por modificaciones...

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