ORDEN ARP/73/2018, de 11 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para proyectos de cooperación interterritoriales y transnacionales de los grupos de acción local pesqueros para el desarrollo local participativo de las zonas de pesca en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca en Cataluña 2014-2020.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Rango de LeyOrden

El Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), el Fondo Social Europeo (FSE), el Fondo de cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP), y por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, el Fondo de cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la pesca (en adelante Reglamento MEC), define las disposiciones generales aplicables a las intervenciones comunitarias en el sector de la pesca y la acuícola y establece en los artículos 32, 34 y 35 la cooperación en el marco del desarrollo local participativo (DLP).

El Reglamento (UE) núm. 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo a la ayuda al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) 2328/2003, (CE) 861/2006, (CE) 1198/2006, y (CE) 791/2007 del Consejo, y el reglamento (UE) 1255/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (en adelante Reglamento FEMP) establece en los artículos 62.1.c) y 64 la cooperación en el marco del desarrollo sostenible de las zonas de pesca.

El Reglamento Delegado (UE) núm. 2015/288 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2014, completa el Reglamento (UE) núm. 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al período de tiempo y las fechas en relación con la admisibilidad de las solicitudes.

El FEMP incorpora de manera efectiva las estrategias de desarrollo local participativo (EDLP) concebidas y puestas en práctica por los grupos de acción local del sector pesquero (GALP), como principal instrumento para el logro de la prioridad 4 de la UE relativa a aumentar el empleo y la cohesión territorial mediante el objetivo específico de fomento del crecimiento económico, la inclusión social, la creación de empleo y el apoyo a la empleabilidad y a la movilidad laboral en las comunidades pesqueras y acuícolas, incluyendo la diversificación de las actividades realizadas en el marco de la pesca y respecto a otros sectores de la economía marítima.

La cooperación en el ámbito del Desarrollo Local Participativo permite identificar sinergias y complementariedades y alcanzar la masa crítica necesaria para incrementar los efectos de las acciones. Es un mecanismo que puede contribuir a definir fórmulas integradas para el desarrollo común en diferentes territorios para promover el crecimiento azul, el patrimonio natural y cultural local, promocionar los productos pesqueros locales y el turismo, así como invertir en su valoración. La cooperación abre también la posibilidad de combinar los objetivos de mejora de la competitividad de las zonas, protección del medio ambiente y mejora de la calidad de vida.

El Programa Operativo para España del FEMP (adelante, el programa operativo), aprobado por decisión de ejecución de la Comisión de 2015.11.13 C (2015) 8118 final de fecha 13 de noviembre de 2015, prevé, en el apartado 5.1 la información específica sobre los criterios de selección para la aplicación de estrategias de desarrollo local participativo.

El apartado 5.1.3 del programa operativo establece que los organismos intermedios de gestión podrán fomentar proyectos interterritoriales y/o transnacionales en que participan los GALP de cada territorio.

Para la puesta en marcha del desarrollo sostenible de las zonas de pesca en Cataluña, y según lo establecido en el programa operativo, la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos (en adelante DGPAM) seleccionó, en fecha 28 de octubre de 2016, los siguientes grupos de acción local del sector pesquero (GALP) y aprobó las estrategias de desarrollo local participativo (EDLP) para el período de programación del FEMP desde 2014 hasta 2020:

· GALP Tierras del Ebro

· GALP Costa Brava

El 7 y el 9 de junio del 2017 se firmaron sendos convenios entre el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación y los dos grupos de acción local seleccionados para la aplicación del desarrollo local participativo, en el marco del Programa operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca 2014-2020.

Las ayudas que se regulan en esta Orden son los correspondientes al desarrollo local, y se tramitan en el marco de las actividades de cooperación aplicadas por los grupos de acción local pesqueros seleccionados.

Estas ayudas dan respuesta a la prioridad 4 "desarrollo sostenible de las zonas de pesca y acuícolas" establecidas en el artículo 6 del FEMP y los artículos 62.1.c) y 64 dirigidos a la cooperación en el marco del Reglamento FEMP.

El papel fundamental de los grupos como dinamizadores de estas zonas, puede ser canalizado a través de la cooperación tanto nacional como transnacional. El intercambio de experiencias y conocimientos y la suma de esfuerzos contribuye al desarrollo sostenible de las zonas costeras. La cooperación es un paso adelante como instrumento de desarrollo, siendo necesario consolidar el proceso de colaboración de las zonas costeras.

Consecuentemente, valorada la conveniencia de continuar apoyando las iniciativas de desarrollo local participativo para promover el desarrollo sostenible de las zonas pesqueras y acuícolas mediante una ayuda económica, de acuerdo con el artículo 92 del Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, a propuesta de la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas destinadas a proyectos de cooperación dentro del marco del desarrollo local de Cataluña en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca para la aplicación de las estrategias de desarrollo local participativo (adelante EDLP) que se publican en el anexo 1 y la estructura y contenido mínimo de la memoria de los proyectos de cooperación subvencionables que consta en el anexo 2.

Artículo 2

Aprobar el procedimiento de tramitación telemática de solicitudes que figura en el anexo 3.

Disposiciones adicionales

Primera. - Estas ayudas cofinanciadas con el FEMP se tramitan de acuerdo con las funciones que tienen, como organismo intermedio de gestión y como organismo de certificación de las ayudas FEMP, la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos y la Dirección de Servicios del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, respectivamente.

Segunda. - A efectos de la subvencionalidad de los pagos realizados atendiendo al punto 15.2. de las bases reguladoras, en el caso de solicitudes denegadas por falta de disponibilidad presupuestaria, en las solicitudes presentadas en el periodo de adjudicación inmediatamente posterior, si la persona solicitante así lo solicita, se considerarán elegibles los gastos realizados en el periodo de admisibilidad anterior.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat (DOGC)

Barcelona, 11 de junio de 2018

Teresa Jordà i Roura

Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

Anexo 1

Bases reguladoras

-1 Objeto y finalidad de las ayudas

El objeto de las ayudas que establece la Orden es incentivar actuaciones de cooperación que fomenten el desarrollo local del sector de la pesca y acuicultura, en el marco del Programa Operativo del FEMP en Cataluña 2014-2020 mediante proyectos de cooperación interterritorial y de cooperación transnacional entre Grupos de Acción Local Pesqueros (en adelante GALP) que consistirán en el desarrollo de proyectos de cooperación entre GALP y personas o entidades colaboradoras público-privadas, en su caso, para compartir estrategias, objetivos, problemáticas que incidan en la implementación de las estrategias de desarrollo local (EDLP).

A efectos de estas bases reguladoras, se entenderá por:

a) Cooperación interterritorial: la realizada dentro del Estado miembro, entre grupos locales de la misma zona o de diferentes zonas del territorio nacional, o entre los GALP y asociaciones público-privadas locales de una misma zona o de diferentes zonas del territorio nacional que apliquen una EDLP.

b) Cooperación transnacional: la realizada entre grupos de diferentes Estados miembros de la UE o de un territorio de un Estado miembro con uno o varios de terceros países, o con asociaciones público-privadas locales de otros Estados miembros que apliquen una EDLP dentro o fuera de la Unión.

-2 Ámbito territorial de aplicación

Las áreas de aplicación de las ayudas relativas a la cooperación en el marco del desarrollo local corresponderán a los ámbitos interterritorial y transnacionales de la Unión Europea donde existan GALPS constituidos.

-3 Personas beneficiarias y personas colaboradoras

3.1 Personas beneficiarias. Pueden ser beneficiarios de estas ayudas los GALP que promuevan la realización de un proyecto de cooperación de los definidos en el apartado 1 y que cumplan los siguientes requisitos en el momento de presentar la solicitud:

a. Hayan sido seleccionados por el DARP al amparo de la Orden ARP/193/2016, de 14 de julio de 2016

b. Hayan firmado el convenio de colaboración con el DARP para aplicar el desarrollo local participativo en el marco del FEMP 2014-2020.

c. Manifiesten intención de participar en un proyecto de cooperación interterritorial y/o transnacional, con uno de los roles siguientes:

- Manifiesten intención de participar, como GALP coordinador, de acuerdo con lo establecido en el apartado 4 de estas bases reguladoras.

- Manifiesten participar como GALP cooperante de acuerdo con lo establecido en el apartado 5 de estas bases reguladoras, en un proyecto de cooperación coordinado y supervisado por...

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