ORDEN ARP/99/2020, de 23 de junio, por la que se deroga la Orden de 26 de mayo de 1993, por la que se establecen las campañas de saneamiento ganadero contra la brucelosis del ganado ovino y caprino y la epididimitis contagiosa.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación |
Rango de Ley | Orden |
La Orden de 22 de marzo de 1989, sobre la obligatoriedad de realizar las campañas de saneamiento ganadero dentro del ámbito territorial de Cataluña, obligó a las explotaciones de ovino y caprino a realizar actuaciones de control de la brucelosis, pero no fue hasta la publicación de la Orden de 26 de mayo de 1993 que todas las explotaciones de ganado ovino y caprino dentro del ámbito territorial de Cataluña están obligadas a realizar la campaña de saneamiento contra la brucelosis al 100% de sus animales.
A pesar de la evolución positiva de la campaña de lucha contra la brucelosis ovina en ovejas y cabras y dado el carácter de zoonosis de esta enfermedad, se adoptaron medidas adicionales para reducir al máximo los riesgos de transmisión de la enfermedad a las personas.
Así, la Resolución ARP/3287/2004, de 25 de noviembre, estableció que partir del día 1 de enero de 2005 los animales ovinos y caprinos que hayan resultado positivos a las enfermedades objeto de campaña oficial de saneamiento, debían ser sacrificados en la misma explotación y sus cadáveres recogidos y destruidos en una planta de tratamiento autorizada al efecto, y en ningún caso los animales positivos mencionados podían ser destinados a consumo humano.
La Directiva 91/68/CEE del Consejo, de 28 de enero de 1991, define las normas de policía sanitaria por las que se regirán los intercambios intracomunitarios de animales de las especies ovina y caprina, con el fin de evitar la propagación de enfermedades contagiosas.
Los buenos resultados epidemiológicos y la buena ejecución de los controles de mantenimiento de la calificación sanitaria de las explotaciones, permitió que en 2018 Cataluña fuera reconocida como oficialmente indemne de brucelosis ovina y caprina para la Unión Europea mediante la Decisión de ejecución (UE) 2018/102 de la Comisión, de 19 enero de 2018, por la que se modifica el anexo II de la Decisión 93/52/CEE en cuanto al reconocimiento de las Comunidades Autónomas de Aragón y Cataluña, en España, como regiones oficialmente indemnes de brucelosis ( Brucella melitensis ).
La Directiva 91/68/CEE del Consejo de 28 de enero de 1991, permite que en la actual situación, en la que se ha erradicado la brucelosis en las explotaciones ovinas y caprinas y se ha declarado Cataluña oficialmente indemne de brucelosis ovina y caprina, no sea necesario el saneamiento obligatorio en todas las explotaciones.
Por este motivo, en la situación actual...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba